Modelo 621 Aragón

Calculamos y revisamos el impuesto antes de transferir tu vehículo usado en Aragón.

Gestoría online para presentar el Modelo 621 en Aragón

En GESTORÍADGT revisamos el Modelo 621 en Aragón cuando necesitas transferir un vehículo terrestre usado comprado entre particulares: coche, moto, ciclomotor, furgoneta, camión, autobús, tractor, vehículo mixto, industrial o especial.

En Aragón, el sistema oficial trabaja con los Modelos 621 y 623 para la transmisión de determinados vehículos usados. La aplicación genera el modelo que corresponde en función de la antigüedad y características del vehículo, por lo que no siempre debe seleccionarlo manualmente el usuario.

Antes de preparar la autoliquidación comprobamos:

• Si Aragón es la comunidad competente.
• Si el vendedor actúa como particular o empresa.
• Si corresponde Modelo 621, Modelo 623 o factura.
• Fecha del contrato.
• Precio de compraventa.
• Valor calculado por la Administración.
• Antigüedad y cilindrada.
• Tipo general del 4 % o cuota fija.
• Exención o no sujeción.
• Necesidad de obtener el CET.
• Documentación necesaria para la posterior transferencia.

Los Modelos 621 y 623 fueron aprobados en Aragón para la compraventa de determinados medios de transporte usados, y la aplicación genera uno u otro en función de la antigüedad del vehículo.

Consultar Modelo 621 Aragón

Respuesta rápida: cuánto se paga por el Modelo 621 en Aragón

Como regla general, la transmisión de un vehículo usado entre particulares en Aragón tributa al 4 %. La cuota se calcula utilizando el mayor de estos dos valores:

• Precio que aparece en el contrato o documento de compraventa.
• Valor calculado por la Administración mediante las tablas oficiales y el porcentaje de depreciación por antigüedad.

No obstante, determinados vehículos con motor y más de 10 años tienen cuotas fijas:

• Hasta 1.000 cc: 0 euros.
• Más de 1.000 cc y hasta 1.500 cc: 20 euros.
• Más de 1.500 cc y hasta 2.000 cc: 30 euros.

Para vehículos con más de 10 años y hasta 1.000 cc no hay que realizar ningún trámite ante la Administración Tributaria de Aragón, salvo que necesites obtener el CET para hacer la transferencia telemática ante la DGT. El plazo para realizar la autoliquidación y el pago es de un mes desde la fecha de la transmisión.

Calcular mi Modelo 621 Aragón

Modelo 621 o Modelo 623 en Aragón: cuál corresponde

Aunque muchas personas buscan directamente “Modelo 621 Aragón”, el sistema tributario aragonés utiliza los Modelos 621 y 623. No son dos impuestos distintos. Ambos sirven para documentar fiscalmente transmisiones de vehículos usados. La propia aplicación informática determina qué modelo debe generarse en función de los datos introducidos, especialmente:

• Antigüedad del vehículo.
• Fecha de primera matriculación.
• Cilindrada.
• Tipo de vehículo.
• Valor administrativo.
• Precio de compraventa.
• Aplicación del tipo general o de una cuota fija.

Por tanto, puedes iniciar la gestión buscando el Modelo 621 y obtener finalmente un justificante identificado como Modelo 623 si la aplicación determina que ese es el documento correspondiente. Lo importante no es elegir manualmente el número del modelo, sino introducir correctamente los datos y conservar el justificante generado por la aplicación.

Qué es el Modelo 621 Aragón

El Modelo 621 es una autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales utilizada en la compraventa de determinados vehículos usados. Normalmente interviene cuando:

• El comprador tiene residencia fiscal en Aragón.
• El vehículo se compra a un particular.
• Existe un precio de compraventa.
• La operación no está sujeta a IVA.
• El vehículo ya ha sido utilizado.
• Hay que justificar el impuesto antes de cambiar la titularidad en la DGT.

Puede utilizarse en la compra de:

• Coches usados.
• Motos.
• Ciclomotores.
• Furgonetas.
• Camiones.
• Autobuses.
• Vehículos mixtos.
• Vehículos industriales.
• Tractores y vehículos agrícolas matriculados.
• Otros vehículos especiales con motor.

El Modelo 621 resuelve la parte fiscal de la operación, pero no cambia por sí solo la titularidad en la DGT.

Para qué sirve el Modelo 621

El Modelo 621 permite declarar la transmisión del vehículo y acreditar que la obligación tributaria está resuelta.

Sirve para:

• Identificar al comprador.
• Identificar al vendedor.
• Identificar el vehículo.
• Indicar la fecha del contrato.
• Declarar el precio de compraventa.
• Calcular el valor administrativo.
• Comparar precio y valor fiscal.
• Aplicar el tipo general del 4 %.
• Aplicar una cuota fija, cuando corresponda.
• Declarar una exención o no sujeción.
• Obtener justificante de pago y presentación.
• Obtener el Código Electrónico de Transmisión.
• Continuar con el cambio de titularidad ante la DGT.

No conviene presentar la autoliquidación sin comprobar antes el contrato, el valor, la antigüedad y la cilindrada.

Revisar el impuesto antes de transferir

Cuándo hay que presentar el Modelo 621 en Aragón

El Modelo 621 o el modelo generado por la aplicación debe revisarse cuando:

• El comprador reside fiscalmente en Aragón.
• El vendedor actúa como particular.
• El vehículo es usado.
• Existe una compraventa real.
• La operación no está sujeta a IVA.
• El vehículo tiene matrícula española.
• La aplicación puede identificarlo correctamente.
• Hay que justificar el ITP ante la DGT.
• El vehículo no está dentro de un supuesto que deba tramitarse mediante otra aplicación.

