Notificación de venta DGT

Te ayudamos a comunicar la venta de tu vehículo a la DGT

Notificación de venta DGT online con GESTORÍADGT

Si has vendido un coche, moto, furgoneta o cualquier otro vehículo, puedes comunicar la venta a la DGT mediante la notificación de venta del vehículo. Este trámite es especialmente importante cuando el comprador todavía no ha hecho la transferencia o cambio de titularidad. La DGT indica que, tras firmar el contrato de compraventa, el comprador tiene un plazo máximo de 30 díaspara realizar la transferencia del vehículo. Mientras no se haga el cambio de titularidad o la notificación de venta, pueden seguir llegando al vendedor multas de radar fijo, avisos relacionados con seguro, ITV u otros problemas vinculados al vehículo. En GESTORÍADGT te ayudamos a revisar el caso, preparar la documentación, comprobar la tasa DGT y gestionar la notificación de venta cuando procede.

✓ Notificación de venta DGT online
✓ Para coche, moto, furgoneta o vehículo vendido
✓ Ayuda si el comprador no hace la transferencia
✓ Revisión de contrato, tasa y documentación
✓ Justificante de presentación y seguimiento
✓ Gestión con gestores administrativos colegiados
✓ Atención por WhatsApp

¿Quieres consultar la información adaptada a tu zona? Revisa la notificación de venta de vehículos por provincias y territorios.

Qué es la notificación de venta DGT

La notificación de venta DGT es el trámite mediante el cual el vendedor comunica a Tráfico que ha vendido un vehículo. No es lo mismo que la transferencia. La transferencia o cambio de titularidad la debe realizar el comprador para poner el vehículo a su nombre. La notificación de venta sirve para que el vendedor deje constancia de que ya ha transmitido el vehículo y evitar problemas si el comprador se retrasa.

La DGT recomienda notificar la venta lo antes posible y no esperar a que el comprador haga la transferencia, porque algunos compradores se demoran y eso puede causar problemas al vendedor. Además, la DGT indica que el comprador será responsable de las sanciones impuestas al vehículo después de la fecha de notificación de venta.

También se busca como:

  • notificación de venta de vehículo;
  • notificar venta vehículo DGT;
  • comunicar venta vehículo DGT;
  • notificar venta coche DGT;
  • comunicar venta coche a Tráfico;
  • aviso de venta DGT;
  • notificación de transmisión de vehículo;
  • he vendido mi coche y el comprador no transfiere.

Cuándo debes notificar la venta de un vehículo

Debes plantearte hacer la notificación de venta si has vendido un vehículo y quieres protegerte frente a posibles problemas posteriores.

Es especialmente recomendable si:

  • has vendido un coche a un particular;
  • has vendido una moto;
  • el comprador todavía no ha hecho la transferencia;
  • no sabes si el comprador cambiará el titular;
  • quieres evitar multas posteriores;
  • quieres dejar constancia oficial de la fecha de venta;
  • has firmado contrato de compraventa;
  • te preocupa que el vehículo siga a tu nombre;
  • el comprador se ha comprometido a transferir y no lo ha hecho;
  • quieres tener justificante de la comunicación a la DGT.

La DGT aconseja no entregar el vehículo sin tener el contrato original de compraventa firmado por comprador y vendedor, con los datos del vehículo, comprador, vendedor, precio, fecha y hora de firma. También recomienda obtener copia del DNI, NIF o tarjeta de residencia del comprador.

He vendido mi coche y el comprador no hace la transferencia

Este es el caso más habitual. Has vendido el coche, el comprador se llevó el vehículo, pero pasan los días y el cambio de titularidad no se ha realizado. La DGT indica que el comprador tiene un plazo máximo de 30 días desde la firma del contrato para hacer la transferencia. Aun así, recomienda al vendedor notificar la venta cuanto antes, sin esperar a que el comprador haga el trámite.

Si el comprador no transfiere, puedes tener problemas como:

  • multas vinculadas al vehículo;
  • avisos de ITV;
  • incidencias con seguro;
  • impuestos o reclamaciones;
  • dudas sobre quién tenía el vehículo en una fecha concreta;
  • problemas si el vehículo circula, se abandona o se sanciona;
  • pérdida de control administrativo sobre la operación.

