Dar de baja un coche
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Dar de baja definitiva un coche es un trámite que se hace cuando tienes en tu poder uno con el que ya no vas a circular debido al estado en el que se encuentra, por ejemplo, a que esté estropeado, entre otras razones. Lo puedes hacer por diferentes razones, pero ten en cuenta que debes tramitarla cuando ha llegado el fin de su vida útil.
✓Modelo 01 DGT (“trámites de vehículos DGT”): es el formulario oficial. Además, es indispensable que se encuentre correctamente cumplimentado a la hora de llevar a cabo la gestión porque forma parte de los papeles para dar de baja un coche.
✓DNI/NIE + pasaporte: es necesario presentar cualquier método de identificación personal; sirve el DNI, NIE, pasaporte o tarjeta de residencia. De todas formas, el documento que presentes debe estar en vigor.
✓Tarjeta de ITV (ficha técnica): en caso de no tener esta ficha contigo debes iniciar los trámites oportunos para obtenerla; al formar parte de la documentación para dar de baja un coche es importante que la tengas contigo.
✓Permiso de circulación: forma parte de la documentación necesaria para dar de baja un coche, y al igual que el punto anterior, debes tenerlo contigo para poner en marcha la solicitud.
✓Tasa 4.1. DGT: hay que pagar la cantidad de 8,67€ en 2024.
✓Mandato GA: consiste en una autorización para que un profesional pueda hacerse cargo por ti, así que nos podemos ocupar de todo en tu nombre sin problemas.
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¡Si tienes dudas o quieres empezar!
Podemos considerar como “voluntaria” aquella que se hace cuando ha llegado al fin de su vida útil. Además, eres tú mismo, como titular, quién decide hacerla o no. En este caso, tienes que acudir a un Centro Autorizado De tratamientos de Vehículos. Ellos se encargan de llevar a cabo el proceso, al igual que te van a facilitar un justificante y el certificado de destrucción necesarios.
Puedes dar de baja un coche por exportación. Es decir, porque te vas a vivir fuera del país y te lo quieres llevar contigo a ese nuevo destino. En estos casos tienes la opción de llevar a cabo este proceso sin tener ningún problema.
Está destinado para aquellos que se consideran con valor de colección o se van a destinar a un museo para su posterior exposición. En estos casos puedes llevar a cabo los trámites sin tener que destruirlo, pero aunque no se destruya deberá ser retirado de la circulación y no se podrá circular con él por carreteras españolas.
En estos casos, en los que ya no existe no puedes entregarlo en ninguna parte obviamente. Así que si quieres dar de baja un coche sin entregarlo debes saber que el trámite varía ligeramente; debes presentar algún documento que justifique que no vas a hacer la entrega, ya que comienzas esta solicitud sin tenerlo físicamente contigo.
Si necesitas dar de baja un coche por fallecimiento del titular lo puedes hacer sin problemas (esto ocurre cuando el titular ha fallecido y necesitas llevar a cabo este proceso). Si quieres más información te invitamos a seguir leyendo un poco más.
La respuesta es que sí, puedes hacerlo sin ningún problema, pero la gestión es un poco diferente a otros casos. Es mejor que continúes con nosotros para saber cómo hacer en la DGT el dar de baja un coche sin documentación. Tienes que presentar lo que se conoce como “declaración responsable”; deberás indicar tus datos y aclarar el motivo de por qué no haces entrega de los documentos necesarios, así queda constancia de que no haces entrega de tales documentos porque no los tienes en tu poder. Dicho otra manera, podrás llevar a cabo la solicitud si puedes adjuntar esta “declaración responsable” por haber perdido los documentos necesarios. Infórmate sobre los pasos para dar de baja un coche por esta razón.
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VENTAJAS con GESTORÍADGT:
✓No vas a tener que desplazarte a ninguna oficina física de tráfico con cita previa.
✓Es mucho más cómodo, sencillo y rápido que si lo haces por tu cuenta
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Es bastante normal tener dudas al respecto de un coche dado de baja definitiva; es habitual si no estás familiarizado con la gestión. Pero no te preocupes porque desde GestoríaDGT queremos ayudarte para que todo sea más fácil para ti. Por eso, vamos a responder a las preguntas que más se repiten nuestros propios clientes. Así que no dudes en quedarte un poco más para descubrir las respuestas para que puedas realizar este trámite para tu automóvil. De todos modos, puedes contactarnos desde Madrid, Barcelona, Sevilla o cualquier otra provincia o localidad española.
Con GestoríaDGT el coste de dar de baja un coche es 84,92€ IVA incl. (honorarios gestor de tráfico) + 6€ (derechos colegiales) + 8,67€ (tasas DGT en 2024).
En GestoríaDGT, somos titulados oficiales por el Consejo General de Gestores Administrativos de España, y te ayudamos con todo lo que necesitas: documentación necesaria, precios, requisitos... Escríbenos un WhatsApp al 659 876 333.
Depende de tu situación, pero es necesario que la DGT actúe de oficio en estos casos en los que haya coches que lleven más de diez años sin haber pasado la ITV y no tengan seguro en vigor.
No, mientras se encuentre bajo esta situación no puedes hacer este trámite.
Sí, pero cuando lo haces sin tenerlo físicamente ten cuidado porque debes presentar un documento que acredite que no lo entregas porque no lo tienes físicamente (es importante que lo tengas en cuenta).
Los motivos para dar de baja un coche sin desguace de por medio son por tránsito comunitario o porque sea considerado como histórico. En estos casos, tienes que acudir a la DGT con la documentación.
Sí, se puede llevar a cabo teniendo multas. Estos impuestos se van a pedir por otras vías, así que puedes dar de baja un coche con impuesto de circulación pendiente.
En estos casos, es muy probable que el desguace no haya informado a las oficinas de tráfico. Lo ideal es que vayas a cualquiera de ellas para solucionar este problema. No te olvides pedir cita previa antes de ir a ninguna parte.
Sí, pero debes adjuntar una declaración responsable para hacer el trámite por fallecimiento del titular para que quede constancia.
No, las oficinas de tráfico se ocupan de comunicárselo.
Mientras está de alta debes pagar el impuesto se esté usando o no. Además, se genera cada 1 de enero, así que si lo hiciste este año vas a dejar de pagarlo al año siguiente.
Pueden tramitarlo el titular, así como cualquier persona autorizada en su nombre. Además, pueden ser personas físicas, personas jurídicas o menores de edad o incapacitados, para este último grupo hace falta los datos y firma del padre, madre o tutor y documento que acredite el concepto.
Se regula por el Real Decreto 2822/1998 del Reglamento General de Vehículos, por la Directiva 2000/53/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de septiembre de 2000 relativa a los vehículos al final de su vida útil, y por el Real Decreto 265/2021 del 13 de abril sobre los vehículos al final de su vida útil.
Profesionales especializados en las áreas de tráfico y transporte, tanto para vehículos como conductores en todo el territorio nacional. Estamos avalados por: Máster en gestión administrativa (Gestores administrativos colegiados e inscritos en el Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España).