También puede ser necesario cuando una empresa compra un vehículo usado a un particular, siempre que el impuesto corresponda a Aragón. La persona compradora es quien debe declarar la transmisión, confeccionar la autoliquidación y pagar el impuesto. Debe tener su residencia fiscal —o domicilio fiscal si es una persona jurídica— en Aragón.

Cuándo no corresponde el Modelo 621 Aragón

No todas las transmisiones se resuelven mediante Modelo 621 o 623.

Puede que no corresponda cuando:

• El vendedor es una empresa o profesional.
• La operación está sujeta a IVA.
• Existe una factura por el 100 % del valor del vehículo.
• El vehículo se transmite mediante donación.
• El vehículo se adquiere por herencia.
• Se adjudica por divorcio o separación.
• Existe una extinción de condominio.
• El comprador reside fiscalmente en otra comunidad autónoma.
• No existe una compraventa real.
• El vehículo no tiene motor o cilindrada y requiere otro procedimiento.
• Se trata de un vehículo especial que la aplicación no puede valorar.
• La operación debe declararse mediante otra autoliquidación.

Tampoco es obligatorio realizar la autoliquidación cuando se compra un vehículo con motor de más de 10 años y cilindrada igual o inferior a 1.000 cc, salvo que se necesite el CET para tramitar telemáticamente el cambio de titularidad.

Comprobar si necesito Modelo 621

Quién paga el Modelo 621 en Aragón

En una compraventa de vehículo usado entre particulares, el obligado a presentar y pagar el impuesto es normalmente el comprador.

Antes de preparar la autoliquidación revisamos:

• Identidad del comprador.
• Residencia fiscal.
• Domicilio fiscal si compra una empresa.
• Identidad del vendedor.
• Si el vendedor es particular o profesional.
• Existencia de contrato o factura.
• Comunidad autónoma competente.
• Fecha de la operación.
• Precio de compraventa.
• Titularidad actual del vehículo.

Aunque una gestoría o representante prepare la autoliquidación, el sujeto pasivo continúa siendo quien adquiere el vehículo.

Dónde se paga el Modelo 621

La autoliquidación corresponde a Aragón cuando el comprador:

• Es una persona física con residencia fiscal en Aragón.
• Es una persona jurídica con domicilio fiscal en Aragón.

No determina la comunidad competente:

• El lugar donde vive el vendedor.
• El municipio donde se firma el contrato.
• La provincia donde está físicamente el vehículo.
• La Jefatura de Tráfico en la que se realizará la transferencia.

Si el comprador reside en otra comunidad autónoma, deberá revisarse el modelo y procedimiento aplicables allí.

Plazo para presentar el Modelo 621 Aragón

El plazo es de un mes desde la fecha de la transmisión. Normalmente, esa fecha coincide con la indicada en el contrato de compraventa. Para calcular correctamente el plazo revisamos:

• Fecha del contrato.
• Fecha real de la entrega.
• Día de vencimiento.
• Si el vencimiento coincide con sábado, domingo o festivo.
• Si el impuesto está pagado pero no presentado.
• Si la autoliquidación se realizará fuera de plazo.
• Si pueden existir recargos o intereses.
• Si el cambio de titularidad ante la DGT sigue pendiente.

Si el último día es inhábil, el plazo se prorroga hasta el primer día hábil siguiente. El plazo fiscal de un mes no debe confundirse con el plazo máximo de 30 días que tiene el comprador para solicitar el cambio de titularidad ante la DGT.

Consultar plazo del Modelo 621 Aragón

Tipo general del Modelo 621 Aragón

Como norma general, los vehículos usados tributan en Aragón al 4 %.

El porcentaje se aplica sobre el mayor valor entre:

• Precio de compraventa indicado en el contrato.
• Valor calculado por la Administración.

Por ejemplo, si el precio del contrato es de 8.000 euros y el valor administrativo es de 10.000 euros, se revisará una base de 10.000 euros.

La cuota orientativa sería:

10.000 € × 4 % = 400 €

Si el contrato indica 12.000 euros y el valor administrativo es de 10.000 euros, la base será el precio superior de 12.000 euros.

La cuota orientativa sería:

12.000 € × 4 % = 480 €

El tipo general del 4 % y la utilización del mayor valor entre precio y valoración administrativa figuran en la guía fiscal oficial de Aragón.

Cuotas fijas para vehículos de más de 10 años

Determinados vehículos con motor y más de 10 años tributan mediante una cuota fija.

Las cuotas son:

• Hasta 1.000 cc: 0 euros.
• Más de 1.000 cc y hasta 1.500 cc: 20 euros.
• Más de 1.500 cc y hasta 2.000 cc: 30 euros.

Antes de aplicar una cuota fija comprobamos:

• Fecha de primera matriculación.
• Fecha de la transmisión.
• Que hayan transcurrido más de 10 años.
• Cilindrada exacta.
• Tipo de vehículo.
• Ficha técnica.
• Matrícula.
• Si está calificado como histórico.
• Si existe otro tratamiento fiscal.

Si la cilindrada supera los 2.000 cc, estas cuotas fijas concretas no resultan aplicables y debe revisarse el cálculo general.

Revisar cuota fija del Modelo 621 Aragón

Vehículo de más de 10 años y hasta 1.000 cc

Cuando el vehículo tiene:

• Más de 10 años de antigüedad.
• Motor.
• Cilindrada igual o inferior a 1.000 cc.

La cuota es de 0 euros y, con carácter general, no es necesario realizar trámites ante la Administración Tributaria de Aragón. Sin embargo, hay una excepción importante: si quieres hacer la transferencia telemáticamente ante la DGT y necesitas el CET, deberás utilizar la aplicación de autoliquidación para obtenerlo.

