Cambio de nombre moto
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✓Modelo 02 DGT (cambio de titularidad y notificación de venta de vehículos): junto al resto de los papeles tienes que presentar el formulario oficial debidamente cumplimentando. Lo mejor es que te asegures que los datos que aparecen en este impreso estén correctos.
✓DNI/NIE del vendedor/comprador: ten en cuenta que debes adjuntar un método identificativo que esté en vigor; esto forma parte de los requisitos para un cambio de nombre de moto.
✓Modelo 620/621: corresponde al justificante del pago o exención del ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales).
✓ITV + IVTM: se recomienda adjuntar la tarjeta de la ITV, así como el último justificante del pago del IVTM (más conocido como el “sello”).
✓Tasa 1.5. DGT/tasa 1.2. DGT: dentro de los papeles necesarios para un cambio de nombre de moto es necesario que aportes el justificante del pago o exención de la tasa de la DGT. Para este año hay que abonar la cantidad de 55,70€ (tasa 1.5. DGT) para motos y 27,85€ para ciclomotores (tasa 1.2. DGT).
✓Mandato GA: consiste en una autorización que debes presentar cuando lo dejas todo en manos de profesionales como nosotros; nos podemos ocupar de todo desde casa.
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Tienes la opción de cambiar de nombre una moto por fallecido. Esto ocurre cuando su anterior dueño ha fallecido y sus herederos, tengan una herencia o no, deciden modificar esta información. En estos casos el trámite es un poco diferente respecto a si el dueño estuviera vivo. De hecho, no tienes por qué ser su beneficiario a largo plazo, sino que lo puedes hacer con carácter temporal; en este caso, serías su dueño provisional durante 90 días. Ten en cuenta que durante este tiempo vas a ser el responsable total, así que cualquier cosa que ocurra con ella es tu responsabilidad. Aunque también lo puedes tramitar de manera definitiva. Otro detalle es que lo puedes hacer con una herencia o con una “declaración de herederos” en caso de no contar con una.
Existe la posibilidad de cambiar de nombre una moto entre familiares. Es decir, que se lleva a cabo dentro del propio entorno familiar (sobrinos, primos, tíos, etc.). De hecho, puede llegar a ser bastante habitual. En estos casos, aunque no se considera una obligación se recomienda presentar un contrato de compraventa de igual modo si fuera entre dos desconocidos. Además, es una forma de evitar que haya problemas futuros. En cualquier caso, si quieres estar informado sobre cómo se puede cambiar una moto de nombre de padre a hijo, o entre cualquier otro familiar, lo mejor es que te quedes con nosotros un poco más.
Puedes cambiar una moto de nombre sin venderlo. Esto se traduce a que no existe una venta de por medio, sino que se dona o se regala a otra persona sin que exista un intercambio económico. Estos casos se consideran “casos excepcionales”, así que este trámite es distinto respecto a otras posibilidades. La principal diferencia respecto a otras situaciones es que no abonas el ITP, sino el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD). Es importante que lo tengas en cuenta para que no te equivoques en caso de tener que llevar a cabo esta gestión por esta razón.
Si te has divorciado o separado puedes iniciar la solicitud de un cambio de nombre de moto por esta razón. Esto ocurre cuando la unión matrimonial se disuelve, así que tienes la opción de iniciar los trámites oportunos para actualizar esta información en caso de que fuera necesario. En cualquier caso, si necesitas conocer más sobre este apartado te aconsejamos que te quedes con nosotros un poco más para estar al tanto.
Tienes la posibilidad de realizar este trámite para una que has obtenido en una subasta o para una que hayas adquirido por adjudicación por la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional de Drogas. Ten en cuenta que esto es cuando adquieres una a través de una venta pública en la que vas a pujar por él. En este caso, si necesitas hacer un cambio de nombre de una moto su documentación es distinta respecto a otras situaciones. Lo mejor es que sigas un poco más con nosotros para estar al tanto de esta información.
Lo primero es saber qué es una cláusula de “reserva de dominio”. Pues bien, esto ocurre cuando has financiado la moto mediante una entidad financiera; en estos casos, hasta que no saldas la deuda completa no eres el dueño, así que hasta que no seas del dueño no puedes venderla. Una vez hayas saldado la deuda debes encargarte de cancelar esta reserva de dominio para su posterior venta. Ten en cuenta que no te dejan hacer nada hasta que este punto no esté solucionado.
