Ayudas para coche eléctrico 2026: Programa Auto+

Revisamos tu caso y, si decides continuar, presentamos la solicitud como tus representantes.

¿Has comprado o vas a comprar un coche eléctrico, un híbrido enchufable, una furgoneta o una moto eléctrica? Revisamos si el vehículo y la operación cumplen los requisitos del Programa Auto+, calculamos la ayuda que podría corresponderte y te indicamos la documentación necesaria.

Después recibirás nuestro presupuesto y decidirás si quieres que presentemos y gestionemos la solicitud como tus representantes.

  • Ayuda máxima para un turismo: 4.500 €
  • Precio máximo del turismo: 45.000 € antes de impuestos
  • Solicitudes de particulares: hasta el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00, salvo que se agote antes el presupuesto.

IMPORTANTE

Los 45.000 € no son la cantidad de la ayuda. Son el precio máximo que puede tener un turismo M1, antes de impuestos y después de descuentos, para poder entrar en el Programa Auto+. La ayuda pública máxima para un turismo es de 4.500 €, y su importe final depende de las características concretas del vehículo.

Qué es el Programa Auto+ 2026

El Programa Auto+ es la ayuda estatal destinada a fomentar la compra de vehículos eléctricos y electrificados con etiqueta CERO. La Línea 1 para particulares se encuentra abierta desde el 4 de agosto de 2026. Permite solicitar ayudas por determinadas adquisiciones realizadas desde el 1 de enero de 2026, siempre que el comprador, el vehículo, la factura, los pagos y el resto de la operación cumplan todos los requisitos.

La convocatoria dispone de un presupuesto limitado. Las solicitudes se atienden por orden de presentación y pueden pasar a una lista de espera cuando se agote el crédito disponible. Entrar en esa lista no garantiza la concesión posterior de la ayuda. El Programa Auto+ lo gestiona el Ministerio de Industria y Turismo. GestoríaDGT presta un servicio privado de revisión, representación y tramitación. La concesión corresponde exclusivamente a la Administración.

Quién puede pedir las ayudas

Particulares: Línea 1 abierta

Actualmente pueden solicitar la Línea 1 las personas físicas mayores de edad con residencia legal en España que adquieran el vehículo para uso particular y no dentro de una actividad económica.

Entre otros requisitos, el solicitante deberá:

  • Ser el comprador y titular del vehículo.
  • Cumplir las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No tener pendientes reintegros de otras subvenciones.
  • Presentar una única solicitud por vehículo.
  • Mantener el vehículo a su nombre y matriculado en España durante el periodo exigido.
  • Justificar correctamente la compra y todos los pagos realizados.

La Línea 1 corresponde a adquisiciones en propiedad. Las operaciones de renting o leasing pertenecen a la Línea 2.

Autónomos y empresas: Línea 2

El Programa Auto+ también contempla una Línea 2 para autónomos y empresas, con condiciones e importes propios.

A fecha de la última actualización de esta página, las bases están aprobadas, pero su convocatoria todavía no se encuentra abierta. Por tanto, no podemos presentar todavía esas solicitudes.

Si eres autónomo o representas a una empresa, podemos recoger los datos básicos de tu operación y revisar nuevamente la situación cuando se publique la convocatoria correspondiente.

Qué vehículos pueden recibir la ayuda

No basta con que un vehículo sea eléctrico. Debe pertenecer a una categoría admitida y cumplir los requisitos técnicos, económicos y temporales del programa.

Coches eléctricos e híbridos enchufables

Pueden entrar los turismos M1 con etiqueta CERO que pertenezcan a alguno de estos grupos:

  • Vehículos eléctricos de batería, BEV.
  • Vehículos eléctricos de pila de combustible, FCEV.
  • Vehículos eléctricos de autonomía extendida, EREV.
  • Vehículos híbridos enchufables, PHEV.

La ayuda de un híbrido enchufable puede ser inferior a la de un vehículo completamente eléctrico, aunque ambos tengan etiqueta CERO.

