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Ver opiniones en Google →En GESTORÍADGT gestionamos la solicitud de matrícula roja para empresas, compraventas, concesionarios, importadores, fabricantes, carroceros, distribuidores, museos de automoción, laboratorios oficiales y otras empresas o entidades comprendidas en los supuestos admitidos por la DGT.
La matrícula roja no es una matrícula temporal para particulares. Es un permiso temporal de circulación para empresas o entidades vinculadas al sector de la automoción, que necesitan mover vehículos en supuestos concretos antes de su matriculación definitiva, durante pruebas, traslados, transporte o situaciones profesionales autorizadas. Antes de iniciar el trámite, revisamos si tu empresa puede solicitar placas rojas, qué tipo de permiso corresponde, qué documentación necesitas y cómo disponer del libro-talonario de boletines necesario para circular.
La matrícula roja es un permiso temporal de circulación para empresas y entidades del sector del vehículo comprendidas en los supuestos autorizados. Permite circular con determinados vehículos en situaciones autorizadas, siempre que la empresa o entidad cumpla los requisitos y el uso del vehículo encaje con el permiso temporal concedido.
Puede utilizarse en casos como:
• Vehículos que todavía no tienen matrícula ordinaria definitiva.
• Vehículos nuevos pendientes de matriculación.
• Vehículos usados de importación.
• Vehículos ya matriculados en situación de baja temporal por transmisión.
• Vehículos que deben realizar pruebas técnicas.
• Vehículos que necesitan traslado o transporte.
• Vehículos que van a ser probados por posibles compradores.
• Vehículos pertenecientes a museos o colecciones de automoción en determinados supuestos.
La matrícula roja debe usarse correctamente. No sirve para circular libremente con cualquier vehículo ni para entregar un vehículo a un cliente para su uso normal.
No cualquier particular o empresa puede solicitar una matrícula roja. Este permiso está pensado para empresas, entidades o profesionales relacionados con el sector del vehículo.
Puede corresponder a:
• Fabricantes de vehículos.
• Carroceros.
• Importadores.
• Vendedores de vehículos.
• Distribuidores.
• Compraventas.
• Concesionarios.
• Representantes legales de empresas del sector.
• Museos de automoción o entidades museísticas.
• Laboratorios oficiales para realizar pruebas.
• Empresas y entidades comprendidas en los supuestos admitidos por la DGT.
Antes de preparar la solicitud, revisamos si tu actividad encaja con los requisitos del permiso temporal para empresas. Este punto es clave, porque la matrícula roja no se concede por el simple hecho de tener vehículos en stock o querer mover un vehículo de forma puntual.
Existen diferentes tipos de placa roja según la situación del vehículo. Antes de solicitarla, hay que comprobar qué tipo corresponde a tu caso.
La placa roja S se utiliza para vehículos que no están matriculados en España. Puede aplicarse a vehículos nuevos, vehículos usados de importación o vehículos pertenecientes a colecciones de museos cuando encajan en los supuestos permitidos.
Puede ser tu caso si:
• El vehículo todavía no tiene matrícula española.
• Es un vehículo nuevo pendiente de matriculación.
• Es un vehículo usado de importación.
• Pertenece a una colección de museo de automoción.
• Necesitas realizar traslados, pruebas o movimientos autorizados antes de la matrícula definitiva.
La placa roja V se utiliza para vehículos ya matriculados en España que se encuentran en situación de baja temporal por transmisión, para realizar pruebas con posibles compradores en los supuestos autorizados.
Puede ser tu caso si:
• El vehículo ya tuvo matrícula española.
• Está en baja temporal por transmisión.
• El desplazamiento corresponde a una prueba con posibles compradores dentro de las condiciones autorizadas.
• Hay que revisar la documentación antes de circular con permiso temporal.
En GESTORÍADGT revisamos tu caso para indicar si corresponde placa roja S, placa roja V u otro trámite distinto.
La matrícula roja sirve para circular temporalmente con vehículos en supuestos concretos autorizados. No es una solución general para circular con cualquier vehículo sin matrícula definitiva.