La notificación de venta no hace que el vehículo pase automáticamente a nombre del comprador, pero sí comunica oficialmente la venta a la DGT y ayuda a proteger al vendedor.

He vendido mi coche y sigue a mi nombre: qué comprobar

Reúne el contrato y los justificantes de cualquier gestión presentada. Un contrato firmado, un resguardo de solicitud y el cambio de titularidad terminado son documentos distintos.

  • Solo tienes el contrato: no demuestra que el Registro de Vehículos se haya actualizado.
  • Te han enviado un resguardo: comprueba la matrícula, el nombre del trámite y si acredita la presentación o su resolución.
  • Ya notificaste la venta: conserva el justificante y revisa su fecha antes de presentar otra solicitud.

Si alguien está gestionándolo por ti, pídele el justificante correspondiente. Una captura de una conversación no lo sustituye. Si falta el contrato o no puedes identificar al comprador, explica qué documentación conservas: no completes datos de memoria ni firmes en su nombre.

Si recibes una multa o un requerimiento, revisa el organismo que lo emite y el plazo para responder. Notificar la venta ahora no cancela automáticamente procedimientos anteriores.

Notificación de venta y transferencia: diferencia importante

La notificación de venta y la transferencia no son lo mismo

Trámite

Quién lo hace

Para qué sirve

Notificación de venta

Vendedor o representante autorizado

Comunicar a la DGT que el vehículo ha sido vendido

Transferencia o cambio de titularidad

Comprador o gestoría autorizada

Poner el vehículo a nombre del comprador

Contrato de compraventa

Comprador y vendedor

Acreditar la venta entre las partes

Informe DGT

Comprador o vendedor

Revisar situación administrativa del vehículo

La DGT aclara que la notificación de venta no exime al comprador de realizar el cambio de titularidad. Hasta que el comprador no haga la transferencia, no se expedirá el nuevo permiso de circulación del vehículo.

En resumen:

* si eres vendedor y quieres protegerte, haces notificación de venta;
* si eres comprador y quieres poner el vehículo a tu nombre, haces transferencia;
* si las dos partes quieren cerrar correctamente la operación, lo ideal es que la transferencia se tramite cuanto antes.

Desde cuándo tiene efecto la notificación de venta

La fecha de efecto es muy importante. La DGT indica que la notificación de venta tiene como fecha de vigor el día en que se realiza la notificación, no la fecha de firma del contrato. Por eso es importante realizarla lo antes posible.

Ejemplo práctico:

  • firmas contrato el día 1;
  • entregas el coche el día 1;
  • el comprador no transfiere;
  • haces la notificación de venta el día 10.

La notificación tendrá efecto desde el día 10, no desde el día 1. Por eso, si acabas de vender un vehículo y no estás seguro de que el comprador vaya a transferirlo rápido, conviene actuar cuanto antes.

Multas, ITV, seguro e impuestos después de vender un coche

Uno de los motivos principales para hacer la notificación de venta es evitar problemas después de vender el vehículo. Mientras no se haya producido el cambio de titularidad en el Registro de Vehículos o no se haya hecho la notificación de venta, la DGT advierte de que multas de radares fijos, seguro o ITV pueden seguir llegando al vendedor. La notificación de venta ayuda a evitar que el vendedor siga vinculado a problemas posteriores a la venta.

Puede ser útil si te preocupa:

  • una multa posterior a la venta;
  • una sanción de radar fijo;
  • un aviso por ITV;
  • un problema con el seguro;
  • una reclamación relacionada con el vehículo;
  • un accidente o incidencia posterior;
  • que el comprador no haya hecho el cambio de nombre.

La DGT indica que, al notificar la venta, el nuevo comprador será responsable de cualquier sanción impuesta al vehículo después de la fecha de notificación de venta.

Documentación necesaria para notificar la venta

Para hacer la notificación de venta, normalmente hay que revisar:

  • contrato de compraventa firmado por comprador y vendedor;
  • factura, si el vendedor es empresa;
  • identificación del vendedor;
  • datos del comprador;
  • matrícula del vehículo;
  • fecha y hora de venta;
  • tasa DGT 4.1;
  • autorización si actúa una gestoría o representante;
  • documentación adicional si hay embargo, precinto, vehículo agrícola u otro supuesto especial.