El precio máximo del turismo es de 45.000 € antes de impuestos, una vez aplicados los descuentos e incluyendo los extras, accesorios y servicios asociados incluidos en la factura.

Furgonetas eléctricas

También pueden recibir la ayuda determinados vehículos N1, como furgonetas ligeras eléctricas, siempre que cumplan los requisitos técnicos del programa.

Para esta categoría no se establece el mismo límite de 45.000 € aplicable a los turismos.

Motos y cuadriciclos eléctricos

El programa incluye determinadas motocicletas de las categorías L3e, L4e y L5e, y cuadriciclos L6e y L7e.

En el caso de las motocicletas admitidas, el precio máximo es de 10.000 € antes de impuestos. La versión exacta debe cumplir las condiciones técnicas establecidas en la convocatoria.

Vehículos nuevos y determinados seminuevos

Pueden ser subvencionables:

  • Vehículos nuevos matriculados por primera vez en España a nombre del beneficiario desde el 1 de enero de 2026.
  • Determinados vehículos seminuevos adquiridos a un concesionario o punto de venta vinculado al fabricante o importador.
  • En estos seminuevos, la primera matriculación y la fecha de la factura deben respetar los límites del programa.

No entra cualquier vehículo usado de menos de un año ni una compraventa realizada entre particulares. Debemos comprobar el vendedor, la primera matriculación y la operación concreta.

Antes de comprar, puedes consultar cómo funciona la etiqueta medioambiental DGT y comprobar si el modelo tiene distintivo CERO.

Cuánto puedes recibir con el Programa Auto+

Estas son las cuantías públicas máximas de la Línea 1:

Categoría, Vehículo y Ayuda máxima

  1. M1 – Turismo –4.500 €
  2. N1 – Furgoneta o vehículo ligero – 5.000 €
  3. L3e, L4e y L5e – Motocicleta – 1.100 €
  4. L6e y L7e – Cuadriciclo – 1.500 €

Estos importes son topes máximos. No significa que todos los vehículos reciban automáticamente esa cantidad.

Cómo se calcula la ayuda de un turismo

La cuantía se determina sumando distintos criterios sobre el importe máximo:

  • Criterio eléctrico: un eléctrico puro o de pila de combustible obtiene un porcentaje superior al de un híbrido enchufable o de autonomía extendida.
  • Criterio económico: los turismos de hasta 35.000 € reciben un porcentaje superior a los que cuestan entre 35.000 € y 45.000 €.
  • Criterio europeo: se valora que el montaje final del vehículo se realice en la Unión Europea.
  • Criterio de la batería: determinados vehículos pueden sumar un porcentaje adicional cuando cumplen las condiciones establecidas para la batería.

Ejemplos máximos para un turismo que también cumpla completamente los criterios europeos y de batería:

  • Tipo de turismo, Precio antes de impuestos y Ayuda máxima posible
  1. Eléctrico puro – Hasta 35.000 € – 4.500 €
  2. Eléctrico puro – Más de 35.000 € y hasta 45.000 € – 4.050 €
  3. Híbrido enchufable o EREV – Hasta 35.000 € – 3.375 €
  4. Híbrido enchufable o EREV – Más de 35.000 € y hasta 45.000 € – 2.925 €

Para aplicar los criterios europeos debe comprobarse el modelo concreto en la lista oficial vigente en el momento de presentar la solicitud.

Ejemplos máximos para un turismo que también cumpla completamente los criterios europeos y de batería:

  • Tipo de turismo, Precio antes de impuestos y Ayuda máxima posible
  1. Eléctrico puro – Hasta 35.000 € – 4.500 €
  2. Eléctrico puro – Más de 35.000 € y hasta 45.000 € – 4.050 €
  3. Híbrido enchufable o EREV – Hasta 35.000 € – 3.375 €
  4. Híbrido enchufable o EREV – Más de 35.000 € y hasta 45.000 € – 2.925 €

Para aplicar los criterios europeos debe comprobarse el modelo concreto en la lista oficial vigente en el momento de presentar la solicitud.

