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¿Vas a entregar tu coche a un profesional para que lo revenda? En GESTORÍADGT nos encargamos de preparar y presentar la entrega a compraventa ante la DGT. Revisamos el acuerdo, la documentación y la situación del vehículo, te confirmamos el presupuesto y te acompañamos hasta conocer el resultado del trámite. Si el compraventa ya está haciendo la gestión, primero comprobamos qué ha presentado para evitar duplicarla.
Nos escribes, lo tramitamos y te enviamos el justificante
Indícanos la matrícula, a qué compraventa lo entregas y si ya habéis firmado. Envíanos la documentación que tengas y te explicamos qué necesitas y cuánto cuesta.
Con tu autorización y el presupuesto aceptado, revisamos el expediente y presentamos la entrega para reventa ante la DGT. Si falta algo o aparece una incidencia, te avisamos.
Te facilitamos el justificante de presentación y, cuando se confirme la tramitación, su confirmación o documentación resultante. Sabrás si está presentada, pendiente o finalizada.
Te damos el presupuesto antes de empezar. El precio de nuestra gestión se confirma tras revisar el expediente, con los honorarios, impuestos aplicables y conceptos incluidos detallados.
La tasa administrativa que publica la DGT para esta entrega es la 4.1: 8,67 €. Esa cantidad no es el precio total de contratar una gestoría. Una incidencia, un informe adicional o una gestión distinta se presupuestan aparte cuando sean necesarios; no los damos por incluidos sin explicártelo.
¿El compraventa ya te ha cobrado la tramitación? Pídele el justificante antes de encargar otra solicitud. Si tienes una tasa pagada, envíanos su referencia para revisarla.
Responde tres preguntas y revisamos contigo qué necesitas tramitar.
Paso 1 de 3
Revisamos tu entrega
La orientación depende del acuerdo y de la documentación del vehículo.
Orientación inicial, no consulta al registro de la DGT ni aprobación del trámite. Confirmaremos tu caso con la documentación.
Cuéntanos qué habéis acordado, qué documentos tienes y si ya se ha presentado alguna solicitud.
REVISAR POR WHATSAPPLa entrega a compraventa se utiliza cuando un vehículo matriculado en España se entrega a un vendedor profesional con establecimiento en España para su posterior venta a un tercero. Puede ser un coche, una moto, una furgoneta u otro vehículo matriculado: lo decisivo es la operación que se va a realizar.
| Qué habéis acordado | Qué hay que tramitar |
|---|---|
| El profesional recibe o adquiere el vehículo para revenderlo. | Entrega a compraventa, cuando corresponda esta modalidad. |
| La empresa lo adquiere para su uso o solicita inscribirlo directamente a su nombre. | Cambio de titularidad ordinario a nombre de la empresa. |
| El vehículo ya tiene un comprador final. | Transferencia a ese adquirente y las actuaciones que correspondan al vendedor. |
Que el compraventa te pague el coche no excluye por sí solo la entrega para reventa. Revisamos el destino del vehículo y el acuerdo completo, no únicamente si existe una factura o un pago.
Entregar las llaves, dejar el coche en la exposición o firmar el contrato no demuestra que la anotación ya esté hecha en Tráfico. Por eso diferenciamos el recibo del compraventa, la presentación de la solicitud y la confirmación de que se ha tramitado.
Mientras esté de baja temporal no puede circular de forma ordinaria. Las pruebas que realice un profesional deben ajustarse al régimen de permisos y placas temporales de empresa; dejarlo para vender no autoriza a utilizarlo libremente.
Prepara estos documentos para que podamos organizar la solicitud:
Si el titular es una empresa, se aporta la factura y se acredita quién actúa por ella. En casos de tutela o representación especial puede exigirse documentación adicional. Para vehículos agrícolas se revisa también la acreditación del ROMA.
Envía copias completas y legibles, incluidas las páginas con firmas. Si falta un documento, dínoslo: antes de presentar te indicamos qué hay que completar y quién debe facilitarlo. No necesitas compartir con nosotros las contraseñas de tu certificado o de Cl@ve.