Antes de aplicar esta regla revisamos:

• Antigüedad exacta.
• Cilindrada.
• Fecha de matriculación.
• Situación administrativa.
• Necesidad de CET.
• Si el vehículo está calificado como histórico.
• Si el vendedor es particular o empresa.

Que la cuota sea cero no significa que el vehículo se ponga automáticamente a nombre del comprador.

Vehículo de más de 10 años entre 1.001 y 1.500 cc

Cuando el vehículo tiene más de 10 años y una cilindrada:

• Superior a 1.000 cc.
• Igual o inferior a 1.500 cc.

La cuota fija es de 20 euros.

Antes de aplicar la cuota comprobamos:

• Fecha de primera matriculación.
• Cilindrada exacta.
• Clasificación del vehículo.
• Ficha técnica.
• Precio y contrato.
• Si es vehículo histórico.
• Si existe factura empresarial.
• Si la operación está realmente sujeta al ITP.

Vehículo de más de 10 años entre 1.501 y 2.000 cc

Cuando el vehículo tiene más de 10 años y una cilindrada:

• Superior a 1.500 cc.
• Igual o inferior a 2.000 cc.

La cuota fija es de 30 euros.

No conviene seleccionar una cilindrada aproximada. Debe utilizarse la que aparece en la ficha técnica. Un vehículo de 1.998 cc puede quedar dentro del tramo, mientras que uno de 2.001 cc debe revisarse mediante el cálculo ordinario.

Ejemplos de cuánto se paga en Aragón

Estos ejemplos son orientativos.

Coche de 5 años con base imponible de 10.000 euros

10.000 € × 4 % = 400 €

Coche de 8 años con base imponible de 6.000 euros

6.000 € × 4 % = 240 €

Vehículo de más de 10 años y 900 cc

Cuota: 0 euros.

No existe obligación general de realizar el trámite tributario, salvo que se necesite CET.

Vehículo de más de 10 años y 1.200 cc

Cuota fija: 20 euros.

Vehículo de más de 10 años y 1.800 cc

Cuota fija: 30 euros.

Vehículo de más de 10 años y 2.200 cc

No entra en los tramos de cuota fija de 20 o 30 euros. Debe revisarse el cálculo general.

Cómo se calcula el valor del vehículo en Aragón

Como valor de la transmisión debe declararse el mayor entre:

• Valor que figura en el contrato o documento de compraventa.
• Valor calculado por la Administración.

La valoración administrativa se obtiene:

1. Localizando el vehículo en las tablas de precios medios del Ministerio de Hacienda.
2. Aplicando el porcentaje correspondiente a su antigüedad.

Para identificar correctamente el vehículo se revisan:

• Marca.
• Modelo.
• Versión.
• Cilindrada.
• Potencia.
• Combustible.
• Fecha de primera matriculación.
• Tipo de vehículo.
• Antigüedad.

La aplicación oficial calcula automáticamente el valor de muchos vehículos a partir de sus datos técnicos.

Revisar valor fiscal del vehículo

Porcentajes de depreciación por antigüedad

Los porcentajes utilizados para calcular el valor administrativo son:

• Hasta 1 año: 100 %.
• Más de 1 año y menos de 2: 84 %.
• Más de 2 años y menos de 3: 67 %.
• Más de 3 años y menos de 4: 56 %.
• Más de 4 años y menos de 5: 47 %.
• Más de 5 años y menos de 6: 39 %.
• Más de 6 años y menos de 7: 34 %.
• Más de 7 años y menos de 8: 28 %.
• Más de 8 años y menos de 9: 24 %.
• Más de 9 años y menos de 10: 19 %.
• Más de 10 años y menos de 11: 17 %.
• Más de 11 años y menos de 12: 13 %.
• Más de 12 años: 10 %.

El porcentaje se aplica al precio medio oficial correspondiente a la marca, modelo y versión. Después, el resultado se compara con el precio indicado en el contrato.

Qué ocurre si el precio del contrato es superior

Si el precio de compraventa es superior al valor calculado por la Administración, debe utilizarse el precio superior.

Por ejemplo:

• Valor administrativo: 7.000 euros.
• Precio de compraventa: 9.000 euros.
• Base que debe declararse: 9.000 euros.
• Cuota al 4 %: 360 euros.

No conviene reducir artificialmente el precio indicado en el contrato para pagar menos impuesto. El contrato, la transferencia bancaria y el resto de documentos deben ser coherentes.

Qué ocurre si el valor administrativo es superior

Si el valor calculado por la Administración es superior al precio del contrato, debe revisarse la autoliquidación utilizando el valor administrativo superior.

Por ejemplo:

• Precio del contrato: 5.000 euros.
• Valor administrativo: 8.000 euros.
• Base que debe declararse: 8.000 euros.
• Cuota al 4 %: 320 euros.

El hecho de haber comprado el vehículo por menos dinero no implica automáticamente que el impuesto se calcule sobre ese precio inferior.

Modelo 621 Aragón para vehículo histórico

Los vehículos calificados como históricos tienen una regla específica. Deben declarar como valor de la transmisión el precio que figura en el contrato de compraventa, con independencia de su cilindrada. Esto significa que no debe aplicarse automáticamente la cuota fija de 0, 20 o 30 euros únicamente porque el vehículo tenga más de 10 años. Antes de preparar la autoliquidación revisamos:

• Clasificación histórica vigente.
• Documentación que acredita esa condición.
• Precio del contrato.
• Matrícula ordinaria o histórica.
• Fecha de la transmisión.
• Identidad de comprador y vendedor.
• Si corresponde el tipo general.

