Cambio nombre vehículo

«Mejor Gestoría para la gestión de un cambio de nombre de vehículo”

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Hacer un cambio de nombre de vehículo es un trámite del que te debes ocupar cuando compras uno de segunda mano. En estos casos, es necesario que actualices los datos del anterior dueño por los del nuevo comprador. Además, es indispensable que esta información se modifique.

Documentos necesarios para un cambio de nombre en DGT

Modelo 02 DGT (cambio de titularidad y notificación de venta de vehículos): como parte de la documentación necesaria para un cambio de nombre de vehículo debes rellenar el impreso oficial; asegúrate de que todos los datos están correctos para no tener problemas después.

DNI/NIE del vendedor/comprador: debe estar en vigor.

Contrato de compraventa: es indispensable que esté firmado tanto por el comprador como por el vendedor. Además, es conveniente que aparezcan los siguientes datos: datos completos del comprador y vendedor, DNI, matrícula, modelo, marca, número de bastidor y precio de la compraventa.

Modelo 620/621: justificante del pago, o exención, del ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales).

ITV + IVTM: junto al resto de la documentación para un cambio de nombre de vehículo es recomendable que presentes la tarjeta de ITV, así también como el último recibo del IVTM (también conocido como “sello”).

Tasa 1.5. DGT: para este 2024 hay que pagar un importe de 55,70€.

Mandato GA: se trata de una autorización que permite a profesionales, como nosotros, que nos encarguemos de todo por ti. Es necesario adjuntarla al resto de los papeles para un cambio de nombre de vehículo cuando nos contratas. Además, nos vamos a encargar de todo sin que tengas que salir de casa.

CASOS ESPECÍFICOS:

entre familiares: si tu caso es sobre cambio de nombre de vehículos entre familiares, aquí tienes un enlace con información detallada.

por fallecimiento: si tu caso es sobre ¿Cómo cambiar de nombre un coche de un fallecido?, aquí tienes un enlace con información detallada.

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Pasos para un cambio de nombre de vehículos en la DGT

  1. Comprueba el estado del vehículo: lo primero es comprobar el estado del vehículo. Para ello, puedes solicitar en las oficinas de tráfico un informe para conocer su estado tanto a nivel judicial como administrativo. Además, se recomienda realizar una revisión; comprueba su estado por fuera, comprobar el aceite y la correa de distribución, los neumáticos, la amortiguación, los cinturones de seguridad, regulación de los asientos, las cerraduras, los interruptores, arrancarlo para comprobar los pedales y pruébalo en la carretera.
  2. Verificar que no tenga deudas, sanciones o impagos de impuestos: otro de los pasos para un cambio de nombre de vehículo es comprobar que no tenga deudas, sanciones o impagos de los diferentes impuestos que existen. También es conveniente comprobar si se han pagado las posibles sanciones y que se haya pagado el último pago del Impuesto de Circulación del año anterior.
  3. Acordar el precio de la venta + firmar el contrato de compraventa: una vez hayas verificado los datos anteriores es momento de fijar un precio en el contrato de compraventa. También es hora de firmarlo. También te recomendamos que anotes la hora y la fecha en la que se firma.
  4. Abonar el modelo 620/621 (ITP): dentro de los pasos a seguir para cambiar de nombre un vehículo es abonar el ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales). Dicho impuesto es distinto en cada Comunidad Autónoma, así que su coste es diferente para cada una de ellas.
  5. Hazlo con GestoríaDGT: para que no tengas problemas, te recomendamos que cuentes con ayuda profesional. Lo más sencillo es que contactes con nosotros a través de WhatsApp para que podamos atenderte de forma individualizada; además, todo sin que tengas que salir de casa.

