¿Qué es una matriculación por cambio de residencia?
Es la matriculación en España de un vehículo que ya pertenecía a una persona antes de trasladar aquí su residencia habitual.
¿Quién puede solicitarla?
La persona que figuraba como titular del vehículo en el extranjero y traslada realmente su residencia a España.
¿Es solo para españoles retornados?
No. Puede aplicarse a personas de cualquier nacionalidad que cumplan los requisitos.
¿Cuánto tiempo debo haber vivido fuera de España?
Al menos doce meses consecutivos antes del traslado.
¿Cómo puedo demostrarlo?
Con certificado consular, registros de residencia, declaraciones fiscales, contratos de trabajo, vivienda, suministros y otros documentos coherentes.
¿Necesito baja consular?
Es especialmente importante para españoles retornados. En otras nacionalidades pueden utilizarse documentos equivalentes.
¿Cuánto tiempo debo haber tenido el coche?
La ley exige que haya sido utilizado por ti en la antigua residencia durante al menos seis meses antes de abandonarla.
¿Basta con que la factura tenga seis meses?
No. También debes demostrar que lo utilizaste en tu antigua residencia.
¿Qué documentos demuestran el uso?
Permiso de circulación, seguro, impuestos, inspecciones, mantenimiento, facturas y registros de kilometraje.
¿Puedo comprar el coche justo antes de mudarme?
Puedes comprarlo, pero normalmente no cumplirás el requisito de seis meses de utilización para aplicar las exenciones.
¿El coche debe estar a mi nombre?
Sí. La matriculación debe solicitarla, con carácter general, la misma persona que figuraba como titular en el extranjero.
¿Puede estar a nombre de mi cónyuge?
Debe revisarse. No conviene asumir que el vínculo matrimonial permite cambiar al titular dentro del mismo expediente.
¿Puede estar a nombre de una empresa?
Los vehículos societarios o afectos a una actividad necesitan un estudio distinto y pueden no considerarse bienes personales.
¿Qué ocurre si está financiado?
Necesitas comprobar la titularidad, cancelar o autorizar la carga y obtener permiso para exportarlo.
¿El cambio de residencia evita pagar ITP?
Si el vehículo ya era tuyo y no existe una nueva compraventa, normalmente no existe un impuesto asociado a una nueva adquisición.
¿El cambio de residencia evita pagar el Impuesto de Matriculación?
Puede quedar exento si cumples todos los requisitos y presentas el Modelo 06 dentro del plazo.
¿Qué modelo se utiliza?
El Modelo 06 con clave de exención ET4.
¿Qué es ET4?
Es la clave del Modelo 06 para medios de transporte matriculados como consecuencia del traslado de residencia habitual de su titular.
¿Tengo que presentar el Modelo 06 aunque no pague?
Sí. La exención debe declararse y validarse antes de matricular.
¿Puedo presentar el Modelo 06 online?
Las gestorías pueden presentarlo electrónicamente. El ciudadano puede preparar el borrador, pero debe presentarlo con la documentación en la oficina de la AEAT.
¿Qué es el CEM?
Es el Código Electrónico de Matriculación asociado a la declaración fiscal validada.
¿Cuál es el plazo para solicitar la matriculación?
El plazo especial es de 60 días desde el inicio de la utilización del vehículo en España cuando resulta aplicable la exención.
¿Los 60 días empiezan con el empadronamiento?
No necesariamente. Puede atenderse a la fecha de entrada o inicio de utilización del vehículo y a las reglas legales aplicables.
¿Qué ocurre si lo presento fuera de plazo?
Puede denegarse la exención y exigirse el Impuesto de Matriculación, además de recargos o intereses.
¿Puedo vender el coche después de matricularlo?
No debes transmitirlo durante los doce meses posteriores si has aplicado la exención.
¿Qué pasa si lo vendo antes?
Puede exigirse el impuesto que quedó exento.
¿Puedo prestarlo o alquilarlo?
Si procede de un tercer país con franquicia aduanera, no debe prestarse, alquilarse o cederse durante doce meses sin informar previamente a Aduanas.
¿Qué ocurre si el coche viene de la Unión Europea?
No necesita despacho aduanero ordinario, pero sí ITV, Modelo 06, IVTM, tasa DGT y matriculación.
¿Qué ocurre si viene de fuera de la UE?
Necesita Aduanas, H1, homologación, ITV, Modelo 06, IVTM y matriculación.
¿Qué es el H1?
Es el documento aduanero que acredita que el vehículo fue despachado y que se pagaron o eximieron los impuestos de importación.
¿El H1 sustituye el Modelo 06?
No. El H1 resuelve Aduanas y el Modelo 06 declara la exención del Impuesto de Matriculación.
¿Puedo evitar el arancel y el IVA?
Puede ser posible mediante franquicia y exención por traslado de residencia si cumples todos los requisitos.
¿Cuánto tiempo tengo para importar el coche desde un tercer país?
La importación con franquicia debe realizarse, con carácter general, dentro de los doce meses posteriores al establecimiento de la residencia.
¿Puedo importarlo antes de mudarme?
En determinados casos sí, comprometiéndote a establecer la residencia en un máximo de seis meses y aportando garantía cuando se exija.
¿Qué es el COC?
Es el Certificado de Conformidad Europeo, que acredita la homologación europea del vehículo.
¿Puedo matricular sin COC?
Puede ser posible mediante ficha reducida o el procedimiento técnico específico que corresponda.
¿Un coche americano necesita homologación individual?
Puede necesitarla, aunque los vehículos del mismo titular trasladados por cambio de residencia disponen de un procedimiento técnico específico.
¿La exención fiscal evita la homologación?
No. Fiscalidad, homologación e ITV son trámites diferentes.
¿Tengo que pasar ITV en España?
Sí. Debes obtener una ficha técnica española antes de la matriculación.
¿Sirve la inspección técnica extranjera?
No sustituye la inspección necesaria para obtener la ficha ITV española.
¿Qué ocurre si el coche tiene reformas?
Deben revisarse y puede ser necesario legalizarlas o aportar certificados.
¿Puedo circular mientras se tramita?
Puede estudiarse la solicitud de placas verdes si el expediente definitivo está iniciado y se cumplen los requisitos.
¿Cuánto duran las placas verdes?
La autorización inicial tiene una vigencia de 60 días.
¿Cuánto cuesta la tasa de la DGT?
Actualmente, la tasa ordinaria 1.1 es de 99,77 euros.
¿Tengo que pagar el impuesto municipal?
Sí, salvo que exista una exención municipal. El justificante es necesario para matricular.
¿Qué pasa si mi coche ya tuvo matrícula española?
Puede corresponder rehabilitar la matrícula anterior en lugar de realizar una nueva matriculación.
¿Puedo traer una moto?
Sí, siempre que cumpla los requisitos fiscales, aduaneros, técnicos y registrales.
¿Puedo traer una autocaravana?
Sí, aunque deben revisarse homologación, masas, instalaciones y posibles adaptaciones.
¿Puedo traer varios vehículos?
Puede ser posible, pero cada uno debe cumplir individualmente los requisitos y acreditar que se trata de un bien personal.
¿Cuánto tarda la gestión?
Depende del país, Aduanas, documentación, homologación, ITV y validación fiscal. No existe un plazo único para todos los expedientes.
¿Puedo iniciar la gestión desde el extranjero?
Sí. Recomendamos revisar el expediente antes de dar de baja, transportar o introducir el coche en España.
¿Trabajáis en toda España?
Sí. Gestionamos matriculaciones por cambio de residencia en todas las provincias.