Entrega de vehículo a compraventa

Tramitamos la entrega para reventa sin ir a Tráfico

Gestoría para entregar tu coche a un compraventa

¿Vas a entregar tu coche a un profesional para que lo revenda? En GESTORÍADGT nos encargamos de preparar y presentar la entrega a compraventa ante la DGT. Revisamos el acuerdo, la documentación y la situación del vehículo, te confirmamos el presupuesto y te acompañamos hasta conocer el resultado del trámite. Si el compraventa ya está haciendo la gestión, primero comprobamos qué ha presentado para evitar duplicarla.

Cómo tramitamos tu entrega a compraventa

Nos escribes, lo tramitamos y te enviamos el justificante

Escríbenos por WhatsApp

Indícanos la matrícula, a qué compraventa lo entregas y si ya habéis firmado. Envíanos la documentación que tengas y te explicamos qué necesitas y cuánto cuesta.

Preparamos y tramitamos

Con tu autorización y el presupuesto aceptado, revisamos el expediente y presentamos la entrega para reventa ante la DGT. Si falta algo o aparece una incidencia, te avisamos.

Te enviamos el justificante

Te facilitamos el justificante de presentación y, cuando se confirme la tramitación, su confirmación o documentación resultante. Sabrás si está presentada, pendiente o finalizada.

Cuánto cuesta la entrega a compraventa

Te damos el presupuesto antes de empezar. El precio de nuestra gestión se confirma tras revisar el expediente, con los honorarios, impuestos aplicables y conceptos incluidos detallados.

La tasa administrativa que publica la DGT para esta entrega es la 4.1: 8,67 €. Esa cantidad no es el precio total de contratar una gestoría. Una incidencia, un informe adicional o una gestión distinta se presupuestan aparte cuando sean necesarios; no los damos por incluidos sin explicártelo.

¿El compraventa ya te ha cobrado la tramitación? Pídele el justificante antes de encargar otra solicitud. Si tienes una tasa pagada, envíanos su referencia para revisarla.

Orientación en tres pasos

Comprueba tu entrega a compraventa

Responde tres preguntas y revisamos contigo qué necesitas tramitar.

Cuéntanos qué habéis acordado, qué documentos tienes y si ya se ha presentado alguna solicitud.

REVISAR POR WHATSAPP

Cuándo corresponde este trámite

La entrega a compraventa se utiliza cuando un vehículo matriculado en España se entrega a un vendedor profesional con establecimiento en España para su posterior venta a un tercero. Puede ser un coche, una moto, una furgoneta u otro vehículo matriculado: lo decisivo es la operación que se va a realizar.

Qué habéis acordadoQué hay que tramitar
El profesional recibe o adquiere el vehículo para revenderlo.Entrega a compraventa, cuando corresponda esta modalidad.
La empresa lo adquiere para su uso o solicita inscribirlo directamente a su nombre.Cambio de titularidad ordinario a nombre de la empresa.
El vehículo ya tiene un comprador final.Transferencia a ese adquirente y las actuaciones que correspondan al vendedor.

Que el compraventa te pague el coche no excluye por sí solo la entrega para reventa. Revisamos el destino del vehículo y el acuerdo completo, no únicamente si existe una factura o un pago.

Qué cambia en la DGT al hacer la entrega

  • Se anota la baja temporal por transmisión. No es una baja definitiva ni se manda el vehículo al desguace.
  • El compraventa queda registrado como poseedor o depositario. Esto no equivale a expedir un permiso de circulación al comprador final.
  • La entrega queda documentada administrativamente. Conserva tanto el acuerdo firmado como los justificantes de la gestión.

Entregar las llaves, dejar el coche en la exposición o firmar el contrato no demuestra que la anotación ya esté hecha en Tráfico. Por eso diferenciamos el recibo del compraventa, la presentación de la solicitud y la confirmación de que se ha tramitado.

Mientras esté de baja temporal no puede circular de forma ordinaria. Las pruebas que realice un profesional deben ajustarse al régimen de permisos y placas temporales de empresa; dejarlo para vender no autoriza a utilizarlo libremente.

Documentación para la entrega a compraventa

Prepara estos documentos para que podamos organizar la solicitud:

  • Identificación del titular: documento vigente y datos de contacto.
  • Datos del vehículo: matrícula y permiso de circulación. Aporta también la ficha técnica disponible para revisar su situación.
  • Datos del compraventa: nombre o razón social, identificación fiscal y domicilio.
  • Documento de entrega firmado por ambas partes: debe permitir identificar al titular, al profesional, el vehículo y la fecha de entrega.
  • Representación: la autorización correspondiente para que la gestoría actúe en tu nombre.
  • Justificantes anteriores: tasa, registro o comunicación de la DGT si ya se ha iniciado alguna gestión.

Si el titular es una empresa, se aporta la factura y se acredita quién actúa por ella. En casos de tutela o representación especial puede exigirse documentación adicional. Para vehículos agrícolas se revisa también la acreditación del ROMA.

Envía copias completas y legibles, incluidas las páginas con firmas. Si falta un documento, dínoslo: antes de presentar te indicamos qué hay que completar y quién debe facilitarlo. No necesitas compartir con nosotros las contraseñas de tu certificado o de Cl@ve.

Requisitos y posibles incidencias

Antes de solicitar la entrega revisamos que el vehículo esté de alta y que su situación permita realizarla. Hay que comprobar las obligaciones relativas a documentación, ITV, seguro, impuestos locales y sanciones, además de las limitaciones que puedan constar.

