Cambio de titularidad de vehículo entre familiares

Revisamos qué trámite corresponde antes de poner un vehículo a nombre de un familiar.
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¿Qué tipo de cambio de titularidad entre familiares necesitas?

Gestoría online para cambiar la titularidad de un vehículo entre familiares

En GESTORÍADGT revisamos el cambio de titularidad de un vehículo entre familiares cuando quieres poner un coche, moto, ciclomotor, furgoneta, camión, remolque, vehículo mixto, vehículo industrial o vehículo especial a nombre de otra persona de la familia.

Lo más importante es no empezar el trámite sin saber por qué cambia de titular el vehículo. No es lo mismo vender un coche a un hijo, donar una moto a un familiar, adjudicar un vehículo por herencia, cambiar la titularidad por divorcio o regularizar una situación familiar.

Antes de preparar el expediente, revisamos si se trata de una compraventa, una donación, una herencia por fallecimiento, una adjudicación por divorcio o separación, o un supuesto distinto. Cada caso puede llevar documentos, impuestos y pasos diferentes.

 Consultar cambio de titularidad entre familiares

Qué significa cambiar la titularidad de un vehículo entre familiares

Cambiar la titularidad de un vehículo entre familiares significa que el vehículo deja de estar a nombre de una persona y pasa a estar a nombre de otro familiar.

Puede ocurrir entre:

• Padre e hijo.
• Madre e hijo.
• Abuelos y nietos.
• Hermanos.
• Cónyuges.
• Parejas.
• Familiares tras una herencia.
• Familiares tras una donación.
• Familiares tras divorcio, separación o adjudicación.
• Otros familiares que necesitan regularizar la titularidad del vehículo.

Aunque exista relación familiar, la DGT necesita que el cambio quede correctamente justificado. La familia no elimina la obligación de acreditar la causa de la transmisión, aportar documentación y resolver la parte fiscal que corresponda.

Primero hay que saber si es venta, donación, herencia o adjudicación

El error más habitual es pensar que “pasar un coche a un familiar” siempre se hace igual. No es así. Antes de iniciar el cambio de titularidad, hay que identificar el caso:

• Compraventa entre familiares: hay un precio, contrato y normalmente se revisa ITP mediante Modelo 620 o 621.
• Donación entre familiares: no hay precio real de venta y puede corresponder Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
• Fallecimiento o herencia: el titular ha fallecido y el vehículo se adjudica a un heredero.
• Divorcio o separación: el vehículo se adjudica a una de las partes por acuerdo o resolución.
• Cesión o regalo encubierto: parece una venta, pero realmente no hay precio o es simbólico. Conviene revisarlo antes de presentar impuestos incorrectos.
• Cambio por error o regularización: hay que estudiar qué documento justifica el cambio.

Esta página está pensada para ayudarte a identificar el trámite correcto. Si el caso es una donación, fallecimiento o divorcio/separación, lo revisamos como trámite específico para no mezclar documentos ni impuestos.

Cambio de titularidad por compraventa entre familiares

La compraventa entre familiares es el caso más parecido a una transferencia ordinaria. Hay un vendedor, un comprador, un precio y un contrato de compraventa. Aunque comprador y vendedor sean familiares, normalmente hay que revisar la parte fiscal antes de presentar el cambio de titularidad ante la DGT.

En una compraventa familiar revisamos:

• Quién vende el vehículo.
• Quién compra el vehículo.
• Relación familiar entre las partes.
• Precio real de compraventa.
• Contrato firmado.
• Fecha y hora de entrega.
• Matrícula y documentación del vehículo.
• Si corresponde Modelo 620 o Modelo 621.
• Comunidad autónoma donde debe liquidarse el impuesto.
• Si el vehículo puede transferirse.
• Si hay cargas, reserva de dominio, embargo, precinto o baja temporal.
• Si el expediente puede presentarse correctamente ante la DGT.

Que la venta sea entre familiares no significa que pueda hacerse sin contrato ni sin impuesto. Si hay precio, debe documentarse correctamente.

 Revisar compraventa entre familiares

Cambio de titularidad de vehículo de padre a hijo

Uno de los casos más frecuentes es poner un vehículo a nombre de un hijo. Puede hacerse por distintos motivos:

• El padre vende el coche al hijo.
• La madre vende la moto al hijo.
• Se quiere regalar el vehículo.
• Se quiere regularizar un coche que usa el hijo pero está a nombre del padre.
• El vehículo se adjudica por herencia.
• El vehículo pasa a un hijo por acuerdo familiar.