Información de interés sobre traspaso de nombre de vehículo

  • Debe estar dado de alta administrativa: ten en cuenta que al tramitar un cambio de nombre de un vehículo te exigen que esté en situación de alta. De lo contrario, en caso de que estuviera dado de baja, debes ocuparte primero de este asunto.
  • El contrato debe estar firmado por ambas partes: comprueba que en el contrato aparece la firma tanto del vendedor como del comprador. Además, el comprador debe quedarse con una fotocopia del DNI, NIF o NIE del vendedor.
  • No puede tener cargas administrativas o judiciales: para hacer un cambio de nombre de vehículos de la DGT ten en cuenta que te pueden poner problemas si tuviera alguna carga administrativa o judicial.
  • Justificar la exención o pago del ITP: debes justificar el pago, o exención, del ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales).

Consejos para el comprador al hacer un cambio de nombre de vehículo en la DGT

  1. Prepara el contrato de compraventa: lo mejor es que se incluyan todos los datos; otro aspecto importante es que en él se refleje el precio que se ha acordado en la venta.
  2. Guárdate una copia del contrato: para iniciar el trámite de un cambio de propietario de vehículo es mejor que te guardes una copia para presentarla después.
  3. Haz copia de todos los documentos: es mejor que fotocopies todos los documentos para que tengas todos los datos del anterior dueño por si surge cualquier inconveniente.
  4. Cumple con el plazo de 30 días para hacer la gestión: desde la firma del contrato tienes hasta 30 días para hacer el trámite.
  5. Abona el ITP: tienes que abonar el ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) al comprar un vehículo de segunda mano.
  6. Hazlo con GestoríaDGT: es mejor que lo dejes todo en manos de profesionales como nosotros para reducir al mínimo todos los problemas que pueden surgir. Además, nos ocupamos de todo telemáticamente.

Consejos para el vendedor al cambiar de nombre el propietario del vehículo

  1. Quédate con una copia del DNI del comprador + una fotocopia del contrato: es mejor que te quedes con una fotocopia del DNI del vendedor, así como con una copia del contrato de compraventa. De esta manera, si hubiera algún problema con el trámite para un cambio de nombre de vehículo podrías tener sus datos.
  2. Apunta la hora en la que haces la entrega: para reducir al mínimo los problemas es mejor que anotes la hora exacta en la que realizas la entrega.
  3. Revisa que la información que aparece en el contrato está correcta: para realizar un cambio de nombre de vehículo es mejor que compruebes los datos del DNI, los datos del vehículo, el precio de venta, la fecha y la hora.
  4. Hazte con una copia del permiso de conducir del comprador: así tienes los datos del comprador por si surge algún problema.
  5. Verifica que el contrato está firmado por ambas partes: es necesario que esté firmado tanto por la parte compradora como por la parte vendedora.
  6. Notifica la venta en la DGT: para evitar problemas es mejor que notifiques que lo has vendido. De esta manera, dejas de tener responsabilidad sobre él por si el nuevo comprador tarda más de la cuenta en hacer el trámite.
  7. Hazlo con GestoríaDGT: para reducir al mínimo todos los problemas que pueden surgir es mejor que lo dejes todo en manos de expertos como nosotros, así nos ocupamos de todo en tu nombre.

Cambiar nombre de vehículo por fallecido (dueño anterior)

Ten en cuenta que puedes tramitar un cambio de nombre de un vehículo por defunción. Sucede cuando su anterior dueño ha fallecido, es decir, se produce un fallecimiento y sus herederos (con herencia o sin ella) necesitan modificar estos datos. Además, lo puedes hacer de manera temporal (entonces serías el dueño provisional durante 90 días, pero serás el responsable legal durante este plazo). Puedes llevar a cabo este proceso con una herencia, o con una “declaración responsable” en caso de no tener una.

  • Documentos generales: para un cambio de nombre de vehículo por propietario fallecido debes reunir todos los papeles necesarios que encuentras explicados en apartados anteriores en esta misma página web.
  • + Justificante del pago (o exención) del ISD + declaración responsable + acta de defunción: debes presentar un justificante del pago, o exención, del ISD (Impuesto de Sucesiones y Donaciones). Además, también debes adjuntar una “declaración responsable” en caso de que no exista una herencia (para que quede constancia de que eres el heredero). Además, para el cambio de nombre del vehículo por herencia, o sin ella, debes presentar el acta de defunción del titular anterior.