La guía oficial aragonesa excluye a los vehículos históricos de la valoración mediante las cuotas fijas por cilindrada y exige declarar el precio del contrato.

Modelo 621 Aragón para coche usado

Antes de presentar el impuesto por la compra de un coche usado revisamos:

• Contrato de compraventa.
• Comprador y vendedor.
• DNI, NIE o CIF.
• Matrícula.
• Bastidor.
• Marca, modelo y versión.
• Cilindrada.
• Potencia fiscal.
• Fecha de primera matriculación.
• Precio pactado.
• Valor administrativo.
• Antigüedad.
• Tipo general o cuota fija.
• Permiso de circulación.
• Ficha técnica.
• Posibles cargas.
• Viabilidad de la transferencia.

Un error en la versión o cilindrada puede modificar el valor y la cuota.

Modelo 621 Aragón para moto usada

El Modelo 621 o 623 también puede intervenir en la compra de una moto usada entre particulares.

Revisamos:

• Marca y modelo.
• Matrícula.
• Bastidor.
• Cilindrada.
• Potencia.
• Fecha de matriculación.
• Precio de compraventa.
• Valor administrativo.
• Antigüedad.
• Cuota fija, si corresponde.
• Permiso de circulación.
• Ficha técnica.
• Identificación de las partes.
• Situación administrativa.

En motos antiguas es especialmente importante comprobar la cilindrada exacta para determinar si corresponde cuota cero, 20 euros, 30 euros o cálculo general.

Modelo 621 Aragón para ciclomotor

En la compra de un ciclomotor usado revisamos:

• Que esté matriculado.
• Matrícula.
• Número de bastidor.
• Cilindrada.
• Fecha de matriculación.
• Permiso de circulación.
• Ficha técnica.
• Precio.
• Antigüedad.
• Identidad del comprador y vendedor.
• Cuota que corresponde.
• Necesidad de obtener CET.

Muchos ciclomotores de más de 10 años y cilindrada no superior a 1.000 cc tienen cuota cero, pero puede ser necesario obtener el CET para hacer el cambio de titularidad por internet.

Modelo 621 para furgoneta, camión o autobús

La transmisión de vehículos comerciales e industriales usados también puede estar sujeta al ITP.

En estos casos revisamos:

• Clasificación administrativa.
• Matrícula y bastidor.
• Masa máxima autorizada.
• Fecha de matriculación.
• Potencia.
• Cilindrada.
• Uso anterior.
• Contrato o factura.
• Precio de compraventa.
• Valor administrativo.
• Vendedor particular o empresa.
• Posible cuota fija.
• Certificado de transportes, cuando proceda.
• Cargas o limitaciones.
• Viabilidad de la transferencia.

No debe asumirse automáticamente que un vehículo industrial utiliza el mismo procedimiento simplificado que un turismo.

Modelo 621 para tractor o vehículo agrícola

Cuando se compra un tractor o vehículo agrícola hay que comprobar especialmente quién lo vende.

Puede ocurrir que:

• El vendedor actúe como particular y corresponda ITP.
• El vendedor sea agricultor o autónomo y emita factura.
• El vehículo esté afecto a una actividad económica.
• La operación esté sujeta a IVA.
• Sea necesario actualizar el ROMA.
• El comprador deba acreditar una explotación agraria.

Antes de preparar la autoliquidación revisamos:

• Matrícula y bastidor.
• Ficha técnica.
• Permiso de circulación.
• Inscripción en ROMA.
• Contrato o factura.
• Precio y valor fiscal.
• Antigüedad y cilindrada.
• ITP o IVA.
• Requisitos del comprador.
• Transferencia ante la DGT.

Vehículos eléctricos y otros vehículos especiales con motor

La aplicación ordinaria puede no valorar correctamente determinados vehículos especiales. La Administración Tributaria de Aragón incluye en este grupo:

• Vehículos eléctricos.
• Vehículos no matriculados en España que no hayan pagado IVA.
• Otros vehículos a motor que no puedan autoliquidarse mediante la aplicación normal.

En estos supuestos puede ser necesario aportar:

• Contrato de compraventa.
• Justificante del pago.
• Documentación completa del vehículo.
• NIF del comprador.
• Ficha técnica.
• Permiso de circulación.
• Documentación extranjera, cuando proceda.

La Administración puede confeccionar la autoliquidación fuera del flujo ordinario de la aplicación.

Vehículo que no aparece en la aplicación

Puede ocurrir que no encuentres exactamente la marca, modelo o versión. Antes de seleccionar una opción aproximada, revisamos:

• Denominación comercial.
• Cilindrada.
• Potencia.
• Combustible.
• Año.
• Código o variante de la ficha técnica.
• Tipo de vehículo.
• Valor en tablas oficiales.

La guía indica que no es necesario que toda la descripción coincida literalmente, pero el modelo y la cilindrada deben corresponder al vehículo. Si no puede identificarse correctamente, conviene tramitarlo como vehículo especial y aportar la documentación para que la autoliquidación sea confeccionada correctamente.

Remolques y caravanas en Aragón

Las caravanas y remolques tienen matrícula, pero no tienen motor ni cilindrada. Por ese motivo, no siempre se tramitan mediante el flujo normal de los Modelos 621 y 623.

Puede ser necesario utilizar:

• Servicio de Presentación Telemática de Tributos.
• Aplicación general de transmisiones patrimoniales.
• Presentación presencial.
• Autoliquidación generada mediante PATRAPA WEB para particulares sin identificación digital.