Puede utilizarse para:
• Realización de pruebas técnicas.
• Ensayos de investigación.
• Transporte del vehículo.
• Traslados, mantenimiento o exhibición justificada de vehículos pertenecientes a museos o colecciones museográficas.
• Pruebas con posibles compradores.
Cada uso debe estar justificado y documentado. Además, antes de cada desplazamiento debe rellenarse el boletín de circulación correspondiente del libro-talonario reconocido por la DGT. Sin boletín, el permiso no es válido para ese viaje.
La matrícula roja tiene límites. No debe utilizarse como si fuera una matrícula ordinaria ni como una autorización para circular libremente.
Las placas rojas no pueden utilizarse para:
• Entregar un vehículo al cliente para uso normal.
• Circular fuera de los trayectos autorizados.
• Utilizar un vehículo como si ya estuviera matriculado definitivamente.
• Evitar la matriculación ordinaria cuando corresponde.
• Circular sin el boletín de circulación cumplimentado para ese viaje.
• Circular sin seguro cuando el vehículo vaya a circular.
• Mover vehículos que no encajan con la autorización temporal concedida.
• Usar placas rojas en una actividad que no esté vinculada al sector del vehículo.
Antes de solicitar el permiso, revisamos si el uso que necesitas encaja realmente con matrícula roja.
Para circular con placas rojas es obligatorio disponer de un libro-talonario foliado y previamente reconocido por la Jefatura que expidió el permiso. Antes de cada viaje debe cumplimentarse por duplicado un boletín fechado y firmado.
El boletín identifica, entre otros datos:
• El permiso temporal y el vehículo.
• El número de bastidor.
• El titular, el conductor y su permiso de conducir.
• La finalidad del viaje.
• El origen, destino o itinerario.
• La vigencia del permiso temporal.
El conductor lleva el original y la copia queda encuadernada como matriz. La tasa DGT 4.1 para el reconocimiento o sellado del talonario es de 8,67 €, distinta de la tasa del permiso. La Jefatura puede solicitar el libro y los boletines en los términos previstos por la normativa.
La documentación se concreta según la empresa, la representación y el uso previsto. Para la solicitud ordinaria, la DGT exige de forma general:
• Solicitud con los datos de la empresa o entidad.
• Identificación electrónica para la presentación por internet.
• Justificante o pago de la tasa DGT 1.4, actualmente de 20,61 €.
• Representación previamente autorizada cuando actúe un tercero.
• Autorización para consultar la actividad frente a la AEAT, el Gobierno de Navarra o la Hacienda Foral que corresponda.
• Si esa consulta no devuelve información válida, el último recibo del IAE o una acreditación oficial de la actividad cuando no exista sujeción al impuesto.
• Declaración responsable de disponer de licencia municipal de apertura o de las autorizaciones administrativas necesarias para ejercer la actividad.
Los museos o colecciones museográficas deben añadir la pertenencia del vehículo a la colección y justificar el motivo del permiso o traslado. Las pruebas o ensayos extraordinarios requieren además su documentación específica. Revisamos lo que tengas antes de preparar la presentación.
Las empresas de compraventa y concesionarios pueden necesitar placas rojas para realizar pruebas con posibles compradores, mover vehículos entre instalaciones o gestionar vehículos que todavía no tienen matrícula ordinaria definitiva.
En estos casos revisamos:
• Actividad de la empresa.
• Datos del establecimiento.
• Documentación acreditativa.
• Tipo de vehículos que se van a mover.
• Si corresponde placa roja S o V.
• Necesidad de libro-talonario.
• Uso previsto de las placas.
• Seguro y documentación de circulación.
• Justificación del permiso temporal.
La matrícula roja no debe utilizarse para entregar un vehículo al cliente para su uso ordinario. Está pensada para movimientos profesionales autorizados.
Los importadores pueden necesitar placas rojas cuando trabajan con vehículos procedentes de otros países que todavía no están matriculados en España.
En estos casos puede corresponder revisar:
• Vehículos usados de importación.