Cambio de nombre en la DGT por donación

Puedes cambiar de nombre un vehículo sin venta sin problemas. Es decir, en este caso no hay un intercambio económico entre las partes. La principal diferencia respecto a otros supuestos es el impuesto que debes abonar; en este caso, es el ISD (Impuesto de Sucesiones y Donaciones). Ya que, al no considerarse una venta se trataría de una “donación” o un regalo. Así que ten en cuenta que esto ocurre cuando no hay una venta de por medio, sino que se dona o se regala.

  • Documentos generales: debes hacerte con todos los documentos necesarios para poner en marcha la solicitud; puedes encontrar esta información en apartados superiores en esta misma página web.
  • + Justificante pago o exención del ISD: junto al resto de la documentación necesaria para cambiar de nombre un vehículo debes adjuntar el justificante del pago, o exención, del ISD (Impuesto de Sucesiones y Donaciones).

Cambiar nombre en tráfico por divorcio

Puedes llevar a cabo este trámite tras el divorcio o tras la separación. Es decir, al disolverse la unión matrimonial. En estos casos, la documentación para hacer un cambio de nombre de vehículo varía en función de otros supuestos. Lo más importante es que debes demostrar al acuerdo al que se ha llegado para poner en marcha la solicitud.

  • Documentos generales: reúne los documentos generales que encuentras detallados más arriba dentro de esta misma página web.
  • + Convenio regulador/sentencia judicial/otro documento con el acuerdo: en estos casos, para un cambio de nombre de un vehículo por divorcio debes adjuntar un documento en el que se refleje el acuerdo al que habéis llegado tras la separación respecto al vehículo. De esta manera, queda claro a quién le corresponde o lo que se va a hacer.

Cambio de vehículo de nombre por subasta o adjudicación

Si has adquirido uno a través de una subasta o adjudicación debes tener en cuenta una serie de detalles. Se trata de una subasta cuando lo adquieres a través de una venta pública en la que vas a pujar por él. O lo has adquirido por adjudicación por la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional de Drogas. En estos, para obtener el documento de cambio de nombre del vehículo debes presentar documentos extra.

  • Documentos generales: es necesario que reúnas los documentos generales que nos hemos ocupado de detallar en apartados superiores.
  • + Acta o certificado de adjudicación: para un cambio de nombre de un vehículo subastado es necesario que presentes el “acta de adjudicación” junto al resto de los documentos generales.

Cambio de nombre de un tractor agrícola (vehículos agrícolas)

Para estas situaciones, en las que quieres tramitar en la DGT un cambio de nombre de un tractor, debes tener en cuenta que varía un poco respecto a otros casos. Lo primero es hacer la baja del anterior dueño en el ROMA (Registro Oficial de Maquinaria Agrícola). Es importante que antes de nada te encargues de realizar la baja en este registro.

  • Documentos generales: para comenzar con los trámites para un cambio de nombre de vehículo debes reunir los documentos citados en apartados superiores dentro de esta misma página web.
  • + Certificado de modificación de propiedad en el ROMA (Registro Oficial de Maquinaria Agrícola): necesitas un “certificado de modificación de propiedad” del ROMA para un cambio de nombre para maquinaria agrícola. En este Registro Oficial de Maquinaria Agrícola es donde se hace la baja del dueño anterior.

Cambiar un vehículo de nombre con reserva de dominio

Si el vehículo tiene una reserva de dominio significa que ha sido financiado a través de una entidad financiera. En estos casos, hasta que no seas el propietario real (cuando acabes de pagar la deuda) no vas a poder hacer nada. Si la deuda estuviera completamente saldada pues debes ocuparte de cancelar esta reserva para su posterior venta.

  • Documentos generales: para iniciar los trámites es necesario que reúnas todos los papeles que hemos citado en apartados superiores.
  • + Carta de cancelación de reserva de dominio: para la solicitud de un cambio de nombre de vehículo con reserva de dominio es necesario que adjuntes una “carta de cancelación”; así demuestras que la deuda está saldada y que ya no tiene ninguna reserva que impida hacer este trámite.