Antes de preparar el impuesto revisamos:

• Matrícula propia.
• Número de bastidor.
• Masa máxima autorizada.
• Ficha técnica.
• Permiso de circulación.
• Precio.
• Contrato.
• Valor del bien.
• Modelo tributario generado.
• Transferencia ante la DGT.

La guía oficial trata de forma separada los vehículos usados sin motor, como caravanas y remolques, y exige aportar la autoliquidación pagada, el contrato, el permiso y la ficha técnica.

Modelo 621 con factura de empresa

Si el vendedor es una sociedad, empresario o profesional y vende el vehículo en el ejercicio de su actividad, la operación puede estar sujeta a IVA.

En ese caso:

• La empresa debe emitir factura.
• La factura debe identificar al comprador.
• Debe identificar matrícula y vehículo.
• Debe reflejar precio e impuestos.
• No se presenta el Modelo 621 ordinario entre particulares.
• La factura se aporta ante la DGT como justificante fiscal.

Antes de tramitar revisamos:

• Titular registral.
• Condición del vendedor.
• Afectación del vehículo a la actividad.
• Factura emitida.
• IVA aplicado.
• Identidad del comprador.
• Fecha y precio.
• Documentación del vehículo.

Aragón no exige autoliquidación cuando se ha pagado IVA sobre el 100 % del valor y existe factura que lo justifica.

Revisar si necesito Modelo 621 o factura

Empresa que compra un vehículo a un particular

Si una empresa compra un vehículo usado a un particular, puede seguir siendo necesario presentar la autoliquidación.

Revisamos:

• Empresa compradora.
• Domicilio fiscal en Aragón.
• CIF.
• Representación.
• Vendedor particular.
• Contrato.
• Precio y valor administrativo.
• Uso del vehículo.
• Si se adquiere para uso propio o reventa.
• Exención o no sujeción.
• Documentación para la DGT.

No es igual una sociedad que compra el vehículo para utilizarlo que un profesional dedicado habitualmente a la compraventa para revenderlo.

Exención para profesionales de la compraventa

Las adquisiciones realizadas por empresarios cuya actividad habitual es la compraventa de vehículos usados pueden quedar exentas cuando el vehículo se adquiere para su reventa. Para mantener la exención, la venta posterior debe realizarse y justificarse dentro del plazo máximo de un año.

Antes de aplicarla revisamos:

• Actividad económica del comprador.
• Condición de compraventa profesional.
• Finalidad de reventa.
• Fecha de adquisición.
• Documentación fiscal.
• Fecha de venta posterior.
• Justificación de la transmisión.
• Consecuencias de superar el plazo.

La exención no se aplica automáticamente a cualquier empresa que compre un coche.

Documentos necesarios para el Modelo 621 Aragón

La documentación puede variar, pero normalmente revisamos:

• DNI, NIE o CIF del comprador.
• DNI, NIE o CIF del vendedor.
• Contrato de compraventa.
• Matrícula.
• Bastidor.
• Marca y modelo.
• Cilindrada.
• Fecha de primera matriculación.
• Permiso de circulación.
• Ficha técnica o tarjeta ITV.
• Precio de compraventa.
• Justificante del pago.
• Valor calculado por la Administración.
• Documentación de exención o no sujeción.
• Factura, si vende una empresa.
• Mandato o autorización para la gestoría.
• Documentación adicional si existen cargas.

Antes de pedirte documentos, comprobamos qué procedimiento corresponde al vehículo.

Consultar documentos necesarios

Contrato de compraventa y Modelo 621

El contrato debe identificar correctamente:

• Comprador.
• Vendedor.
• DNI, NIE o CIF.
• Matrícula.
• Bastidor.
• Marca y modelo.
• Precio.
• Fecha.
• Hora de entrega.
• Firmas de ambas partes.
• Estado del vehículo.
• Posibles cargas.
• Documentación entregada.

La fecha inicia el plazo de un mes. El precio se compara con el valor calculado por la Administración para determinar la base utilizada en la autoliquidación. Un contrato con errores puede afectar tanto al impuesto como a la posterior transferencia.

Justificante del pago del vehículo

En determinados vehículos especiales, la Administración Tributaria de Aragón solicita también un justificante del pago de la compraventa.

Puede aportarse:

• Transferencia bancaria.
• Justificante de ingreso.
• Recibo firmado.
• Documento bancario.
• Otro medio que acredite el pago.

Si el contrato indica que el precio se pagó en efectivo, puede ser necesario aportar una declaración firmada por comprador y vendedor donde conste expresamente esa forma de pago. El justificante debe coincidir con el precio indicado en el contrato.

Presentación online del Modelo 621 Aragón

Aragón dispone de un servicio específico para confeccionar, pagar y presentar la autoliquidación de vehículos usados.

El proceso permite:

• Identificar el vehículo mediante matrícula.
• Consultar determinados datos de la DGT.
• Seleccionar marca y modelo.
• Introducir comprador y vendedor.
• Calcular el valor administrativo.
• Comparar el precio del contrato.
• Calcular el impuesto.
• Realizar el pago.
• Obtener el PDF de la autoliquidación.
• Obtener el CET.
• Continuar con la transferencia telemática en la DGT.

La aplicación oficial se denomina “Vehículos — Modelos 621-623”.

Pago con tarjeta o Bizum

El servicio simplificado permite pagar:

• Mediante tarjeta bancaria, para importes inferiores a 5.000 euros.
• Mediante Bizum, dentro de los límites establecidos por la entidad correspondiente.

Cuando se realiza el pago y la presentación telemática se genera el CET que permite continuar con el cambio de titularidad por internet ante la DGT. Si la cantidad supera el límite admitido para tarjeta, puede ser necesario generar los impresos, pagar en una entidad financiera colaboradora y continuar presencialmente. El Gobierno de Aragón indica que el pago con tarjeta o Bizum genera el CET, mientras que el pago en entidad colaboradora conduce a la tramitación presencial ante Tráfico.

