¿Puedo comprar el coche al terminar el renting?
Sí, si la empresa propietaria acepta la venta y prepara la factura y documentación necesarias. El contrato no siempre incluye automáticamente una opción de compra.
¿Quién es el propietario durante el renting?
Normalmente la empresa de renting. El usuario figura como arrendatario o conductor habitual, pero no como propietario.
¿Cuánto tiempo tengo para poner el coche a mi nombre?
El comprador dispone de 30 días desde la firma del contrato o documento correspondiente.
¿Necesito factura?
Sí. La factura debe identificar correctamente al comprador, a la empresa vendedora y al vehículo.
¿Necesito también el contrato de renting?
Sí. Debe aportarse el contrato y este debe recoger la autorización para que el comprador figure como nuevo titular.
¿Puedo transferirlo aunque no lo compre?
Puede ser posible cuando el contrato firmado recoge expresamente que la empresa autoriza que figures como nuevo titular.
¿Pagar todas las cuotas me convierte en propietario?
No. Terminar de pagar el contrato no cambia automáticamente la titularidad en la DGT.
¿Traspasar un renting es lo mismo que transferir el coche?
No. El traspaso del contrato cambia al arrendatario, mientras que la transferencia cambia al propietario registral.
¿Comunicar un arrendatario cambia la titularidad?
No. La empresa continúa siendo propietaria y únicamente se actualiza quién utiliza el vehículo.
¿Necesito Modelo 620 o 621?
Cuando la empresa de renting vende el vehículo en el ejercicio de su actividad, la transmisión se documenta normalmente mediante factura.
¿Qué debe aparecer en la factura?
Datos del comprador, empresa vendedora, vehículo, matrícula, precio, fecha y tratamiento fiscal de la operación.
¿Qué pasa si la factura no incluye la matrícula?
Puede requerirse una factura corregida o documentación adicional que permita identificar claramente el vehículo.
¿Qué pasa si el contrato no autoriza el cambio?
Debe obtenerse una autorización, anexo o documento de la empresa antes de presentar la transferencia.
¿Puede comprarlo una persona distinta del arrendatario?
Sí, siempre que la empresa propietaria acepte la operación y documente correctamente al nuevo titular.
¿Puede comprarlo una empresa?
Sí. La empresa compradora debe acreditar su identificación y representación y presentar el trámite electrónicamente.
¿Cuál es la tasa de transferencia?
Actualmente corresponde la tasa DGT 1.5, de 55,70 euros.
¿Puedo hacer la transferencia presencialmente?
Los particulares y sus representantes pueden utilizar el canal presencial en los supuestos admitidos. Las personas jurídicas deben presentar sus solicitudes por internet.
¿Puedo hacerlo mediante gestoría?
Sí. Debe firmarse el mandato correspondiente y aportar la documentación necesaria.
¿Necesito la ITV en vigor?
La transferencia puede tramitarse, pero el nuevo permiso de circulación únicamente será válido si el vehículo tiene la ITV en vigor.
¿Qué ocurre si el coche está en baja temporal?
La empresa titular debe solicitar el alta antes de realizar la transferencia.
¿Puede transferirse con embargo?
Puede ser posible si el comprador acredita que conoce la situación.
¿Puede transferirse con precinto?
Puede tramitarse en determinados casos, pero no podrá emitirse un permiso de circulación utilizable hasta cancelar el precinto.
¿Qué pasa si tiene reserva de dominio?
Puede ser necesario cancelar previamente la carga o aportar la documentación financiera correspondiente.
¿Hay que cambiar el servicio del vehículo?
Puede ser necesario si deja de figurar como vehículo de alquiler y pasa a un uso diferente.
¿Puede ser necesaria una ITV extraordinaria?
Sí, en determinados cambios de servicio o modificaciones técnicas.
¿Puede haber que pagar el Impuesto de Matriculación?
Puede ser necesario regularizarlo si el vehículo disfrutó de una exención y cambia de titular o destino antes del plazo legal.
¿Qué documentos necesito?
Normalmente se revisan factura, contrato de renting, autorización, identificación del comprador, documentación del vehículo, tasa y documentos adicionales según el expediente.
¿Cuánto cuesta la transferencia?
Incluye la tasa DGT de 55,70 euros y, cuando corresponda, honorarios de gestoría u otros trámites adicionales.
¿Trabajáis online en toda España?
Sí. Revisamos y gestionamos transferencias de vehículos procedentes de empresas de renting en todo el territorio nacional.