La clave es determinar si realmente hay compraventa o si estamos ante una donación. Si hay precio real, puede corresponder contrato e ITP. Si no hay precio, puede tratarse de una donación y el impuesto puede ser distinto. Antes de hacer el cambio de titularidad de un vehículo de padre a hijo, revisamos:

• Si hay precio de venta.
• Si existe contrato.
• Si es una donación.
• Si hay herencia o fallecimiento.
• Si el vehículo está en alta.
• Si está libre de cargas.
• Qué impuesto corresponde.
• Qué documentación hay que presentar.
• Si la DGT puede cambiar la titularidad.

Cambio de titularidad de vehículo entre hermanos

También puede hacerse un cambio de titularidad entre hermanos, pero el tratamiento depende de la causa.

No es lo mismo:

• Que un hermano venda el coche a otro hermano.
• Que un hermano regale el vehículo.
• Que el vehículo proceda de una herencia.
• Que haya una adjudicación familiar.
• Que se esté regularizando una titularidad antigua.

En estos casos revisamos:

• Si existe compraventa real.
• Si hay contrato y precio.
• Si corresponde Modelo 620 o 621.
• Si realmente se trata de donación.
• Si interviene una herencia.
• Si el vehículo puede transferirse.
• Si hay documentación suficiente.
• Si hay cargas o limitaciones.

Entre hermanos puede haber más confusión porque muchas veces se habla de “ceder” o “pasar el coche”, pero la administración necesita una causa jurídica clara.

Cambio de titularidad entre cónyuges o pareja

El cambio de titularidad entre cónyuges o pareja puede tener varias causas. Puede ser una compraventa, una donación, una adjudicación por separación o divorcio, o una regularización de titularidad.

Antes de tramitarlo, revisamos:

• Si existe matrimonio, pareja o convivencia.
• Si hay precio de compraventa.
• Si hay donación.
• Si hay sentencia, convenio o acuerdo de separación.
• Si el vehículo forma parte de una liquidación de bienes.
• Si corresponde transferencia ordinaria.
• Si corresponde trámite por divorcio o separación.
• Qué impuesto o justificante fiscal procede.
• Qué documentación debe aportarse a la DGT.

Si el cambio se produce por divorcio o separación, no conviene tratarlo como una compraventa ordinaria. En ese caso revisamos el convenio, sentencia o documento de adjudicación para preparar el cambio de titularidad correctamente.

Cambio de titularidad por donación entre familiares

Si no hay precio real de venta y el vehículo se entrega gratuitamente a un familiar, puede tratarse de una donación. En ese caso, no conviene presentar el expediente como si fuera una compraventa ordinaria entre particulares.

En una donación revisamos:

• Donante.
• Donatario.
• Relación familiar.
• Documento de donación.
• Valor del vehículo.
• Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
• Comunidad autónoma competente.
• Justificante fiscal.
• Documentación del vehículo.
• Cambio de titularidad ante la DGT.

Si realmente no hay precio y el vehículo se entrega gratuitamente, no conviene tramitarlo como una compraventa ordinaria. En ese caso revisamos la donación, el impuesto correspondiente y la documentación necesaria para la DGT.

Cambio de titularidad por fallecimiento o herencia

Si el titular del vehículo ha fallecido, no estamos ante una compraventa familiar ordinaria. En ese caso, el vehículo debe adjudicarse a la persona que corresponda según la herencia o documentación sucesoria.

En estos expedientes revisamos:

• Certificado de defunción.
• Documento que acredita la adjudicación del vehículo.
• Heredero o adjudicatario.
• Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
• Documentación del vehículo.
• Permiso de circulación.
• Ficha técnica.
• Situación administrativa del vehículo.
• Cambio de titularidad definitivo ante la DGT.

Si el titular ha fallecido, el expediente debe tratarse como un cambio de titularidad por herencia o adjudicación, no como una venta familiar normal.

Cambio de titularidad por divorcio o separación

Cuando el cambio de titularidad se produce por separación, divorcio o ruptura, el documento principal no suele ser un contrato de compraventa.

