¿Qué es el Modelo 620 en Castilla y León?
Es la autoliquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales utilizada en la compraventa de determinados vehículos usados entre particulares.
¿Quién paga el Modelo 620?
Normalmente lo paga el comprador del vehículo.
¿Dónde debe presentarse?
En Castilla y León cuando el comprador tiene allí su residencia habitual o, si es una empresa, su domicilio fiscal.
¿Cuál es el plazo de presentación?
El plazo es de 30 días hábiles desde la fecha del contrato.
¿Qué tipo se aplica?
El tipo general es del 5 %.
¿Cuándo se aplica el 8 %?
En la transmisión de turismos y todoterrenos que superen 15 caballos de potencia fiscal.
¿Qué son los caballos fiscales?
Son una magnitud administrativa que aparece en la ficha técnica del vehículo. No equivalen directamente a los caballos de potencia habituales del motor.
¿Sobre qué valor se calcula?
Sobre el valor de mercado, salvo que el valor declarado o el precio pactado sean superiores, en cuyo caso se utiliza la mayor magnitud.
¿Puedo declarar menos que el valor de las tablas?
Puede presentarse un valor inferior, pero la Administración puede comprobarlo y exigir la diferencia si no está suficientemente justificado.
¿Qué es el Modelo 430?
Es la declaración sustitutiva del contrato de compraventa de vehículos usados entre particulares cuando no existe contrato escrito independiente.
¿Puedo presentar el Modelo 620 sin certificado digital?
Puedes generar el Modelo 620 sin certificado para imprimirlo y presentarlo posteriormente.
¿Puedo presentarlo totalmente online?
Sí. Con certificado puede realizarse la presentación telemática y obtenerse el Código Electrónico de Transmisión.
¿Qué es el CET?
Es el Código Electrónico de Transmisión generado en la presentación telemática compatible y utilizado para acreditar la parte fiscal ante la DGT.
¿Tengo que aportar documentos después de presentarlo online?
Depende del sistema utilizado. En determinadas presentaciones telemáticas hay un plazo para aportar documentación, pero mediante el Modelo 620 WEB puede no ser necesario remitir posteriormente la documentación general indicada por la Junta.
¿Necesito Modelo 620 si compro a un concesionario?
Si vende una empresa en el ejercicio de su actividad y emite factura, la operación puede estar sujeta a IVA y no corresponder el Modelo 620 ordinario.
¿Qué documentos necesito?
Normalmente se revisan contrato o Modelo 430, DNI/NIE/CIF de comprador y vendedor, permiso de circulación, ficha técnica, valoración y documentación de exención o no sujeción si procede.
¿Pagar el Modelo 620 cambia el titular?
No. Después hay que tramitar el cambio de titularidad ante la DGT.
¿Qué pasa si lo presento fuera de plazo?
Pueden resultar aplicables recargos, intereses o consecuencias tributarias dependiendo del caso.
¿El Modelo 620 también sirve para motos y camiones?
Sí. Puede utilizarse para distintos medios de transporte usados, aunque el cálculo y la documentación dependen del tipo de vehículo.
¿Trabajáis online en toda Castilla y León?
Sí. Revisamos el Modelo 620 y la transferencia de vehículos usados en Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora.