Rehabilitar vehículo con baja definitiva

«Este es el mejor sitio para dar de alta el vehículo con baja definitiva”

Documentos necesarios para rehabilitación de un vehículo en DGT

Modelo 01 DGT (trámites para vehículos DGT): solicitud del impreso oficial correctamente cumplimentado. Ten en cuenta que un mismo modelo sirve para diferentes trámites; asegúrate de que está correctamente a la hora de entregarlo para una solicitud de rehabilitación de vehículo dado de baja.

Para vehículos históricos: justificante para demostrar que el vehículo tiene interés histórico o singularidad emitido por la propia Comunidad Autónoma.

Para vehículos de subasta: acta o certificado de adjudicación para el que se solicita el proceso.

Vehículos de baja definitiva por tránsito comunitario o exportación: en estos casos, el trámite se puede notificar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria para que se hagan las comprobaciones oportunas sobre liquidación/exención del IVA.

Si no eres el titular deberás presentar: documento acreditativo de la propiedad (un contrato, el DNI y el justificante del pago/exención del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales).

Tarjeta ITV: una vez entregues la documentación anterior, el vehículo puede ser llevado a una estación de ITV para que pueda pasarla.

Justificante del pago/exención del impuesto de circulación: justificante del pago, o en su defecto exención, del impuesto de circulación del ayuntamiento en el que esté domiciliado el vehículo.

Para vehículos agrícolas: documento de acreditación de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.

Para autobuses o vehículos de transporte de mercancías: para aquellos con una Masa Máxima Autorizada (MMA) superior a 6 toneladas y una carga que exceda los 3,5 toneladas te van a pedir un certificado de transportes. Se puede sustituir por la verificación electrónica en los registros de DGT.

Tasa 1.1/tasa 1.2 DGT: corresponde a la tasa 1.1. y para este 2023 hay que pagar la cantidad de 99,77€. Para ciclomotores la tasa es la 1.2. y hay que pagar 27,85€.

Mandato GA: corresponde a la autorización que debes presentar para que profesionales como nosotros podamos ocuparnos de todo por ti.

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¡Si tienes dudas o quieres empezar!

Motivos para rehabilitar un vehículo dado de baja definitiva

  1. Que el vehículo esté en situación de baja por exportación: en caso de que dieras de baja un vehículo para llevártelo después al extranjero, y hayas vuelto a España, tendrás la opción de hacer este trámite. Es más, si quieres volver a circular con él en España tendrás que realizarlo. Ya que, no es posible conducir un vehículo que se encuentre en situación de baja. En este caso, primero debes tramitar una rehabilitación de vehículo.
  2. Vehículos dados de baja definitiva:
    -Si no tiene certificado de destrucción: se puede solicitar de manera voluntaria, además se va a poder mantener la misma matrícula que tenía anteriormente.
    -Si tiene certificado de destrucción: solo se puede llevar a cabo este trámite para rehabilitarlo como histórico, así que en estos casos es necesario que esté catalogado como histórico. Ten en cuenta que de esto se ocupa la Comunidad Autónoma que corresponda.
  3. Para vehículos que hayan sido adjudicados en subasta: son vehículos subastados por la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.

¡CUIDADO!: ¿Qué pasa con la ITV y el seguro?

Antes de conducir de nuevo con tu vehículo asegúrate de que tanto la ITV como el seguro esté en regla porque de lo contrario no podrías circular con él por carreteras españolas.

  • Si no tienes la ITV al día tienes que pasarla: si llevas a cabo este trámite, y tu vehículo no tenía la ITV en vigor debes volver a pasarla antes de circular con él. Puedes pedir cita en la estación de ITV que te corresponda. Solo debes indicar que es para una revisión y así vas a obtener el informe favorable. Pero ten cuidado porque si no tiene la ITV debe ir montado en una grúa o cualquier otro medio autorizado para su transporte, ya que no puedes circular con él si no la tuviera en vigor.
  • Contrata una nueva póliza de seguro: lo ideal es que vuelvas a contratar una póliza de seguro o activar la que ya tenías antes y que paralizaste mientras estuvo en estaba de baja. Puedes hablar con tu compañía de seguro para ver las opciones y encontrar una solución.

¿Qué es la rehabilitación de vehículos de oficio?