Servicio de Presentación Telemática de Tributos

Además del servicio simplificado, existe un portal de presentación telemática dirigido especialmente a:

• Profesionales.
• Gestorías y despachos.
• Personas jurídicas.
• Particulares con identificación digital.

Permite:

• Confeccionar la autoliquidación.
• Pagar mediante cargo en cuenta.
• Presentar telemáticamente.
• Obtener el CET.
• Conservar el historial de operaciones.

Para utilizarlo puede ser necesario:

• DNI electrónico.
• Certificado electrónico.
• Cl@ve de nivel avanzado.
• Registro como presentador.
• Cuenta en una entidad financiera colaboradora.

Los profesionales y personas jurídicas están obligados a utilizar la vía electrónica en los supuestos previstos.

Qué es el CET del Modelo 621

El Código Electrónico de Transmisión —CET— acredita que la parte fiscal de la compraventa ha sido presentada. Permite continuar con la transferencia telemática ante la DGT. El CET aparece normalmente en el documento PDF junto con:

• Referencia de pago, salvo cuota cero.
• Fecha de presentación.
• Número de expediente tributario.
• Datos de la autoliquidación.

Antes de presentar el cambio de titularidad comprobamos:

• Que el CET se ha generado.
• Que la autoliquidación está presentada.
• Que el pago está realizado.
• Que comprador y vendedor coinciden.
• Que la matrícula es correcta.
• Que los datos del vehículo son los mismos.
• Que el contrato coincide con el modelo.

El CET no sustituye el contrato, la tasa DGT ni la solicitud de cambio de titularidad.

Cómo obtener el CET cuando la cuota es cero

Aunque el vehículo tenga cuota cero, puedes necesitar el CET para realizar la transferencia telemática.

En ese caso:

• Debes iniciar la autoliquidación.
• Introducir correctamente el vehículo.
• Identificar al comprador y vendedor.
• Completar la presentación telemática.
• Descargar el modelo generado.
• Conservar el CET.

Cuando el total a ingresar es cero, la aplicación ofrece la presentación telemática y genera el CET al finalizar. Por tanto, cuota cero y ausencia de pago no significan que el CET se obtenga automáticamente sin realizar la autoliquidación.

Presentación y pago presencial

También puede generarse el impreso para pagar en una entidad financiera colaboradora.

En ese supuesto, normalmente hay que:

1. Cumplimentar la autoliquidación.
2. Generar e imprimir el documento.
3. Realizar el pago en una entidad colaboradora.
4. Conservar el justificante bancario.
5. Solicitar cita en la DGT.
6. Presentar presencialmente el impuesto y la documentación.
7. Tramitar el cambio de titularidad.

Si se elige esta modalidad, el proceso de Tráfico también debe realizarse presencialmente.

Presentar el Modelo 621 mediante representante

Otra persona puede realizar el trámite en nombre del comprador si dispone de identificación digital y representación suficiente.

Puede intervenir:

• Gestoría.
• Despacho profesional.
• Representante de una empresa.
• Persona autorizada.
• Apoderado.

Puede ser necesario aportar:

• Mandato o autorización.
• Identificación del comprador.
• Identificación del representante.
• Poder de representación.
• Contrato de compraventa.
• Documentación del vehículo.
• Datos del impuesto.

La representación debe quedar correctamente acreditada para evitar requerimientos.

Modelo 621 presentado fuera de plazo

Si la autoliquidación se presenta después del plazo de un mes, pueden aplicarse:

• Recargos por presentación extemporánea.
• Intereses de demora.
• Requerimientos.
• Regularización de la cuota.
• Sanción en determinados supuestos.

Antes de preparar una presentación tardía revisamos:

• Fecha real del contrato.
• Tiempo transcurrido.
• Cuota que debía pagarse.
• Si existió requerimiento previo.
• Si el pago ya se realizó.
• Si la transferencia sigue pendiente.
• Si existen errores adicionales.

No debe modificarse la fecha real del contrato para simular que el plazo sigue abierto.

Modelo 621 y transferencia DGT

Una vez resuelta la parte fiscal, hay que realizar el cambio de titularidad ante la DGT.

Antes de presentarlo comprobamos:

• Contrato firmado.
• Modelo 621 o 623.
• Justificante del pago, exención o no sujeción.
• CET, si se presenta por internet.
• Tasa de la DGT.
• Identificación de comprador y vendedor.
• Permiso de circulación.
• Ficha técnica.
• Alta administrativa.
• IVTM del año anterior.
• Sanciones que impidan transferir.
• Reserva de dominio.
• Embargo o precinto.
• ITV.

La DGT exige justificar el ITP mediante Modelo 620 o 621 según corresponda, salvo que el vendedor sea empresario y aporte factura.

Modelo 621 con reserva de dominio, embargo o precinto

El pago del impuesto no elimina las cargas del vehículo.

Puede existir:

• Reserva de dominio.
• Embargo.
• Precinto.
• Leasing.
• Renting.
• Hipoteca mobiliaria.
• Limitación de disposición.

Antes de presentar la transferencia revisamos:

• Informe DGT.
• Registro de Bienes Muebles.
• Entidad financiera.
• Carta de cancelación.
• Documento de conocimiento del comprador.
• Posibilidad de subrogación.
• Viabilidad del cambio de titularidad.

La parte fiscal puede estar pagada y la transferencia continuar bloqueada por una carga administrativa o financiera.