Cambio de nombre en la DGT para un vehículo con embargo o precinto

Si el vehículo estuviera embargado, o precintado, debes tener en cuenta que se puede hacer, pero con un pequeño matiz; el comprador debe ser conocedor de la situación en todo momento. Esto significa que no puedes ignorar si tiene un embargo o un precinto. Además, ten en cuenta que si presenta un precinto no te van a poder expedir el permiso de circulación hasta que esto no esté arreglado, así que encárgate de solucionar este problema.

  • Documentos generales: reúne todos los documentos explicados en apartados anteriores (los encuentras dentro de esta misma web).
  • + Documento firmado por el comprador en el que se indique que está al tanto de la situación: como uno de los requisitos para un cambio de nombre de vehículo, en caso de que tenga un embargo o precinto, debes presentar un documento en el que se recoja que la parte compradora es conocedora de la situación.

ITP: ¿Cómo calcular el ITP para conocer el coste de un cambio de nombre de vehículo?

Para conocer el coste del impuesto para un cambio de nombre de un vehículo debes tener en cuenta una serie de detalles; este impuesto depende principalmente de las tablas oficiales que ofrece Hacienda cada año. Ten en cuenta que en estas tablas se utilizan para conocer el valor real del vehículo en estos momentos (este valor va a variar en función del modelo y la antigüedad). En el 2021 se modificó el artículo 10 de la Ley del ITP en la que se indica que si el valor que se ha declarado por parte del comprador supera el valor establecido por Hacienda se debe tomar la valoración mayor como base imposible para calcular; así conoces uno de los gastos de un cambio de nombre para vehículo entre particulares.

*Teniendo en cuenta que VR hace referencia a su VALOR REAL
*CV (caballos de potencia fiscales): criterio específico de algunas Comunidades Autónomas que indica que si tiene más de 15 caballos de potencia fiscal se aplica el porcentaje marcado de ITP sobre el VR (Valor Real)

Andalucía: 4% sobre VR y 8% sobre VR con más de 15CV
Aragón: 4% sobre VR
Asturias: 4% sobre VC y 8% sobre VR con más de 15CV
Islas Baleares: 4% sobre VC y 8% sobre VR con más de 15CV
País Vasco: 4% sobre VR
Islas Canarias: 5,5% sobre VR
Cantabria: 8% sobre VR
Castilla la Mancha: 6% sobre VR
Castilla y León: 5% sobre VR y 8% sobre VR con más de 15CV
Cataluña: 5% sobre VR
Ceuta y Melilla: 4% sobre VR y Residentes: 2% sobre VR
Extremadura: 6% sobre VR
Galicia: 8% sobre VR
Madrid: 4% sobre VR
Murcia: 4% sobre VR
Navarra: 4% sobre VR
La Rioja: 4% sobre VR
Comunidad Valenciana: 6% sobre VR

A continuación, te dejamos varios ejemplos reales para conocer cuánto te costaría realmente el impuesto para un cambio de nombre de vehículo.

EJEMPLO 1: Ford Focus 1.6 Trend (1596cc 101CV) (2003) (Ceuta)
Valor nuevo en función de las tablas de Hacienda: 12.400€
Porcentaje de depreciación según sus años (21 años – 2024) (tabla de Hacienda): 10%
12.400€ / 10%: 1.240€
ITP en Ceuta (2% para residentes): 1.240€ / 2%: 24,8€

EJEMPLO 2: Toyota Auris 1.4 (1364cc 90CV) (2007) (Cantabria)
Valor nuevo en función de las tablas de Hacienda: 14.700€
Porcentaje de depreciación según sus años (17 años – 2024) (tabla de Hacienda): 10%
14.700€ / 10%: 1.470€
ITP en Cantabria (8%): 1.470€ / 8%: 117,60€

EJEMPLO 3: Kia Carnival 2.2 (2199cc 195CV) (2011) (Islas Canarias)
Valor nuevo en función de las tablas de Hacienda: 24.900€
Porcentaje de depreciación según sus años (13 años – 2024) (tabla de Hacienda): 10%
24.900€ / 10%: 2.490€
ITP en Islas Canarias (5,5%): 2.490€ / 5,5%: 136,95€

PRECIO TOTAL: ¿Cómo calcular el coste total de un cambio de nombre de vehículo en tráfico?