Puede existir:

• Convenio regulador.
• Sentencia.
• Acuerdo de adjudicación.
• Documento que acredita la ruptura y atribución del vehículo.
• Liquidación de bienes.
• Justificante fiscal, si corresponde.
• Documentación del vehículo.
• Solicitud de cambio de titularidad ante la DGT.

Este caso debe tratarse como un supuesto específico, porque no es una venta ordinaria ni una donación familiar simple. Si el cambio se produce por divorcio o separación, revisamos el documento que adjudica el vehículo y la forma correcta de justificar el cambio de titularidad ante la DGT.

Cuándo corresponde contrato de compraventa entre familiares

Corresponde contrato de compraventa cuando hay una venta real entre familiares.

Es decir, cuando:

• El vehículo se vende por un precio.
• Comprador y vendedor acuerdan una transmisión onerosa.
• Existe pago o precio pactado.
• Se quiere justificar la operación como venta.
• El contrato recoge comprador, vendedor, vehículo, precio, fecha y hora.
• Después se va a liquidar el impuesto que corresponda.
• Se va a realizar el cambio de titularidad ante la DGT.

En el contrato deben aparecer correctamente:

• Datos del comprador.
• Datos del vendedor.
• Matrícula.
• Marca y modelo.
• Precio.
• Fecha.
• Hora de entrega.
• Firmas de ambas partes.
• Firma en todas las hojas.
• Condiciones básicas de la operación.

Aunque sea entre familiares, el contrato debe estar bien hecho. Un contrato incompleto puede generar problemas en el impuesto o en la transferencia.

Cuándo no basta con un contrato de compraventa

No siempre basta con hacer un contrato y transferir.

Puede que el contrato no sea el documento correcto si:

• No hay precio real.
• El vehículo se regala.
• El titular ha fallecido.
• El vehículo se adjudica por divorcio o separación.
• Hay una donación encubierta.
• Hay una herencia.
• Hay una adjudicación de bienes.
• El vehículo pertenece a una empresa o profesional.
• El vehículo tiene reserva de dominio, embargo o precinto.
• El vehículo está de baja temporal.
• El vehículo es extranjero y todavía no está matriculado en España.

En esos casos revisamos qué documento corresponde antes de preparar el cambio de titularidad.

Impuestos en el cambio de titularidad entre familiares

El impuesto depende de la causa del cambio de titularidad. No hay un único impuesto para todos los cambios entre familiares.

Puede corresponder:

• Modelo 620 o 621: si hay compraventa entre particulares.
• Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: si hay donación o herencia.
• Justificante de exención o no sujeción: si el caso lo permite.
• Factura: si interviene empresa o profesional.
• Documento de adjudicación: si el cambio viene de divorcio, separación, herencia o resolución.

Antes de presentar nada, revisamos:

• Si hay precio real.
• Si hay donación.
• Si hay fallecimiento.
• Si hay adjudicación por separación o divorcio.
• Comunidad autónoma competente.
• Valor del vehículo.
• Documentación fiscal necesaria.
• Justificante que debe aportarse a la DGT.

No conviene usar Modelo 620 o 621 si el caso realmente es una donación o una herencia. Tampoco conviene declarar como donación una operación que realmente es una venta.

Modelo 620 o 621 entre familiares

Si el cambio de titularidad entre familiares se realiza mediante compraventa, normalmente hay que revisar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

Según la comunidad autónoma, puede corresponder:

• Modelo 620.
• Modelo 621.
• Pago del ITP.
• Exención o no sujeción, si procede.
• Justificante fiscal para la DGT.
• Valor fiscal del vehículo.
• Contrato de compraventa.

En GESTORÍADGT revisamos:

• Comunidad autónoma del comprador.
• Precio pactado.
• Valor fiscal.
• Tipo de vehículo.
• Fecha del contrato.
• Si el vendedor es particular.
• Si la operación realmente es compraventa.
• Si el justificante fiscal sirve para continuar con la transferencia.

Revisar Modelo 620/621 entre familiares

Documentos necesarios para cambiar la titularidad de un vehículo entre familiares

La documentación depende del tipo de transmisión, pero de forma general podemos revisar:

• DNI, NIE o CIF del titular actual.
• DNI, NIE o CIF del nuevo titular.
• Permiso de circulación.
• Ficha técnica o tarjeta ITV.
• Contrato de compraventa, si hay venta.
• Documento de donación, si hay donación.
• Documento de adjudicación hereditaria, si hay fallecimiento.
• Convenio, sentencia o documento de adjudicación, si hay divorcio o separación.
• Justificante del Modelo 620 o 621, si hay compraventa.
• Justificante de Sucesiones y Donaciones, si procede.
• Justificante de exención o no sujeción, si aplica.
• Mandato o autorización para gestoría.
• Documentación adicional si hay cargas, reserva de dominio, embargo o precinto.