Modelo 621 para vehículo sin ITV

La falta de ITV no elimina la obligación de presentar el impuesto. Puede realizarse la autoliquidación aunque:

• La ITV esté caducada.
• La ITV sea desfavorable.
• La ITV sea negativa.

Sin embargo, el permiso de circulación expedido al nuevo titular solo será válido si el vehículo tiene la ITV en vigor.

Por tanto, hay que diferenciar:

• Resolver el impuesto.
• Hacer el cambio de titularidad.
• Poder circular legalmente.

Gestión del Modelo 621 en Zaragoza, Huesca y Teruel

Revisamos el Modelo 621 o 623 para compradores residentes en las tres provincias aragonesas:

• Zaragoza.
• Huesca.
• Teruel.

La provincia en la que esté el vehículo no determina dónde debe liquidarse el impuesto. Lo importante es la residencia fiscal del comprador o su domicilio fiscal si se trata de una persona jurídica.

Cómo gestionamos el Modelo 621 Aragón online

Nuestro proceso está pensado para revisar primero la fiscalidad y después preparar la transferencia.

1. Nos explicas la compraventa

Nos indicas qué vehículo has comprado, quién vende, dónde reside el comprador y qué documentación tienes.

2. Comprobamos si Aragón es competente

Revisamos residencia fiscal, vendedor particular o empresa y tipo de transmisión.

3. Identificamos el vehículo

Comprobamos matrícula, modelo, versión, cilindrada, potencia y antigüedad.

4. Calculamos lo que corresponde

Revisamos:

• Tipo general del 4 %.
• Cuota de 0 euros.
• Cuota fija de 20 euros.
• Cuota fija de 30 euros.
• Exención.
• No sujeción.
• Factura empresarial.

5. Preparamos y presentamos el modelo

Revisamos datos, pago, presentación y obtención del CET.

6. Continuamos con la transferencia

Cuando la parte fiscal está resuelta, comprobamos los documentos necesarios para el cambio de titularidad ante la DGT.

Iniciar Modelo 621 Aragón online

Errores frecuentes con el Modelo 621 Aragón

Pensar que siempre se genera un Modelo 621

La aplicación puede generar Modelo 621 o Modelo 623 en función de la antigüedad del vehículo.

Aplicar siempre el 4 %

Determinados vehículos de más de 10 años tienen cuotas fijas.

Pensar que todo vehículo antiguo paga cero

La cuota depende de la cilindrada.

No tramitar nada porque la cuota es cero

Puede ser necesario presentar la autoliquidación para obtener el CET.

Aplicar cuota fija a un vehículo de más de 2.000 cc

Los tramos de cuota fija indicados llegan hasta 2.000 cc.

Aplicar cuota fija a un vehículo histórico

Los vehículos históricos deben declarar el valor que figura en el contrato.

Calcularlo solo sobre el precio del contrato

Debe compararse con el valor calculado por la Administración.

Seleccionar un modelo o cilindrada incorrectos

Puede alterar la valoración y la cuota.

Presentarlo en Aragón sin comprobar la residencia del comprador

La competencia depende de la residencia fiscal del adquirente.

Presentar Modelo 621 cuando existe factura empresarial

Si se ha pagado IVA por el 100 % del vehículo y existe factura, no corresponde la autoliquidación ordinaria.

Confundir remolques y caravanas con vehículos a motor

Los vehículos sin motor pueden requerir otra aplicación o procedimiento.

Pagar en una entidad y pretender hacer Tráfico online con CET

El CET se obtiene mediante la presentación telemática correspondiente.

Pagar y no completar la presentación

El pago por sí solo no acredita necesariamente que la autoliquidación se haya presentado.

Pensar que pagar el impuesto cambia el titular

Después hay que realizar la transferencia ante la DGT.

Presentarlo fuera de plazo

El plazo es de un mes desde la fecha de la transmisión.

Casos habituales que revisamos

En GESTORÍADGT podemos ayudarte con:

• Modelo 621 para coche usado en Aragón.
• Modelo 621 para moto.
• Modelo 621 para ciclomotor.
• Modelo 621 para furgoneta.
• Modelo 621 para camión o autobús.
• Modelo 621 para tractor o vehículo agrícola.
• Modelo 623 generado por antigüedad.
• Cálculo con tipo general del 4 %.
• Cuota cero para vehículo de más de 10 años.
• Cuota fija de 20 euros.
• Cuota fija de 30 euros.
• Vehículo de más de 2.000 cc.
• Vehículo histórico.
• Vehículo eléctrico.
• Vehículo que no aparece en la aplicación.
• Remolque o caravana.
• Compra con factura empresarial.
• Empresa que compra a particular.
• Exención de compraventa profesional.
• Obtención del CET.
• Pago con tarjeta o Bizum.
• Presentación presencial.
• Modelo fuera de plazo.
• Justificante para la DGT.

Cada caso se revisa antes de presentar el impuesto para evitar errores en la autoliquidación o en la transferencia.

Consultar mi caso de Modelo 621 Aragón

Por qué revisar el Modelo 621 con GESTORÍADGT

El impuesto de un vehículo usado en Aragón puede cambiar según la antigüedad, la cilindrada, el precio, la valoración y quién realiza la venta.

Con GESTORÍADGT revisamos la parte tributaria y documental antes de continuar con la transferencia.

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✓ Revisamos si corresponde Modelo 621 o 623
✓ Comprobamos precio y valoración administrativa
✓ Calculamos el tipo general del 4 %
✓ Revisamos cuotas de 0, 20 o 30 euros
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✓ Gestionamos la obtención del CET
✓ Preparamos la documentación para la DGT
✓ Gestión online en todo Aragón

Responsable del trámite: GA 1268 COGAS SLP – Gestoría colegiada

Revisar Modelo 621 Aragón con GESTORÍADGT

Quieres gestionar también la transferencia del vehículo en Aragón?

