¿Qué documento necesito para transferir un vehículo de subasta?
Necesitas el acta o certificado de adjudicación o de subasta emitido por el organismo organizador.
¿Cuánto tiempo tengo para transferirlo?
El plazo máximo es de 30 días desde la firma del acta de subasta.
¿Necesito contrato de compraventa?
Normalmente el documento que acredita la adquisición es el acta o certificado de adjudicación, no un contrato privado ordinario.
¿Hay que pagar Modelo 620 o 621?
Debe justificarse el pago, exención o no sujeción del ITP mediante el modelo correspondiente a la comunidad autónoma del adjudicatario.
¿Quién paga el impuesto?
Normalmente lo presenta el adjudicatario como nuevo adquirente, salvo que la operación tenga otro tratamiento fiscal.
¿Qué valor se utiliza para calcular el impuesto?
Depende de la normativa autonómica. Puede ser necesario comparar el importe de adjudicación con el valor fiscal o de mercado.
¿Cuál es la tasa de la DGT?
Actualmente, la transferencia de un vehículo adquirido en subasta exige la tasa 1.5 de 55,70 euros.
¿Puede presentarlo una gestoría?
Sí. El adjudicatario puede otorgar representación o mandato para que una gestoría presente el expediente.
¿Puede hacerlo una empresa?
Sí. Las empresas y personas jurídicas deben presentar la solicitud por vía electrónica.
¿Puedo presentar la transferencia presencialmente?
Los particulares y sus representantes pueden hacerlo presencialmente con cita previa.
¿Qué pasa si solo tengo el justificante de haber ganado?
Puede no ser suficiente. Debes obtener el acta o certificado definitivo de adjudicación.
¿Qué pasa si el acta no incluye la matrícula?
Puede ser necesario solicitar una rectificación o certificado complementario que identifique claramente el vehículo.
¿Se puede transferir un vehículo embargado?
Puede ser posible si el adjudicatario acredita que conoce el embargo, pero debe revisarse si la carga continúa.
¿Se puede transferir un vehículo con precinto?
Puede ser posible, pero no podrá expedirse un permiso de circulación utilizable ni circular hasta cancelar el precinto.
¿Qué pasa si tiene reserva de dominio?
Puede ser necesario cancelar la carga o acreditar una subrogación válida antes de transferir.
¿Se puede transferir si está en baja temporal?
Primero debe resolverse el alta administrativa.
¿Necesito la ITV en vigor?
La transferencia puede tramitarse, pero el nuevo permiso de circulación solo será válido si la ITV está vigente.
¿Qué pasa si no tiene permiso de circulación?
Hay que comprobar su situación en la DGT y si puede expedirse un nuevo permiso después del cambio.
¿Qué pasa si falta la ficha técnica?
Puede ser necesario obtener un duplicado o regularizar la documentación en una estación ITV.
¿Se puede transferir sin llaves?
La falta de llaves no acredita ni impide por sí sola la propiedad, pero afecta a la retirada y utilización del vehículo.
¿Qué ocurre si el vehículo no está matriculado?
No corresponde una transferencia ordinaria. Hay que tramitar la matriculación definitiva.
¿Puedo solicitar placas verdes?
Sí, para determinados vehículos adjudicados sin matricular mientras se tramita la matriculación definitiva.
¿Cuánto duran las placas verdes?
Para vehículos pendientes de matriculación definitiva tienen una validez inicial de 60 días.
¿Una adjudicación por divorcio entra en esta página?
No. El cambio por divorcio o separación tiene su propio procedimiento y documentación.
¿Una herencia se tramita como subasta o adjudicación?
No. Una adjudicación hereditaria se tramita como transferencia por fallecimiento.
¿Puede una plataforma privada vender un vehículo?
Hay que comprobar quién es el propietario y si la plataforma dispone de autorización para emitir factura o documentación válida de transmisión.
¿Qué ocurre si la DGT solicita subsanación?
Debe aportarse la documentación solicitada dentro del mismo expediente electrónico.
¿Trabajáis online en toda España?
Sí. Revisamos y gestionamos transferencias de vehículos adjudicados en subasta en todo el territorio nacional.