Antes de pedirte documentos, revisamos el caso para indicarte qué hace falta realmente.

Consultar documentos necesarios

Cambio de titularidad familiar y DGT

El cambio de titularidad de un vehículo entre familiares debe finalizarse ante la DGT para que el vehículo quede correctamente a nombre del nuevo titular.

La DGT no cambia la titularidad solo porque haya parentesco. Hay que justificar la transmisión y presentar la documentación adecuada.

Antes de iniciar el trámite, revisamos:

• Que el vehículo esté en alta administrativa.
• Que pueda transferirse.
• Que no haya bloqueos administrativos.
• Que la documentación coincida.
• Que el impuesto o justificante fiscal esté resuelto.
• Que el documento de transmisión sea correcto.
• Que el nuevo titular pueda figurar como propietario.
• Que la ITV, cargas o incidencias no impidan el expediente.

Si el vehículo no cumple los requisitos previos, puede que antes haya que resolver otra incidencia.

Vehículo entre familiares con reserva de dominio

Si el vehículo tiene reserva de dominio, el cambio de titularidad puede bloquearse aunque sea entre familiares. La reserva de dominio suele aparecer cuando el vehículo fue financiado y la entidad financiera mantiene una carga inscrita.

Antes de cambiar la titularidad, revisamos:

• Si existe reserva de dominio.
• Si la financiación está pagada.
• Si hay carta de cancelación.
• Si la reserva está inscrita en el Registro de Bienes Muebles.
• Si hace falta cancelarla antes.
• Si la DGT permite el cambio de titularidad.
• Si el contrato o documento debe reflejar la situación.

No conviene pasar un vehículo a un familiar sin revisar antes si tiene reserva de dominio.

Vehículo entre familiares con embargo o precinto

Si el vehículo tiene embargo o precinto, el cambio de titularidad puede requerir revisión específica.

Puede haber problemas si:

• Existe embargo.
• Existe precinto.
• El comprador o nuevo titular no conoce la situación.
• La DGT exige documento adicional.
• El vehículo no puede circular tras el cambio.
• Hay que cancelar o levantar la incidencia antes.
• La transmisión debe reflejar que el nuevo titular conoce la carga.

En estos casos no conviene hacer un cambio familiar como si fuera una transferencia normal.

Cambio de titularidad de vehículo familiar de baja temporal

Si el vehículo está de baja temporal, puede que no se pueda transferir como un vehículo en alta normal.

Antes de cambiar la titularidad, revisamos:

• Si el vehículo está de alta o baja temporal.
• Motivo de la baja.
• Si puede rehabilitarse o darse de alta.
• Si la transferencia puede hacerse directamente.
• Si hay que resolver antes otro trámite.
• Si hay documentación técnica suficiente.
• Si la ITV o el permiso de circulación están afectados.

La baja temporal puede condicionar el cambio de titularidad, incluso aunque el vehículo se transmita entre familiares.

Cambio de titularidad de coche entre familiares

Cuando el vehículo es un coche, revisamos si el cambio familiar es una venta, donación, herencia, adjudicación o regularización.

Puede tratarse de:

• Coche vendido de padre a hijo.
• Coche vendido entre hermanos.
• Coche regalado a un familiar.
• Coche adjudicado por herencia.
• Coche adjudicado por divorcio o separación.
• Coche que ya usa un familiar pero sigue a nombre de otro.
• Coche con reserva de dominio o cargas.
• Coche pendiente de transferir.

En GESTORÍADGT revisamos la causa, el impuesto, la documentación y el cambio de titularidad antes de presentar el trámite.

Cambio de titularidad de moto entre familiares

En una moto también hay que diferenciar si hay venta, donación, herencia o adjudicación.