La DGT indica que para el trámite online se necesita certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, abonar la tasa correspondiente, y aportar contrato firmado en todas sus hojas por comprador y vendedor o factura si el vendedor es empresa, digitalizados. Para el trámite presencial se debe aportar impreso oficial, identificación, contrato o factura y justificante de pago de la tasa 4.1. En GESTORÍADGT revisamos la documentación antes de iniciar el trámite para evitar errores o subsanaciones.

Contrato de compraventa, fecha y hora de entrega

El contrato es una pieza clave. La DGT recomienda no entregar el vehículo sin tener el contrato original firmado por comprador y vendedor. En el contrato no deben faltar los datos del vehículo, DNI/NIE/NIF de comprador y vendedor, precio, fecha y hora de firma, y debe estar firmado por ambas partes en todas sus hojas. La hora de entrega también es importante. Si vendes el vehículo y más tarde llega una multa, poder acreditar fecha y hora ayuda a defender cuándo dejó de estar el vehículo bajo tu control.

En GESTORÍADGT revisamos:

  • que el contrato esté firmado;
  • que figure el comprador;
  • que figure el vendedor;
  • que aparezca matrícula;
  • que conste fecha;
  • que conste hora de entrega;
  • que el documento sea legible;
  • que la documentación permita presentar la notificación correctamente.

Tasa DGT y precio de la notificación de venta

La notificación de venta tiene tasa DGT. La DGT indica que para realizar la notificación de venta de un vehículo hay que pagar la tasa 4.1 de 8,67 €. Si el trámite se realiza por internet, puede pagarse en el propio formulario o aplicarse una tasa adquirida previamente; en el trámite presencial se puede pagar en oficina con tarjeta, nunca en metálico. Si gestionas el trámite con GESTORÍADGT, al importe de la tasa pueden añadirse honorarios profesionales por:

  • revisión del contrato;
  • comprobación de documentación;
  • preparación de la solicitud;
  • presentación o coordinación del trámite;
  • representación cuando proceda;
  • seguimiento;
  • ayuda si hay subsanación;
  • atención por WhatsApp.

Antes de iniciar la gestión te indicamos el precio para que sepas exactamente qué incluye.

Justificante de notificación de venta

Al realizar el trámite online, es importante conservar el justificante de presentación. La DGT indica que, tras enviar la solicitud, debes conservar el justificante. Además, señala que en un plazo aproximado de una semana enviará un justificante de la notificación de venta al correo electrónico indicado en la solicitud. También advierte que la presentación por Registro no es un trámite automático y que se tendrá en cuenta la fecha en la que fue presentada la solicitud.

En GESTORÍADGT te orientamos sobre:

  • justificante de presentación;
  • estado del trámite;
  • subsanaciones;
  • documentación pendiente;
  • correo de confirmación;
  • resolución del trámite;
  • conservación de justificantes por seguridad.

No prometemos “al instante”. Preparamos el trámite correctamente, que presentan gestores administrativos colegiados, y te ayudamos a seguirlo hasta cerrarlo.

Cómo notificar la venta de un vehículo online

La notificación de venta puede realizarse online si se dispone de los medios de identificación y documentación necesaria. Para tramitarla por internet, la DGT indica que se debe acceder con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, revisar datos personales, completar los datos de contacto, indicar la matrícula, introducir los datos de comprador y vendedor, pagar o aplicar la tasa 4.1 y adjuntar la documentación digitalizada, como contrato o factura.

👉 Podemos ayudarte si:

✓ no quieres hacerlo por tu cuenta;
✓no sabes qué documentación adjuntar;
✓el contrato no está claro;
✓el comprador no ha transferido;
✓necesitas notificar una venta antigua;
✓te preocupa recibir multas;
✓necesitas conservar justificante;
✓hay embargo, precinto o reserva de dominio;
✓el vehículo es agrícola, histórico o tiene un supuesto especial.

