¿Qué es el Modelo 568?
El Modelo 568 es la solicitud de devolución del Impuesto de Matriculación por reventa y envío de medios de transporte fuera del territorio.
¿Para qué sirve el Modelo 568?
Sirve para solicitar la devolución de todo o parte de la cuota satisfecha del Impuesto de Matriculación cuando se cumple el supuesto de reventa y envío definitivo fuera del territorio.
¿Quién puede presentar el Modelo 568?
Está vinculado a empresarios dedicados profesionalmente a la reventa de medios de transporte, cuando se cumplen los requisitos del supuesto.
¿El Modelo 568 sirve para cualquier particular?
No suele ser el modelo habitual de un particular. Es un supuesto específico y normalmente profesional, que debe revisarse antes de presentar.
¿El Modelo 568 sirve para pagar el Impuesto de Matriculación?
No. Para autoliquidar o pagar el impuesto normalmente se revisa el Modelo 576. El Modelo 568 sirve para solicitar una devolución.
¿El Modelo 568 es lo mismo que el Modelo 576?
No. El Modelo 576 sirve para autoliquidar el impuesto. El Modelo 568 sirve para solicitar devolución por reventa y envío fuera del territorio.
¿El Modelo 568 es lo mismo que el Modelo 05 o el Modelo 06?
No. Los Modelos 05 y 06 están relacionados con exenciones o no sujeciones antes de matricular. El Modelo 568 se refiere a devolución por reventa y envío fuera del territorio.
¿Qué documentación necesito para el Modelo 568?
Puede requerirse documentación del solicitante, acreditación de actividad profesional, contrato de venta, permiso de circulación o documentación equivalente, certificación de baja y justificantes del envío definitivo fuera del territorio.
¿Qué significa envío definitivo fuera del territorio?
Significa que el medio de transporte debe enviarse de forma definitiva fuera del territorio de aplicación del impuesto y esa salida debe poder acreditarse documentalmente.
¿Hay plazo para solicitar la devolución?
Debe revisarse el plazo desde la primera matriculación definitiva y la fecha del envío fuera del territorio. La Agencia Tributaria vincula el supuesto a un plazo de cuatro años desde la primera matriculación definitiva.
¿Puedo presentar Modelo 568 si solo doy de baja un vehículo?
No necesariamente. La baja puede formar parte de la documentación, pero el Modelo 568 exige además que encaje el supuesto de reventa y envío fuera del territorio.
¿Puedo presentar Modelo 568 si exporto un vehículo?
No toda exportación da derecho automáticamente a Modelo 568. Hay que revisar si existe reventa profesional, cuota satisfecha, envío definitivo y documentación suficiente.
¿Se presenta online?
Sí. La presentación del Modelo 568 se realiza por vía telemática, pero antes conviene revisar que el expediente esté completo.
¿Podéis revisar si necesito Modelo 568?
Sí. Revisamos tu caso para comprobar si corresponde Modelo 568 u otro trámite fiscal relacionado con el Impuesto de Matriculación.
¿Trabajáis en toda España?
Sí. Revisamos el Modelo 568 y la parte fiscal relacionada con el Impuesto de Matriculación online en toda España.