Revisamos:

• Datos del titular actual.
• Datos del nuevo titular.
• Contrato, si hay compraventa.
• Documento de donación, si no hay precio.
• Herencia, si el titular ha fallecido.
• Documento de adjudicación, si hay divorcio o separación.
• Matrícula.
• Bastidor.
• Cilindrada.
• Ficha técnica.
• Permiso de circulación.
• Impuesto correspondiente.
• Si la moto puede transferirse.

No es lo mismo una moto nacional ya matriculada que una moto extranjera, histórica, sin documentación o con incidencias.

Cambio de titularidad de furgoneta, camión o vehículo industrial entre familiares

El cambio de titularidad entre familiares también puede afectar a furgonetas, camiones, vehículos industriales, vehículos mixtos, remolques o vehículos especiales.

En estos casos revisamos:

• Tipo de vehículo.
• Uso del vehículo.
• Titular actual.
• Nuevo titular.
• Si hay precio o no.
• Si corresponde contrato, donación, herencia o adjudicación.
• Documentación técnica.
• Permiso de circulación.
• Ficha técnica o tarjeta ITV.
• Valor fiscal.
• Impuesto aplicable.
• Si hay empresa o actividad profesional implicada.
• Si la DGT puede completar el cambio.

Los vehículos industriales pueden tener más particularidades, por lo que conviene revisar el expediente antes de firmar o presentar impuestos.

Cuánto cuesta cambiar la titularidad de un vehículo entre familiares

El coste depende del tipo de operación.

Puede incluir:

• Honorarios de gestoría, si quieres que gestionemos el trámite.
• Tasa DGT de cambio de titularidad.
• Modelo 620 o 621 si hay compraventa.
• Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones si hay donación o herencia.
• Costes de cancelar reserva de dominio, si existe.
• Costes de resolver incidencias previas, si las hay.
• Posibles recargos si se presenta fuera de plazo.
• Documentación adicional según el caso.

No hay un precio único para todos los cambios entre familiares porque no todos tienen la misma causa. Primero revisamos el caso y después te indicamos qué costes pueden intervenir.

Consultar coste del cambio de titularidad familiar

Cómo gestionamos el cambio de titularidad entre familiares online

Nuestro proceso está pensado para identificar primero el tipo de transmisión y después preparar el expediente correcto.

1. Nos explicas el caso

Nos dices quién es el titular actual, quién será el nuevo titular, qué relación familiar existe y por qué se cambia la titularidad.

2. Identificamos el trámite correcto

Comprobamos si se trata de compraventa, donación, fallecimiento, divorcio, separación, adjudicación o regularización.

3. Revisamos la documentación

Comprobamos permiso de circulación, ficha técnica, DNI/NIE, contrato, documento de donación, herencia, convenio, sentencia o documentación fiscal según el caso.

4. Revisamos impuestos y justificantes

Te indicamos si corresponde Modelo 620/621, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, exención, no sujeción, factura u otro justificante.

5. Preparamos el cambio de titularidad

Cuando el expediente está claro, preparamos la gestión para que el vehículo quede correctamente a nombre del nuevo titular.

Iniciar cambio de titularidad familiar online

Errores frecuentes en cambios de titularidad entre familiares

Pensar que entre familiares no hay impuestos

Puede haber impuestos o justificantes fiscales según el tipo de transmisión.

Hacer una compraventa cuando realmente es donación

Si no hay precio real, puede tratarse de una donación y no de una venta.

Presentar Modelo 620 o 621 cuando corresponde Sucesiones y Donaciones

Una donación o herencia no debe tratarse como una compraventa ordinaria.

No diferenciar herencia, donación y compraventa

Cada caso tiene documentación y fiscalidad distinta.

No revisar si el vehículo tiene cargas

Reserva de dominio, embargo o precinto pueden bloquear o complicar el cambio.

No comprobar si el vehículo está en alta

La DGT exige que el vehículo esté en situación administrativa adecuada para transferir.

No firmar correctamente el contrato

Si hay compraventa, el contrato debe estar bien hecho y firmado por las partes.

No revisar el plazo

Según el tipo de trámite, pueden existir plazos diferentes para presentar impuestos o cambiar la titularidad.

Confundir cambio de titularidad con matriculación

Si el vehículo es extranjero o todavía no tiene matrícula española, puede que no sea una transferencia ordinaria.

