¿Qué es el Modelo 620 en Extremadura?
Es la autoliquidación utilizada para declarar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en la compra de determinados vehículos usados entre particulares.
¿Quién paga el Modelo 620?
Normalmente lo presenta y paga el comprador.
¿Dónde debe presentarse?
En Extremadura cuando el comprador tiene allí su residencia habitual o, si es una persona jurídica, su domicilio fiscal.
¿Cuál es el plazo?
El plazo es de un mes desde la fecha del acto o contrato.
¿Qué porcentaje se paga?
El tipo general es del 6 %.
¿Cuándo se aplica el 4 %?
En determinados vehículos comerciales e industriales ligeros usados de hasta 3.500 kg de MMA adquiridos por contribuyentes que desarrollan una actividad económica y afectan el vehículo a dicha actividad.
¿Ser autónomo es suficiente para pagar el 4 %?
No. También deben cumplirse los requisitos relativos a la clasificación, masa máxima autorizada y afectación del vehículo.
¿Un turismo de más de 15 caballos fiscales paga el 8 %?
No debe aplicarse automáticamente ese tipo. En Extremadura, el régimen general para vehículos usados es del 6 %, con el supuesto reducido del 4 % indicado.
¿Existen cuotas fijas para vehículos antiguos?
No existe una tabla general extremeña de cuotas fijas por antigüedad y cilindrada.
¿Sobre qué valor se calcula el impuesto?
Sobre el valor de mercado, salvo que el valor declarado o el precio pactado sean superiores. En ese caso se utiliza la mayor magnitud.
¿Puedo utilizar las tablas de Hacienda?
Sí. Extremadura dispone de una herramienta de valoración y utiliza las tablas estatales y autonómicas vigentes para 2026.
¿Qué ocurre si declaro menos que las tablas?
La Administración puede iniciar una comprobación de valor y exigir la diferencia si el menor importe no está suficientemente justificado.
¿Qué pasa si el vehículo no aparece en la herramienta?
Puede ser necesario aportar la documentación técnica y presentar el Modelo 620 por la vía presencial.
¿En Extremadura se usa el Modelo 620 o el 623?
El Modelo 620 se utiliza para presentación presencial y el Modelo 623 para presentación telemática.
¿Son impuestos distintos?
No. Ambos corresponden a la compraventa fiscal de determinados medios de transporte usados.
¿Qué es el Modelo 620-D?
Es una declaración de transmisión que puede utilizarse cuando no se aporta un contrato privado independiente.
¿Puedo presentar el impuesto online?
Sí. La presentación telemática se realiza mediante el Modelo 623.
¿Qué datos comprueba el Modelo 623?
Puede validar el domicilio fiscal del comprador, el NIF del vendedor, la titularidad y los datos técnicos disponibles en la DGT.
¿Puedo presentar online un vehículo que no aparece en las tablas?
Puede no ser posible. En ese caso hay que revisar la presentación presencial.
¿Guardar el trámite significa que ya está presentado?
No. Debes completar formalmente la presentación o la presentación y pago.
¿Puedo presentar primero y pagar después?
El sistema permite realizar la presentación y efectuar posteriormente el pago por los canales habilitados.
¿Dónde se presenta presencialmente?
En los Servicios Fiscales de Badajoz y Cáceres y en las Oficinas Gestoras de Mérida y Plasencia.
¿Necesito cita previa?
Es recomendable solicitar cita para garantizar la atención presencial.
¿Puede presentarlo una gestoría?
Sí, siempre que la representación esté correctamente acreditada.
¿Qué es el Modelo 705?
Es el modelo normalizado utilizado para acreditar la representación ante la Administración tributaria extremeña.
¿Necesito Modelo 620 si compro a un concesionario?
Cuando vende una empresa en el ejercicio de su actividad, la operación puede estar sujeta a IVA y justificarse mediante factura.
¿Qué ocurre si una empresa compra a un particular?
La empresa compradora puede tener que presentar el Modelo 620 o 623 si su domicilio fiscal está en Extremadura, salvo exención o no sujeción.
¿Qué exención tienen los compraventas profesionales?
La adquisición para reventa puede quedar provisionalmente exenta si el comprador se dedica habitualmente a la compraventa y acredita la posterior venta dentro del plazo de un año.
¿Un coche eléctrico paga menos?
No existe un tipo reducido general por el simple hecho de ser eléctrico o tener distintivo ECO o cero emisiones.
¿Necesito Modelo 620 si el vehículo no tiene ITV?
La falta de ITV no elimina la obligación fiscal, aunque afecta a la validez del permiso de circulación y a la posibilidad de utilizar el vehículo.
¿El Modelo 620 elimina una reserva de dominio?
No. La reserva debe resolverse por separado antes de completar la transferencia.
¿Qué documentos necesito?
Normalmente se revisan identificación de comprador y vendedor, contrato o Modelo 620-D, permiso de circulación, ficha técnica, valoración y documentación fiscal adicional.
¿Pagar el Modelo 620 cambia de nombre el vehículo?
No. Después hay que tramitar el cambio de titularidad ante la DGT.
¿Qué pasa si lo presento fuera de plazo?
Pueden aplicarse recargos, intereses u otras consecuencias tributarias.
¿Trabajáis online en toda Extremadura?
Sí. Revisamos el Modelo 620 o 623 y la transferencia de vehículos usados en las provincias de Badajoz y Cáceres.