Antes de solicitar la entrega revisamos que el vehículo esté de alta y que su situación permita realizarla. Hay que comprobar las obligaciones relativas a documentación, ITV, seguro, impuestos locales y sanciones, además de las limitaciones que puedan constar.
Si necesitas conocer las incidencias registradas, puedes consultar nuestro servicio de informe DGT del vehículo. Y si quedó inscrita una financiación, revisa la cancelación de reserva de dominio. Son gestiones distintas; se valoran únicamente si tu expediente las necesita.
El plazo de diez días es una obligación para presentar, no una promesa de entrega de la gestoría. Si ya has entregado el coche, indícanos la fecha exacta y lo que se ha hecho hasta ahora; no esperes a que aparezca el comprador final para comprobarlo.
Cuando el profesional venda el vehículo, habrá que realizar la transferencia al adquirente. Esta entrega inicial no sustituye el cambio de titularidad final.
Empieza por pedirle una copia del acuerdo y el justificante de la gestión que haya realizado. Comprueba que la matrícula y la fecha sean correctas y pregunta si la solicitud está presentada, tiene algún requerimiento o ya se ha resuelto.
Si has recibido una multa, una reclamación u otra comunicación después de dejar el vehículo, guarda la notificación completa y sus plazos. Presentar ahora la entrega no anula automáticamente incidencias anteriores; cada una debe revisarse por separado.
También existe un procedimiento para que un compraventa entregue el vehículo a otro profesional que vaya a revenderlo. La DGT contempla una solicitud electrónica específica, con la factura de transmisión, la tasa y la representación cuando actúe una gestoría.
Si eres profesional, indícanos quién figura actualmente como titular o depositario y aporta la documentación de la operación anterior. Así preparamos la gestión adecuada sin confundir una entrega entre compraventas con una transferencia al usuario final.
GESTIONAMOS LA ENTREGA PARA REVENTA
Nos encargamos de la documentación y de la presentación ante la DGT, con el alcance y el presupuesto acordados antes de empezar.
✓ Revisión del acuerdo y de la documentación.
✓ Presentación ante la DGT con tu autorización.
✓ Presupuesto confirmado antes de contratar.
✓ Justificantes y seguimiento por WhatsApp.
Cuéntanos tu caso y te ayudamos
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Es habitual que lo gestione el compraventa, pero el titular puede actuar mediante representante. En GESTORÍADGT nos encargamos de la entrega para reventa con la autorización correspondiente. Antes confirmamos si el profesional ya ha iniciado el trámite para no duplicarlo.
No conviene utilizarlas indistintamente. Esta página trata la entrega a un profesional para que revenda el vehículo, con la baja temporal por transmisión y la anotación del compraventa. Si ya existe una venta a un adquirente final, revisamos la transferencia y la notificación que correspondan.
No para acreditar que la gestión en Tráfico está terminada. El acuerdo documenta la entrega entre las partes, pero debes conservar también el justificante de presentación y la confirmación de tramitación. Un anuncio del coche a la venta no sustituye esos documentos.
Hay que revisar lo pactado con el compraventa y la situación que conste en la DGT. No basta con recogerlo y volver a circular si continúa de baja. Podemos comprobar qué actuaciones administrativas necesita la devolución antes de utilizarlo de nuevo.
Puedes contactar y preparar con nosotros la gestión a distancia. Te indicamos los documentos y cómo autorizar la representación. La entrega física del vehículo al compraventa es independiente de la tramitación documental, y no sustituimos las inspecciones que resulten necesarias.
Te facilitamos el justificante de presentación de la gestión que realicemos y te comunicamos su resultado, con la confirmación o documentación emitida cuando se complete. Si hay un requerimiento o el expediente sigue pendiente, te lo indicamos: no lo presentamos como finalizado.
Si necesitas inscribir el vehículo directamente a nombre de la empresa, consulta la transferencia entre empresa y particular. Para el cambio al comprador final, consulta la transferencia de vehículos.
Contenido basado en fuentes oficiales y en la normativa vigente. Revisión y validación profesional a cargo de GA 1268 COGAS S.L.P., sociedad profesional de gestoría administrativa responsable de la prestación de los servicios contratados. Última actualización: 7 de septiembre de 2026.
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