Casos habituales que revisamos

En GESTORÍADGT podemos ayudarte a revisar situaciones como:

• Cambiar coche de padre a hijo.
• Cambiar moto de padre a hijo.
• Cambiar vehículo de madre a hijo.
• Cambio de titularidad entre hermanos.
• Cambio de titularidad entre cónyuges.
• Cambio de titularidad entre familiares con precio.
• Cambio de titularidad entre familiares sin precio.
• Compraventa de coche entre familiares.
• Donación de vehículo entre familiares.
• Vehículo adjudicado por fallecimiento.
• Vehículo adjudicado por divorcio o separación.
• Vehículo con reserva de dominio.
• Vehículo con embargo o precinto.
• Vehículo familiar de baja temporal.
• Dudas entre compraventa, donación, herencia o adjudicación.
• Revisión de impuestos antes de ir a la DGT.
• Cambio de titularidad online en toda España.

Cada caso se revisa antes de presentar el trámite para evitar errores en impuestos, documentos o DGT.

Consultar mi caso familiar

Por qué hacer el cambio de titularidad familiar con GESTORÍADGT

Cambiar un vehículo entre familiares puede parecer sencillo, pero puede complicarse si no se identifica bien la causa del cambio, si hay error fiscal, si falta documentación o si el vehículo tiene cargas.

Con GESTORÍADGT tienes una revisión online enfocada a evitar errores antes de presentar el trámite.

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Preguntas frecuentes – FAQ

¿Puedo cambiar un coche de nombre entre familiares?

Sí, pero hay que justificar la causa del cambio: compraventa, donación, herencia, divorcio, separación o adjudicación. Cada caso puede tener documentos e impuestos distintos.

¿Cambiar un coche de padre a hijo es gratis?

No necesariamente. Depende de si hay compraventa, donación, herencia u otro supuesto. Puede haber tasa DGT, impuestos y documentación específica.

¿Qué es mejor, vender o donar un coche a un hijo?

Depende del caso. Si hay precio real, puede ser compraventa. Si no hay precio, puede ser donación. Conviene revisar la fiscalidad antes de elegir una opción.

¿Entre familiares hay que pagar Modelo 620 o 621?

Si hay compraventa entre particulares, puede corresponder Modelo 620 o 621. Si no hay precio y es donación, puede corresponder Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

¿Puedo poner un precio simbólico en el contrato?

Hay que tener cuidado. Si el precio no refleja una compraventa real, la administración puede entender que existe una donación u otro supuesto. Conviene revisar el caso antes de firmar.

¿Qué documentos necesito para cambiar un vehículo entre familiares?

Depende del caso, pero normalmente se revisa DNI/NIE de las partes, permiso de circulación, ficha técnica, contrato o documento de transmisión, justificante fiscal y documentación adicional si hay donación, herencia, divorcio o cargas.

¿Qué pasa si el titular ha fallecido?

No es una compraventa ordinaria. Debe revisarse la adjudicación hereditaria y realizar el cambio de titularidad por fallecimiento.

¿Qué pasa si el vehículo se regala?

Si se entrega sin precio, puede ser una donación. En ese caso hay que revisar el documento de donación y el impuesto correspondiente.

¿Qué pasa si el cambio viene de un divorcio?

Debe revisarse el convenio, sentencia o documento que adjudica el vehículo. No conviene tratarlo como una venta ordinaria sin revisar.

¿Puedo cambiar de titularidad una moto entre familiares?

Sí, pero igual que en un coche, hay que determinar si es compraventa, donación, herencia o adjudicación.

¿Puedo cambiar una furgoneta o camión entre familiares?

Sí, siempre que el vehículo pueda transferirse y se justifique correctamente la transmisión y la parte fiscal.

¿La DGT cambia la titularidad solo por ser familia?

No. La relación familiar no elimina la necesidad de justificar la transmisión, aportar documentación y resolver la parte fiscal.

¿Cuánto tarda el cambio de titularidad?

Depende del caso, de la documentación, de si hay impuestos pendientes, cargas o incidencias. Primero revisamos el expediente y después te indicamos los pasos.

¿Podéis hacerlo online?

Sí. Revisamos y gestionamos el cambio de titularidad de vehículos entre familiares online en toda España.

Revisa el cambio de titularidad antes de presentar nada

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✍️ Escrito por GESTORÍADGT

Contenido elaborado con fines informativos y revisado por gestores administrativos colegiados especialistas en materia de tráfico en España. Actualizado el 14 de Julio de 2026.

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