• Vehículos nuevos pendientes de matriculación.
• Documentación de origen.
• Documentación de importación.
• Situación administrativa del vehículo.
• Traslados autorizados.
• Pruebas técnicas o transportes autorizados.
• Tipo de placa roja que corresponde.
• Seguro y boletines de circulación.
Antes de iniciar la solicitud, revisamos si el vehículo y la empresa encajan en el supuesto de permiso temporal para empresas.
Fabricantes, carroceros y distribuidores también pueden necesitar permisos temporales para realizar pruebas técnicas, ensayos de investigación o transporte en los supuestos autorizados.
Podemos revisar:
• Actividad de la empresa.
• Tipo de vehículo.
• Motivo de la solicitud.
• Documentación técnica.
• Necesidad de pruebas o traslados.
• Permiso temporal adecuado.
• Uso previsto del vehículo.
• Documentación que debe acompañar la circulación.
Cada expediente debe justificarse correctamente. No basta con solicitar la matrícula roja: hay que acreditar que el permiso temporal corresponde al uso real.
Los museos de automoción o entidades museísticas pueden necesitar placas rojas para traslados, exhibiciones o movimientos de vehículos pertenecientes a su colección, cuando el caso encaja en los supuestos permitidos.
En estos casos revisamos:
• Que el vehículo pertenece a una colección de automoción.
• Motivo del traslado o exhibición.
• Documentación del museo o entidad.
• Situación del vehículo.
• Si está matriculado o no.
• Si la documentación ordinaria está en vigor.
• Justificación del uso temporal.
• Tipo de placa roja que puede corresponder.
Estos expedientes requieren especial cuidado porque no se trata de un uso comercial ordinario, sino de un permiso temporal vinculado a una finalidad concreta.
El permiso temporal para empresas con placas rojas se concede por un año improrrogable. El cómputo comienza el primer día del mes siguiente a la fecha de expedición.
Esto significa que la empresa debe tener claro:
• Para qué necesita el permiso.
• Qué vehículos va a mover.
• Qué usos están permitidos.
• Cómo debe rellenar los boletines.
• Qué documentación debe conservar.
• Entregar el permiso y las placas a Tráfico dentro de los cinco días siguientes a su caducidad.
No conviene plantear la matrícula roja como una solución indefinida. Es un permiso temporal y debe utilizarse dentro de su periodo de validez.
El coste de solicitar matrícula roja puede depender de la tasa aplicable, de la documentación necesaria, del tipo de empresa, del expediente y de la gestión requerida.
En el coste pueden intervenir:
• Tasa 1.4 del permiso temporal: 20,61 €.
• Preparación documental.
• Acreditación de actividad.
• Revisión de representación.
• Tramitación de la solicitud.
• Tasa 4.1 de reconocimiento del libro-talonario: 8,67 €.
• Adquisición del libro-talonario y de las placas físicas.
• Honorarios de gestión.
Antes de iniciar el trámite, revisamos tu caso y te indicamos qué documentación hace falta y qué coste puede tener la gestión.
El plazo para obtener una matrícula roja depende de la documentación disponible, de la empresa solicitante, del tipo de permiso temporal y de la revisión del expediente.
El trámite puede avanzar mejor si:
• La empresa acredita correctamente su actividad.
• La representación está clara.
• La tasa está preparada.
• La documentación está completa.
• El uso previsto está justificado.
• No hay dudas sobre el tipo de placa roja que corresponde.
• El expediente se presenta correctamente.
Puede retrasarse si falta documentación, si no se acredita la actividad, si el uso no encaja con el permiso temporal o si hay que subsanar información.
Nuestro proceso está pensado para revisar primero si la empresa cumple los requisitos y después preparar la solicitud del permiso temporal.
Nos escribes por WhatsApp y nos indicas qué empresa solicita la matrícula roja, qué actividad realiza, qué vehículos necesita mover y para qué uso concreto.
Comprobamos si la empresa está vinculada al sector del vehículo y si el uso previsto encaja con el permiso temporal para empresas.
Revisamos si corresponde placa roja S, placa roja V u otro trámite distinto.