A la hora de realizar un cambio de nombre para una moto de segunda mano que presenta un embargo o un precinto debes tener en cuenta que la documentación es distinta. De todos modos, ten en cuenta que es posible, aunque presentando un documento extra. Debes saber que un embargo o un precinto es una carga que tiene sobre ella; esto impide que se pueda hacer este trámite, aunque existe una excepción. Eso sí, ten en cuenta que aunque te dejen, si presenta un precinto no te van a expedir el permiso de circulación hasta que esta situación no esté del todo arreglada.
Lo principal es conocer qué es este impuesto para un cambio de nombre de moto. Se trata del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales; su finalidad es la de recaudar los impuestos a la hora de realizar una venta. Además, tenemos que conocer el valor real de la moto para que así posteriormente se pueda calcular el ITP. Por lo general, oscila entre el 4% y el 8% dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que te encuentres (no es un impuesto fijo). Otro detalle importante para tener en cuenta es que depende de las tablas oficiales que ofrece Hacienda anualmente. En el 2021 se modificó el Art. 10 de la Ley del ITP en la que se indica que si el valor que se declara por la parte compradora supera el valor de Hacienda se debe tomar esta valoración de Hacienda como base para calcular el impuesto. Ya que, se trata de una manera de recaudación de impuestos. En caso de las motos o ciclomotores se tiene en cuenta sus cilindradas.
*Teniendo en cuenta que VR hace referencia a su VALOR REAL
*CV (caballos de potencia fiscales): criterio específico de algunas Comunidades Autónomas que indica que si tiene más de 15 caballos de potencia fiscal se aplica el porcentaje marcado de ITP sobre el VR (Valor Real)
–Andalucía: 4% sobre VR y 8% sobre VR con más de 15CV
–Aragón: 4% sobre VR
–Asturias: 4% sobre VC y 8% sobre VR con más de 15CV
–Islas Baleares: 4% sobre VC y 8% sobre VR con más de 15CV
–País Vasco: 4% sobre VR
–Islas Canarias: 5,5% sobre VR
–Cantabria: 8% sobre VR
–Castilla la Mancha: 6% sobre VR
–Castilla y León: 5% sobre VR y 8% sobre VR con más de 15CV
–Cataluña: 5% sobre VR
–Ceuta y Melilla: 4% sobre VR y residentes: 2% sobre VR
–Extremadura: 6% sobre VR
–Galicia: 8% sobre VR
–Madrid: 4% sobre VR
–Murcia: 4% sobre VR
–Navarra: 4% sobre VR
–La Rioja: 4% sobre VR
–Comunidad Valenciana: 6% sobre VR
En este apartado, nos vamos a centrar en detallar con ejemplos reales lo que te costaría el ITP en función de la moto que has comprado tienes intención de adquirir.
EJEMPLO 1: SYM Symphony ST (124cc 13CV) (2022) (Comunidad Valenciana)
-Precio nuevo del vehículo: 3.299€
-Valoración en Hacienda del vehículo: 1.400€
-ITP en Comunidad Valenciana (6%): 1.400€ / 6%: 84€
EJEMPLO 2: BMW 750 GS (853cc 77CV) (2020) (Navarra)
-Precio nuevo del vehículo: 10.500€
-Valoración en Hacienda del vehículo: 9.300€
-ITP en Navarra (4%): 9.300€ / 4%: 372€
EJEMPLO 3: BMW S 1000 XR (999cc 160CV) (2015) (Extremadura)
-Precio nuevo del vehículo: 17.200€
-Valoración en Hacienda del vehículo: 9.300€
-ITP en Extremadura (6%): 9.300€ / 6%: 558€
Lo primero es conocer qué es el valor venal para un cambio de nombre de una moto; consiste en el valor teórico que se la asigna a la moto o ciclomotor para conocer su precio real en un momento determinado. Este valor se define en función de las tablas oficiales por parte de Hacienda que facilitan cada año. Para conocer el valor venal debes tener en cuenta que influyen diferentes factores como la antigüedad, el estado de desgaste, la ley de la oferta y demanda. Además, al valor que se le asigna se debe aplicar el porcentaje de depreciación correspondiente. Pero no te preocupes porque la propia administración ofrece unas tablas de depreciación que debemos aplicar a la moto en función de sus años. Esta tabla quedaría de la siguiente forma:
*Años de uso:
Hasta 1 año: 100%
Más de 1 año hasta 2: 84%
Más de 2 años hasta 3: 67%
Más de 3 años hasta 4: 56%
Más de 4 años hasta 5: 47%
Más de 5 años hasta 6: 39%
Más de 6 años hasta 7: 34%
Más de 7 años hasta 8: 28%
Más de 8 años hasta 9: 24%
Más de 9 años hasta 10: 19%
Más de 10 años hasta 11: 17%
Más de 11 hasta 12: 13%
Más de 12 años: 10%
Aquí nos vamos a centrar en explicar el valor venal para conocer el coste de cambiar de nombre una moto.