En este apartado, vamos a explicar de manera detallada los gastos que debes asumir a la hora de hacer este trámite. Lo mejor es que para conocer más sobre un cambio de nombre de vehículo y su coste te quedes aquí un poco más.

EJEMPLO 1: Audi A4 3.2 Multitronic (3197cc 265CV) (2009) (Aragón)

  • ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales):
    Valor nuevo en función de las tablas de Hacienda: 33.700€
    Porcentaje de depreciación según sus años (15 años – 2024) (tabla de Hacienda): 10%
    33.700€ / 10%: 3.370€
    ITP en Aragón: 4%
    3.370€ / 4%: 134,8€
  • Impuesto de Circulación: (carácter anual)
  • Exento por uso exclusivo de una persona con minusvalía del 33% o superior
  • Tasas DGT: 55,70€ (tasa 1.5. DGT)
  • Honorarios gestoría: 49,23€ IVA incl. (honorarios gestor de tráfico)
  • Seguro

EJEMPLO 2: Daewoo Compact 1.6 (1598cc 106CV) (2000) (Extremadura)

  • ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales):
    Valor nuevo en función de las tablas de Hacienda: 8.700€
    Porcentaje de depreciación según sus años (24 años – 2024) (tabla de Hacienda): 10%
    8.700€ / 10%: 870€
    ITP en Extremadura: 6%
    870€ / 6%: 52,2€
  • Impuesto de Circulación: (carácter anual)
    54€
  • Tasas DGT: 55,70€ (tasa 1.5. DGT)
  • Honorarios gestoría: 49,23€ IVA incl. (honorarios gestor de tráfico)
  • Seguro

¿Qué es y cuando te dan un justificante por cambiar el nombre de un vehículo en tráfico?

Es un “justificante provisional” que certifica que el trámite se ha llevado a cabo; ahora solo tienes que esperar a que las oficinas de tráfico hagan su parte. Además, somos una gestoría para tramitar un cambio de nombre de vehículo experta. Por tanto, nada más tengamos los papeles nos vamos a poner en marcha con tu solicitud. Una vez hayamos hecho la gestión te vamos a facilitar este documento para que no tengas posibles problemas. Ten en cuenta que si te facilitamos este documento significa que nos hemos encargado de hacer el trámite a tu nombre. Es una manera de demostrar que se está tramitando.

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Sí, pero con algunos matices. En estos casos, las oficinas de tráfico te van a pedir que presentes algunos papeles extras en caso de no tenerlos; esto se traduce a que si no tienes los documentos originales pues puedes pedir un duplicado, presentar una declaración de extravío más un informe de la DGT. Aunque esto puede depender de cada oficina.

Sí, siempre y cuando quede constancia en el contrato de compraventa.

Tienes un total de validez de 90 días sin declaración de herederos (o herencia), y hasta seis meses si tienes este documento contigo.

Por supuesto. Si te encuentras en otra provincia, y necesitas hacer el trámite, siempre puedes contar con la ayuda de un gestor; como nosotros, que te ayudaremos de manera telemática para que hagas tus trámites.

Sí, pero debes aportar algún documento en el que se refleje que conoces la situación actual.

Sí, aunque la parte compradora debe demostrar a través de un documento que es conocedor de la situación. Además, hasta que esto no esté solucionado no te van a expedir un nuevo permiso de circulación.

No, no es obligatorio como tal, pero sí que es aconsejable para conocer su estado actual.

Te pueden cancelar el trámite por entregar documentación errónea, por ejemplo. Lo mejor en estos casos es que lo dejes en manos de profesionales como nosotros para evitar estos problemas.

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por GestoríaDGT

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