Te explicamos qué documentación debe aportar la empresa, qué tasa corresponde y si hace falta preparar documentación adicional.
Cuando el expediente está correcto, preparamos la gestión para solicitar el permiso temporal de circulación para empresas.
Para circular con placas rojas, el vehículo debe estar correctamente cubierto y debe llevar la documentación necesaria durante el desplazamiento.
Antes de utilizar las placas, conviene revisar:
• Permiso temporal de circulación.
• Boletín de circulación rellenado antes del viaje.
• Libro-talonario previamente reconocido por la DGT.
• Datos del vehículo y conductor.
• Trayecto autorizado.
• Seguro válido para circular.
• En los vehículos con placa V, tarjeta ITV en vigor o certificado de características.
• Documentación temporal del país de origen si el vehículo extranjero la necesita para circular en España.
La matrícula roja debe utilizarse con control documental. No es una placa para circular sin justificar el uso.
La empresa debe estar relacionada con el sector del vehículo y debe justificar correctamente la solicitud.
La matrícula verde está orientada a determinados supuestos de particulares o vehículos concretos pendientes de matriculación. La matrícula roja es un permiso temporal para empresas y profesionales del sector.
Las placas rojas no permiten vender y entregar un vehículo al cliente para su uso normal. Solo pueden utilizarse para los trayectos autorizados.
Antes de cada desplazamiento debe rellenarse el boletín de circulación con los datos del vehículo, conductor, trayecto y personas que circulan.
No todos los vehículos encajan en el mismo tipo de placa roja. Hay que revisar si el vehículo no está matriculado en España o si ya está matriculado y en baja temporal por transmisión.
Si la empresa no acredita su vinculación con el sector del vehículo, la solicitud puede complicarse.
El permiso temporal no autoriza cualquier desplazamiento. Hay que respetar el uso concedido y la documentación exigida.
Si el vehículo va a circular, debe tener la cobertura correspondiente. No conviene utilizar placas rojas sin revisar antes este punto.
En GESTORÍADGT revisamos diferentes situaciones relacionadas con la solicitud de matrícula roja.
• Solicitar matrícula roja para compraventa.
• Solicitar placas rojas para concesionario.
• Permiso temporal para empresas del sector del vehículo.
• Placas rojas para vehículos de importación.
• Placa roja S para vehículos no matriculados en España.
• Placa roja V para vehículos en baja temporal por transmisión.
• Placas rojas para pruebas con posibles compradores.
• Placas rojas para transporte de vehículos.
• Placas rojas para fabricantes o carroceros.
• Placas rojas para distribuidores.
• Placas rojas para museos de automoción.
• Revisión de libro-talonario y boletines de circulación.
• Dudas sobre uso correcto de placas rojas.
• Revisión de documentación y requisitos de empresa.
Cada caso se revisa antes de iniciar la gestión para evitar solicitar un permiso que no corresponde.
Solicitar matrícula roja puede complicarse si no se acredita bien la actividad de la empresa, si no se justifica el uso del permiso temporal, si no se identifica correctamente el tipo de placa o si falta documentación.
Con GESTORÍADGT tienes una gestión online enfocada a revisar el caso antes de iniciar el trámite.
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✓ Revisamos si tu empresa puede solicitar placas rojas
✓ Identificamos si corresponde placa roja S o V
✓ Comprobamos documentación, tasa y representación
✓ Revisamos el uso permitido y el libro-talonario
✓ Gestionamos el trámite online en toda España
✓ Evitas iniciar un expediente que no corresponde
Responsable del trámite: GA 1268 COGAS SLP – Gestoría colegiada
Esta página está enfocada a la solicitud de matrícula roja para empresas y profesionales del sector del vehículo. Si quieres consultar todos los tipos de matriculación, matrículas temporales, coches, motos, vehículos extranjeros y otros trámites relacionados, puedes ver la página general de matriculación.
Ver matriculación de vehículos.
También puedes consultar la matrícula roja por provincias y territorios.