  • Precinto: debe resolverse el impedimento antes de realizar la anotación.
  • Reserva de dominio o embargo: no damos la entrega por viable sin revisar la carga y la actuación necesaria. La DGT señala expresamente el embargo como un obstáculo para este trámite.
  • Vehículo ya de baja o con datos incorrectos: primero se revisa cómo regularizar la situación.
  • Solicitud iniciada por otra persona: comprobamos el estado antes de volver a presentarla.

Si necesitas conocer las incidencias registradas, puedes consultar nuestro servicio de informe DGT del vehículo. Y si quedó inscrita una financiación, revisa la cancelación de reserva de dominio. Son gestiones distintas; se valoran únicamente si tu expediente las necesita.

Plazos que debes tener en cuenta

  • Diez días desde la entrega: el artículo 33 del Reglamento General de Vehículos establece ese plazo para solicitar la baja temporal por entrega a compraventa.
  • Más de un año desde la baja temporal sin venderlo a un tercero: el compraventa debe solicitar el cambio de titularidad a su nombre.
  • Tiempo de tramitación: presentar la solicitud no significa que quede resuelta en ese instante. La DGT no garantiza un plazo concreto para las solicitudes por registro.

El plazo de diez días es una obligación para presentar, no una promesa de entrega de la gestoría. Si ya has entregado el coche, indícanos la fecha exacta y lo que se ha hecho hasta ahora; no esperes a que aparezca el comprador final para comprobarlo.

Cuando el profesional venda el vehículo, habrá que realizar la transferencia al adquirente. Esta entrega inicial no sustituye el cambio de titularidad final.

¿Ya has dejado el coche en el compraventa?

Empieza por pedirle una copia del acuerdo y el justificante de la gestión que haya realizado. Comprueba que la matrícula y la fecha sean correctas y pregunta si la solicitud está presentada, tiene algún requerimiento o ya se ha resuelto.

  1. Si ya está tramitado: conserva la confirmación. No necesitas contratar una segunda entrega por el mismo motivo.
  2. Si está pendiente: hay que identificar el expediente y quién atiende las comunicaciones de la DGT.
  3. Si no se ha presentado o no tienes constancia: podemos revisar la documentación y encargarnos de la gestión que corresponda.

Si has recibido una multa, una reclamación u otra comunicación después de dejar el vehículo, guarda la notificación completa y sus plazos. Presentar ahora la entrega no anula automáticamente incidencias anteriores; cada una debe revisarse por separado.

Entrega entre dos compraventas

También existe un procedimiento para que un compraventa entregue el vehículo a otro profesional que vaya a revenderlo. La DGT contempla una solicitud electrónica específica, con la factura de transmisión, la tasa y la representación cuando actúe una gestoría.

Si eres profesional, indícanos quién figura actualmente como titular o depositario y aporta la documentación de la operación anterior. Así preparamos la gestión adecuada sin confundir una entrega entre compraventas con una transferencia al usuario final.

Haz tu trámite con GESTORÍADGT

GESTIONAMOS LA ENTREGA PARA REVENTA

Nos encargamos de la documentación y de la presentación ante la DGT, con el alcance y el presupuesto acordados antes de empezar.

VENTAJAS de tramitar con GESTORÍADGT:​

Revisión del acuerdo y de la documentación.

Presentación ante la DGT con tu autorización.

Presupuesto confirmado antes de contratar.

Justificantes y seguimiento por WhatsApp.

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Preguntas frecuentes sobre la entrega a compraventa

Es habitual que lo gestione el compraventa, pero el titular puede actuar mediante representante. En GESTORÍADGT nos encargamos de la entrega para reventa con la autorización correspondiente. Antes confirmamos si el profesional ya ha iniciado el trámite para no duplicarlo.

No conviene utilizarlas indistintamente. Esta página trata la entrega a un profesional para que revenda el vehículo, con la baja temporal por transmisión y la anotación del compraventa. Si ya existe una venta a un adquirente final, revisamos la transferencia y la notificación que correspondan.

No para acreditar que la gestión en Tráfico está terminada. El acuerdo documenta la entrega entre las partes, pero debes conservar también el justificante de presentación y la confirmación de tramitación. Un anuncio del coche a la venta no sustituye esos documentos.

Hay que revisar lo pactado con el compraventa y la situación que conste en la DGT. No basta con recogerlo y volver a circular si continúa de baja. Podemos comprobar qué actuaciones administrativas necesita la devolución antes de utilizarlo de nuevo.

Puedes contactar y preparar con nosotros la gestión a distancia. Te indicamos los documentos y cómo autorizar la representación. La entrega física del vehículo al compraventa es independiente de la tramitación documental, y no sustituimos las inspecciones que resulten necesarias.

Te facilitamos el justificante de presentación de la gestión que realicemos y te comunicamos su resultado, con la confirmación o documentación emitida cuando se complete. Si hay un requerimiento o el expediente sigue pendiente, te lo indicamos: no lo presentamos como finalizado.

Trámites relacionados y fuentes oficiales

Si necesitas inscribir el vehículo directamente a nombre de la empresa, consulta la transferencia entre empresa y particular. Para el cambio al comprador final, consulta la transferencia de vehículos.

✍️ Escrito por GESTORÍADGT

Contenido basado en fuentes oficiales y en la normativa vigente. Revisión y validación profesional a cargo de GA 1268 COGAS S.L.P., sociedad profesional de gestoría administrativa responsable de la prestación de los servicios contratados. Última actualización: 7 de septiembre de 2026.

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