EJEMPLO 1: KTM 1050 (1050cc 95CV) (2016)
-Valor en Hacienda según las tablas oficiales: 11.800€
-Matriculación del año 2016 se aplica un porcentaje del 28%
-11.800€ / 28% = 3.304€
-3.304€ (valor venal)
EJEMPLO 2: KYMCO Super Dink 125 (124cc 13CV) (2018)
-Valor en Hacienda según tablas oficiales: 1.400€
-Matriculación del año 2018 se aplica un porcentaje del 39%
-1.400€ / 39% = 546€
-546€ (valor venal)
EJEMPLO 3: Harley Davidson CVO (1450cc 63CV) (2005)
-Valor en Hacienda según tablas oficiales: 14.900€
-Matriculación del año 2005 se aplica un porcentaje del 10%
-14.900€ / 10% = 1.490€
-1.490€ (valor venal)
Te vamos a ayudar para que sepas en todo momento cuánto te va a costar en la DGT un cambio de nombre de moto. Para que conozcas esta información te vamos a dejar a continuación una serie de ejemplos reales.
EJEMPLO 1: Honda PCX 125 (125cc 12CV) (2015) (Madrid)
EJEMPLO 2: Yamaha Aerox (50cc) (2003) (Cataluña)
Un “justificante provisional” consiste en un documento que te facilitamos cuando ya hemos hecho el trámite a tu nombre; es una forma de demostrar que la gestión está en marcha, así puedes conducir con él sin problemas. Ten en cuenta que una vez tengamos los documentos para un cambio de nombre de moto nos vamos a poner en marcha para tramitarlo lo antes posible. Una vez esté tramitado te vamos a facilitar este justificante provisional para que quede constancia de que todo está en marcha; ahora solo queda esperar la respuesta por parte de la administración.
Es frecuente que se te presenten dudas al realizar un trámite con el que no estés familiarizado. No te preocupes, a continuación nos vamos a encargar de dar respuesta a todas estas cuestiones más repetidas. Si quieres conocer todos los detalles te invitamos a que continúes con nosotros un poco más. De todas formas, gracias a que trabajamos telemáticamente para todo el país nos puedes contactar desde cualquier lugar; no importa si estás en Valencia, Barcelona, Sevilla o cualquier otra provincia o localidad.
Con GestoríaDGT el precio por cambiar de nombre una moto es 49,23€ IVA incl. + 6€ (envío) + 6€ (derechos colegiales) + ITP (según C. AA) + 55,70€/27,85€ (tasa moto/ciclomotor DGT 2023).
En GestoríaDGT, somos titulados oficiales por el Consejo General de Gestores Administrativos de España, y te ayudamos con todo lo que necesitas: documentación necesaria, precios, requisitos... Escríbenos un WhatsApp al 659 876 333.
Los tiempos de espera dependen de la propia administración, aunque por nuestra parte nos vamos a poner en marcha en cuanto tengamos todos los documentos con nosotros.
Vas a necesitar reunir los siguientes documentos: contrato de compraventa, declaración de herederos (si es por fallecimiento), sanciones, embargos o precintos, nota simple, ITV y ficha técnica, justificante del ITP, mandato GA (en caso de hacerlo con un gestor) y justificante del pago de la tasa.
No, el precio para un cambio de nombre de 125cc y una de 600cc es el mismo.
Sí, aunque ten en mente que no puedes circular con una que no tenga la ITV en vigor porque no es legal en nuestro país.
Sí, se puede llevar a cabo a pesar de que el vendedor no esté presente.
Sí, pero será necesario presentar un documento firmado por el comprador en el que se refleje que es conocedor de la situación de embargo.
No, no podrás hacerla hasta que no se cancela dicha reserva.
Profesionales especializados en las áreas de tráfico y transporte, tanto para vehículos como conductores en todo el territorio nacional. Estamos avalados por: Máster en gestión administrativa (Gestores administrativos colegiados e inscritos en el Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España).