La estimación inicial no constituye una resolución ni garantiza la concesión.

Requisitos del Programa Auto+ 2026

Antes de presentar una solicitud comprobaremos, entre otros aspectos:

  • La identidad y condición del beneficiario.
  • La fecha de compra y matriculación.
  • La categoría y versión exacta del vehículo.
  • La etiqueta CERO.
  • El precio antes de impuestos y después de descuentos.
  • La factura y los datos del vendedor.
  • La forma en la que se realizaron todos los pagos.
  • La titularidad del vehículo y de la cuenta bancaria.
  • La posible financiación de la compra.
  • La lista oficial en la que figure el modelo.
  • La compatibilidad con otras ayudas.
  • Las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Descuento de 1.000 € en coches y furgonetas

En las compras de turismos M1 y vehículos N1 realizadas después de la apertura del programa, la factura debe reflejar un descuento mínimo de 1.000 € vinculado al Programa Auto+.

Este descuento lo aplica el vendedor o fabricante. No es una ayuda pública adicional ni debe confundirse con la subvención.

Las operaciones realizadas antes de la apertura de la convocatoria cuentan con una regla transitoria respecto a la forma de reflejar este descuento. Revisaremos la fecha y la factura de cada caso.

¿Ya has comprado el vehículo?

Las ayudas no se limitan a compras realizadas después de abrirse el formulario. Determinadas operaciones efectuadas desde el 1 de enero de 2026 pueden entrar en el Programa Auto+.

Sin embargo, haber comprado dentro de ese periodo no es suficiente. Debemos comprobar:

  1. La fecha de la factura.
  2. La fecha de matriculación.
  3. La versión exacta del vehículo.
  4. El precio antes de impuestos.
  5. Los descuentos incluidos.
  6. Quién realizó los pagos.
  7. Cómo se identificaron el comprador y el vehículo en cada justificante.
  8. Si se utilizó financiación.
  9. Si el vendedor cumple los requisitos en caso de vehículo seminuevo.

Si ya has comprado el vehículo, envíanos primero la marca, modelo, versión, precio y fechas principales. Te diremos qué documentación necesitamos revisar.

Documentación necesaria para solicitar la ayuda

La documentación exacta dependerá de cada expediente. Con carácter general pueden solicitarse:

  • DNI o NIE del beneficiario.
  • Autorización de representación firmada.
  • Ficha técnica o tarjeta ITV definitiva.
  • Permiso de circulación definitivo.
  • Factura completa a nombre del beneficiario.
  • Justificantes bancarios de todos los pagos.
  • Certificado bancario de una cuenta cuyo titular sea el beneficiario.
  • Contrato de financiación, cuando corresponda.
  • Certificado de la entidad financiera con los datos del pago.
  • Certificados tributarios o de la Seguridad Social cuando no se autorice su consulta.
  • Declaraciones responsables exigidas en el formulario.

Los justificantes deben permitir identificar claramente al comprador, al vendedor, la fecha, el importe y el vehículo.

Los documentos se presentan en formato PDF y cada archivo debe respetar el límite indicado por la plataforma oficial.

Errores que pueden dejarte sin la ayuda

Una revisión previa resulta especialmente importante porque determinados errores no se pueden corregir después de presentar la solicitud.

Entre las incidencias más frecuentes que debemos evitar están:

  • Presentar un modelo que no cumple los criterios.
  • Superar el precio máximo permitido.
  • Comprar un seminuevo a un vendedor no admitido.
  • Que la factura no esté a nombre del beneficiario.
  • No justificar todos los pagos.
  • Utilizar efectivo por un importe total igual o superior a 1.000 €.
  • Confundir una reserva provisional de presupuesto con la concesión.
  • Presentar datos incorrectos del beneficiario o del vehículo.
  • No atender una notificación dentro de plazo.
  • Dar por hecha la compatibilidad con otra subvención.