Iniciamos la revisión en cuanto recibimos los datos de la empresa y la documentación disponible. Comprobamos qué falta antes de presentar la solicitud. La concesión y el plazo final dependen de la DGT; presentar el expediente todavía no autoriza a circular.
Honorarios de gestión: 95,98 €. Además, 6 € de envío, 6 € de derechos colegiales y 20,61 € de tasa DGT 1.4. El reconocimiento del libro-talonario (tasa 4.1 de 8,67 €), las placas físicas, el talonario y el seguro se presupuestan aparte cuando procedan. Confirmamos el total antes de iniciar.
Honorarios de gestión. Presupuesto confirmado antes de iniciar.
Revisamos la actividad, la documentación y el uso previsto; preparamos la solicitud para su tramitación ante la DGT y te orientamos sobre el libro-talonario y cada boletín de circulación.
Escríbenos WhatsApp 24h. o indícanos tu nombre y teléfono y contactamos contigo
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Pueden solicitarlas empresas o entidades vinculadas al sector del vehículo, como fabricantes, carroceros, importadores, vendedores, distribuidores, compraventas, concesionarios, museos de automoción o laboratorios oficiales, cuando cumplan los requisitos.
No. La matrícula roja está destinada a empresas o entidades relacionadas con el sector del vehículo que cumplan los requisitos. Un particular puede necesitar otro permiso temporal, como una placa verde, según el caso.
La matrícula roja está orientada a empresas y profesionales del sector. La matrícula verde suele utilizarse en determinados supuestos de particulares o vehículos concretos pendientes de matriculación.
La placa roja S se utiliza para vehículos no matriculados en España, como vehículos nuevos, usados de importación o vehículos de colección de museos en determinados casos.
La placa roja V se utiliza para vehículos ya matriculados en España que se encuentran en situación de baja temporal por transmisión.
El permiso se concede por un año improrrogable, contado desde el primer día del mes siguiente a su expedición. Al caducar, el permiso y las placas deben entregarse a Tráfico dentro de los cinco días siguientes.
No. Las placas rojas no permiten entregar un vehículo al cliente para su uso normal. Solo se pueden utilizar para los trayectos autorizados por el permiso temporal.
Sí. Para circular con placas rojas es necesario disponer de libro-talonario y rellenar un boletín antes de cada viaje con los datos del vehículo, conductor, trayecto y personas que circulan.
Debe llevarse el permiso temporal, el boletín original cumplimentado para ese viaje y la documentación técnica exigible al vehículo. En una placa V, también la tarjeta ITV en vigor o el certificado de características. El vehículo debe contar con seguro válido.
No. Un mismo permiso puede amparar de forma no simultánea distintos vehículos. Debe cumplimentarse un boletín de circulación independiente antes de cada viaje.
No de forma automática. Su validez fuera de España depende de la reciprocidad entre Estados, por lo que cualquier desplazamiento internacional debe revisarse antes de circular.
Sí. Si el vehículo va a circular, debe contar con cobertura válida. Conviene revisar el seguro antes de utilizar las placas rojas.
La tasa DGT 1.4 del permiso es de 20,61 € y el reconocimiento del libro-talonario lleva, aparte, la tasa 4.1 de 8,67 €. También deben contemplarse los honorarios, el talonario, las placas físicas y el seguro cuando procedan.
Sí. En GESTORÍADGT revisamos la documentación de la empresa y gestionamos la solicitud online cuando el caso encaja con los requisitos.
Sí. Gestionamos solicitudes de matrícula roja online para empresas y profesionales del sector del vehículo en toda España.
Revisamos si tu empresa puede solicitar placas rojas, qué tipo de permiso temporal corresponde y qué documentación necesitas para iniciar la gestión.
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Responsable del trámite: GA 1268 COGAS SLP – Gestoría colegiada
Contenido basado en fuentes oficiales y en la normativa vigente. Revisión y validación profesional a cargo de GA 1268 COGAS S.L.P., sociedad profesional de gestoría administrativa responsable de la prestación de los servicios contratados. Última actualización: 4 de septiembre de 2026.
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