El Modelo 621 o 623 resuelve la parte fiscal de la compraventa, pero no cambia por sí solo la titularidad del vehículo. Después de justificar el impuesto, hay que completar el cambio de titularidad ante la DGT.

Puedes consultar la página correspondiente:

Ver: Transferencia de vehículos en Zaragoza
Ver: Transferencia de vehículos en Huesca
Ver: Transferencia de vehículos en Teruel

Preguntas frecuentes – FAQ

¿Qué es el Modelo 621 Aragón?

Es una autoliquidación utilizada para declarar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en la compraventa de determinados vehículos usados.

¿En Aragón se usa el Modelo 621 o el Modelo 623?

La aplicación oficial utiliza ambos modelos y genera el que corresponde en función de la antigüedad y los datos del vehículo.

¿Tengo que elegir manualmente entre 621 y 623?

No necesariamente. La aplicación determina el modelo a partir de los datos introducidos.

¿Quién paga el impuesto?

Normalmente lo presenta y paga el comprador.

¿Dónde debe pagarse?

En Aragón cuando el comprador tiene allí su residencia fiscal o, si es una empresa, su domicilio fiscal.

¿Cuál es el plazo?

El plazo es de un mes desde la fecha de la transmisión.

¿Qué porcentaje se paga?

El tipo general es del 4 %.

¿Sobre qué valor se calcula?

Sobre el mayor entre el precio del contrato y el valor calculado por la Administración.

¿Qué paga un vehículo de más de 10 años?

Depende de la cilindrada: 0 euros hasta 1.000 cc, 20 euros entre más de 1.000 y 1.500 cc, y 30 euros entre más de 1.500 y 2.000 cc.

¿Qué ocurre si supera los 2.000 cc?

No se aplica la cuota fija de 20 o 30 euros y debe revisarse el cálculo general.

¿Tengo que presentar el modelo si la cuota es cero?

Con carácter general no hay que hacer ningún trámite tributario, salvo que necesites obtener el CET para realizar la transferencia telemática.

¿Qué ocurre con un vehículo histórico?

Debe declararse el valor que aparece en el contrato, con independencia de su cilindrada.

¿Puedo calcularlo con las tablas de Hacienda?

Sí. Se toma el precio medio del vehículo y se aplica el porcentaje correspondiente a su antigüedad.

¿Qué ocurre si el precio del contrato es superior?

Se utiliza el precio superior.

¿Qué ocurre si la valoración administrativa es superior?

Se utiliza la valoración administrativa superior.

¿Necesito Modelo 621 si compro a un concesionario?

Si la empresa vende en el ejercicio de su actividad y emite factura por el 100 % del vehículo, normalmente no corresponde esta autoliquidación.

¿Qué ocurre si una empresa compra a un particular?

Puede tener que presentar el impuesto si su domicilio fiscal está en Aragón, salvo exención o no sujeción.

¿Qué exención tienen los compraventas profesionales?

La compra para reventa puede estar exenta si el comprador se dedica habitualmente a la compraventa y revende el vehículo dentro de un año.

¿Puedo presentar el modelo online?

Sí. Aragón dispone de aplicaciones para confeccionar, pagar y presentar la autoliquidación por internet.

¿Puedo pagar con tarjeta?

Sí, en el servicio de vehículos para importes inferiores a 5.000 euros.

¿Puedo pagar con Bizum?

Sí, dentro de los límites y condiciones de la entidad financiera.

¿Qué es el CET?

Es el Código Electrónico de Transmisión que acredita la presentación fiscal y permite continuar con el cambio de titularidad telemático ante la DGT.

¿Cómo consigo el CET si la cuota es cero?

Debes completar la presentación telemática en la aplicación para que se genere.

¿Puedo pagar en el banco?

Sí, mediante una entidad financiera colaboradora, aunque en ese caso el cambio de titularidad puede tener que tramitarse presencialmente.

¿Puede presentarlo una gestoría?

Sí, siempre que la representación esté correctamente acreditada.

¿Qué documentos necesito?

Normalmente se revisan contrato, identificación de comprador y vendedor, permiso de circulación, ficha técnica, precio, valoración y justificantes fiscales.

¿Qué pasa si pago en efectivo?

En determinados casos puede ser necesario aportar una declaración firmada por comprador y vendedor acreditando el pago en efectivo.

¿Qué pasa si el vehículo no aparece en la aplicación?

Puede ser necesario tramitarlo como vehículo especial y aportar la documentación completa a la Administración Tributaria de Aragón.

¿Qué ocurre con los remolques y caravanas?

Al no tener motor o cilindrada pueden requerir un procedimiento distinto al servicio ordinario de vehículos a motor.

¿Pagar el Modelo 621 cambia de nombre el vehículo?

No. Después hay que tramitar el cambio de titularidad ante la DGT.

¿Qué pasa si lo presento fuera de plazo?

Pueden aplicarse recargos, intereses u otras consecuencias tributarias.

¿Trabajáis en todo Aragón?

Sí. Revisamos el impuesto y la transferencia de vehículos usados en Zaragoza, Huesca y Teruel.

Revisa tu Modelo 621 Aragón antes de transferir

Antes de presentar el cambio de titularidad, revisamos qué modelo corresponde, cuánto debes pagar, qué valor debe declararse y qué documentación necesitas.

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✍️ Escrito por GESTORÍADGT

Contenido elaborado con fines informativos y revisado por gestores administrativos colegiados especialistas en materia de tráfico en España. Actualizado el 24 de Junio de 2026.

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