Cuando la Administración solicita una subsanación, el plazo general es de diez días hábiles y no se amplía automáticamente. Si no se contesta correctamente, la solicitud puede darse por desistida.

Cómo solicitar la ayuda paso a paso

1. Cuéntanos tu operación

Indícanos si ya has comprado el vehículo o todavía estás valorando la compra, la marca y modelo, el precio aproximado y si eres particular, autónomo o empresa.

2. Revisamos el vehículo y los requisitos

Comprobamos la categoría, el precio, las fechas, el vendedor y las posibles incidencias de la operación. También realizamos una estimación de la cuantía que podría corresponderte.

3. Recibes la valoración y el presupuesto

Te explicamos qué documentación necesitas y cuánto cuesta nuestra gestión. Tú decides si quieres continuar.

4. Presentamos la solicitud como representantes

Si aceptas el presupuesto, firmas la autorización, completas la documentación y presentamos electrónicamente la solicitud en tu nombre.

5. Hacemos seguimiento del expediente

Controlamos las comunicaciones relacionadas con la solicitud dentro del alcance contratado y te informamos si la Administración requiere alguna actuación.

La reserva de presupuesto o el justificante de registro no equivalen a una concesión. La resolución y el pago dependen exclusivamente del Ministerio.

Plazo y estado de la convocatoria 2026

ESTADO ACTUAL

Línea 1 para particulares: abierta.

Inicio: 4 de agosto de 2026 a las 10:00.

Finalización prevista: 31 de diciembre de 2026 a las 14:00.

La convocatoria puede cerrar antes si se agota el presupuesto. Después podría habilitarse una lista de espera, pero entrar en ella no genera un derecho automático a recibir la ayuda.

Última comprobación de esta información: 17 de agosto de 2026.

Cómo te ayuda GestoríaDGT

GestoríaDGT está especializada en la gestión administrativa de vehículos para clientes de toda España.

En este servicio podemos encargarnos de:

  1. Revisar inicialmente el vehículo y la operación.
  2. Comprobar la documentación disponible.
  3. Detectar posibles incidencias antes de presentar.
  4. Estimar la ayuda según los criterios aplicables.
  5. Preparar el expediente.
  6. Presentar la solicitud como representantes autorizados por el cliente.
  7. Conservar el justificante de registro.
  8. Hacer seguimiento de las notificaciones incluidas en el servicio contratado.
  9. Ayudarte a contestar requerimientos o subsanaciones cuando corresponda.

Primero revisamos tu caso. Después recibirás un presupuesto claro y decidirás si quieres que continuemos.

Prestación profesional a cargo de GA 1268 COGAS SLP, gestoría administrativa colegiada.

Obligaciones después de recibir la ayuda

La concesión no termina con el cobro. El beneficiario deberá cumplir las obligaciones establecidas por el programa.

Con carácter general:

  • El vehículo deberá mantenerse a su nombre.
  • Deberá permanecer matriculado en España durante al menos dos años desde la concesión.
  • La venta o baja anticipada puede obligar a devolver la ayuda completa junto con los intereses correspondientes.
  • La documentación del expediente debe conservarse durante el periodo legal aplicable.
  • El beneficiario debe comunicar los cambios que puedan afectar a la ayuda.

Si tienes previsto vender, trasladar o dar de baja el vehículo, conviene revisar antes las consecuencias sobre la subvención.

Programa Auto+ y trámites relacionados con el vehículo

La subvención es independiente de otros trámites que pueden resultar necesarios durante la compra y puesta en circulación.

En GestoríaDGT también puedes consultar:

Más de 1.600 valoraciones en Google y Trustpilot

Consulta las opiniones publicadas sobre GESTORÍADGT en nuestros perfiles públicos.

Preguntas frecuentes sobre las ayudas para vehículos eléctricos

¿La ayuda es de hasta 45.000 €?

No. Para un turismo M1, los 45.000 € son el precio máximo del vehículo antes de impuestos. La ayuda pública máxima para un turismo es de 4.500 € y puede ser inferior según sus características.