Cuando el vehículo lleva años en esta situación, o sin cumplir con las inspecciones técnicas, y sin seguro estas oficinas se encargan de llevar a cabo este trámite de “oficio”; esto significa que la DGT actúa de oficio ante estos casos para tramitarla. Es decir, este proceso es reversible. Pero es conveniente que sepas que si tu vehículo lleva años con estas condiciones la DGT actuará de oficio. De igual manera, podrás hacer el trámite contrario si te ocurre esto en algún momento. Para ello, deberás presentar los documentos correspondientes. En resumen, la Jefatura de Tráfico, ante esos casos, se encarga de actuar de oficio. Pero, en caso de que puedas acreditar que el vehículo está listo para volver a circular, lo podrás hacer sin tener ningún problema.

Rehabilitación de vehículos históricos

  • Si has rescatado uno del desguace debes rehabilitarlo: ten en cuenta que si has adquirido uno que estaba en el desguace antes de nada debes ocuparte de este asunto, ya que es más que probable que se encuentre de baja.
  • El vehículo debe cumplir con las condiciones para considerase “histórico”: es importante que tengas en cuenta que si obtienes uno primero se debe catalogar como “histórico” (siempre y cuando cumplan con las condiciones para ello).
  • Debe conservar sin fundir el bastidor original con el número de chasis indeleble grabado: muy importante que el vehículo conserve, al menos, el bastidor original en el que aparezca su número de chasis grabado.
  • Una vez consigas que te lo cataloguen como histórico puedes iniciar la solicitud: puede ocurrir que adquieras un vehículo que puede cumplir con las condiciones para considerarse como “histórico”. En estos casos, primero debes conseguir catalogarlo como tal para después iniciar los trámites para una rehabilitación de vehículo.

Opiniones sobre una rehabilitación de vehículo en baja definitiva con GestoríaDGT

Hugo
Hugo
Muy profesionales
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Realizar la rehabilitación de mi vehículo con profesionales ha sido un verdadero acierto porque lo he hecho todo desde casa. Gracias por el trabajo.
Enrique
Enrique
Fácil y cómodo
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¡Gracias por la paciencia y la profesionalidad! Además, por estar pendiente en todo momento y facilitarme un presupuesto.
Mercedes
Mercedes
Excelentes
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Si estáis buscando una gestoría que haga todo en la DGT para alta de vehículo con baja definitiva de una manera rápida y sencilla no dudéis en llamar a GestoríaDGT. Y con precios muy económicos.
Pedro
Pedro
Buena atención
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Sin duda, ha sido un acierto contar con profesionales para hacer todo este trámite.

Preguntas frecuentes al rehabilitar vehículos

Lo más habitual cuando te enfrentas a este trámite es que tengas dudas; la falta de información, el no saber cómo hacerlo, ni siquiera sabes por dónde empezar en la DGT una rehabilitación con baja definitiva puede ocasionar problemas. Por este motivo, hemos recogido las respuestas a las preguntas que más se repiten entre nuestros propios clientes. No obstante, recuerda que, si después de terminar de leer sigues teniendo dudas al respecto, lo mejor es que nos llames directamente para aclararlas. Nos puedes contactar desde Sevilla, Barcelona, Valencia o cualquier otra provincia o localidad española.

Con GestoríaDGT cuesta 105,59€: 89,92€ IVA incl. (honorarios gestor de tráfico) + 6€ (envío) + 1€ (derechos colegiales) + 8,67€ (tasas DGT 2023).

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Sí, las oficinas de tráfico contemplan esta situación cuando te has llevado tu vehículo fuera del país y regresas a territorio español.

Si este es tu caso debes tener en cuenta que solo es posible para vehículos anteriores al 2004 que sean considerados como históricos.

No, es la propia Jefatura de Tráfico quien se encarga de comunicárselo y ellos se van a ocupar de pasar el nuevo impuesto de circulación cuando sea necesario.

No, en estos casos se hace una revisión por “rehabilitación”. Además, debes indicarlo cuando vayas a pedir cita en el momento de tener que pasar la ITV.

Sí, para ello debes presentar un contrato o documento notarial para acreditar la propiedad. También debes incluir el DNI del propietario y un justificante del pago o exención del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). O una factura como documento acreditativo.

No, está destinada para cuando es baja definitiva, para el otro supuesto solo debes volver a darlo de alta y listo.

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por GestoríaDGT

Profesionales especializados en las áreas de tráfico y transporte, tanto para vehículos como conductores en todo el territorio nacional. Estamos avalados por: Máster en gestión administrativa (Gestores administrativos colegiados e inscritos en el Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España).

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