¿Todos los coches eléctricos reciben 4.500 €?

No. La cantidad depende del tipo de propulsión, el precio del vehículo, el montaje en la Unión Europea y los criterios de la batería. Debemos comprobar el modelo y versión exactos.

¿Los híbridos enchufables pueden recibir la ayuda?

Sí, determinados PHEV y vehículos de autonomía extendida con etiqueta CERO pueden entrar. Su cuantía puede ser inferior a la de un eléctrico puro.

¿Puedo pedir la ayuda si ya compré el vehículo?

Determinadas compras efectuadas desde el 1 de enero de 2026 pueden resultar subvencionables. Es necesario revisar la factura, la matriculación, el pago y el resto de las condiciones.

¿Puede solicitarse para un coche de segunda mano?

No para cualquier vehículo usado. El programa admite determinados seminuevos adquiridos mediante los vendedores contemplados en sus bases y dentro de los límites de matriculación y antigüedad establecidos.

¿Necesito entregar o achatarrar otro vehículo?

No. El Programa Auto+ no exige achatarrar otro vehículo ni concede una cantidad adicional por hacerlo.

¿La ayuda cubre el cargador?

No. Esta convocatoria no subvenciona la instalación de puntos de recarga ni su preinstalación.

¿Puedo pagar una parte en efectivo?

Los pagos en efectivo que, sumados, alcancen 1.000 € pueden dejar la operación fuera de la ayuda. Es recomendable emplear medios bancarios que permitan identificar correctamente la operación.

¿Pueden solicitarla ya los autónomos y las empresas?

La Línea 2 contempla a autónomos y empresas, pero su convocatoria todavía no se encuentra abierta en la fecha de actualización de esta página. No debe confundirse con la Línea 1 para particulares.

¿Existe también una deducción en el IRPF?

Puede existir una deducción estatal independiente del 15 % para determinados vehículos eléctricos nuevos, con una base máxima de 20.000 €. Tiene requisitos propios y las subvenciones recibidas reducen la base de la deducción. No se aplica automáticamente a todos los vehículos admitidos por Auto+.

¿Es compatible con otras ayudas?

Puede ser compatible con determinadas ayudas que no estén financiadas por instrumentos de la Unión Europea, respetando los límites establecidos. La compatibilidad debe comprobarse programa por programa.

¿Cuánto tarda la Administración en pagar?

No existe un plazo de cobro que podamos garantizar. La Administración debe revisar el expediente, resolverlo y, si resulta favorable, ordenar el pago en la cuenta del beneficiario.

¿GestoríaDGT puede garantizarme la concesión?

No. Podemos revisar, preparar, presentar y seguir el expediente como representantes, pero no decidir su aprobación ni garantizar la disponibilidad de fondos.

Fuentes oficiales y actualización

Esta información se ha preparado a partir de:

  • Real Decreto 609/2026, bases reguladoras del Programa Auto+.
  • Convocatoria oficial de la Línea 1.
  • Portal de solicitudes del Ministerio de Industria y Turismo.
  • Preguntas frecuentes oficiales del Programa Auto+.
  • Normativa vigente sobre la deducción por adquisición de vehículos eléctricos.

Última actualización: 17 de agosto de 2026.

Revisado por: GA 1268 COGAS SLP – Gestoría colegiada con número colegial 1268. Inscrita en el Consejo General de Gestores Administrativos de España.

Comprueba tu caso antes de presentar la solicitud

Cada expediente es diferente. Cuéntanos qué vehículo has comprado o vas a comprar, su precio y las fechas principales. Revisaremos los requisitos, te indicaremos la documentación necesaria y recibirás un presupuesto antes de decidir.

✍️ Escrito por GESTORÍADGT

Contenido basado en fuentes oficiales y en la normativa vigente. Revisión y validación profesional a cargo de GA 1268 COGAS S.L.P., sociedad profesional de gestoría administrativa responsable de la prestación de los servicios contratados. Última actualización: 29 de agosto de 2026.

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