Quién puede hacer la notificación de venta

La notificación de venta debe realizarla el vendedor del vehículo o una persona autorizada en su nombre. La DGT indica que la notificación de venta debe hacerla siempre el vendedor o cualquier persona autorizada en su nombre. También indica que, si actúa un representante, puede designarse mediante el Registro de Apoderamientos o mediante modelo de autorización en trámites presenciales. En GESTORÍADGT podemos actuar como gestoría autorizada cuando el caso lo permite y la documentación está correctamente preparada. Si eres comprador, tu trámite principal no es la notificación de venta: lo que necesitas es la transferencia o cambio de titularidad.

Modelo 02, impreso oficial y autorización

Algunas personas buscan modelo 02 DGT, modelo notificación de venta DGT o impreso oficial de solicitud. En la notificación de venta pueden intervenir varios documentos

Documento

Para qué sirve

Contrato de compraventa

Acredita la venta del vehículo

Factura

Acredita la venta si el vendedor es empresa

Impreso oficial

Se usa en determinados canales presenciales o supuestos

Autorización

Permite que otra persona o gestoría actúe en tu nombre

Tasa 4.1

Pago oficial del trámite

Justificante

Acredita la presentación o resolución del trámite

En GESTORÍADGT revisamos qué documentación se necesita en tu caso concreto y evitamos que presentes un formulario incompleto o documentación que no corresponde.

Vehículo con reserva de dominio, embargo o precinto

 

Antes de notificar la venta, conviene revisar si el vehículo tiene alguna limitación. La DGT indica que, para poder realizar la notificación de venta, el vehículo debe estar de alta administrativa, tener abonado el impuesto de circulación del año anterior, haber pagado sanciones relacionadas con infracciones del vehículo, estar libre de limitaciones de disposición como reserva de dominio salvo consentimiento o subrogación, y estar libre de embargos y precintos o contar con documento firmado por el comprador indicando que conoce esa situación.

Reserva de dominio
Si el vehículo tiene reserva de dominio, puede impedir la notificación de venta y la transferencia hasta que se cancele o la financiera autorice la operación. La DGT indica que, si existe reserva de dominio registrada, no se puede realizar el cambio de titularidad ni la notificación de venta hasta justificar el pago completo o contar con autorización/subrogación.
Embargo
Con embargo, puede ser posible notificar o transferir, pero se necesita un documento firmado por el comprador indicando que conoce la situación, o que quede reflejado claramente en el contrato.
Precinto
Con precinto, también puede ser posible notificar o transferir si se acredita que el comprador conoce la situación, pero la DGT advierte que no podrá emitirse el permiso de circulación del vehículo transferido y no podrá circular hasta cancelar el precinto.

Notificación de venta de coche o moto

La notificación de venta puede aplicarse a distintos tipos de vehículos.

Puede usarse para:

  • coche;
  • moto;
  • furgoneta;
  • camión;
  • vehículo industrial;
  • vehículo agrícola;
  • vehículo histórico;
  • vehículo vendido a particular;
  • vehículo vendido a profesional o compraventa.

Lo importante es que exista una transmisión acreditada mediante contrato o factura y que se cumplan los requisitos previos del trámite. Si has vendido una moto, el planteamiento es el mismo: si el comprador no realiza el cambio de titularidad, la notificación de venta puede ayudarte a comunicar oficialmente la venta a la DGT.

Notificación de venta a un compraventa profesional

Si entregas el vehículo a una empresa de compraventa, el caso puede tener particularidades. La DGT indica que, si el comprador es un compraventa, en determinados supuestos el vehículo puede quedar en baja temporal al hacer la notificación, por lo que no podrá circular hasta que se tramite su alta. También recoge instrucciones específicas para entrega de vehículo a compraventa.

En estos casos conviene revisar:

  • si el comprador es particular o profesional;
  • si existe factura;
  • si hay contrato;
  • si el vehículo va a quedar temporalmente en baja;
  • si puede circular;
  • si el trámite correcto es notificación de venta o entrega a compraventa.

En GESTORÍADGT revisamos el caso antes de presentar la solicitud.

Si eres tú la compraventa, consulta nuestra gestoría para compraventa de vehículos.

Anular una notificación de venta DGT

Algunas personas buscan cómo anular una notificación de venta DGT.

Puede ocurrir si:

  • se presentó una notificación con datos erróneos;
  • la compraventa no llegó a cerrarse;
  • hubo un error en comprador, matrícula o documentación;
  • se notificó una operación equivocada;
  • la DGT requiere subsanación.

No conviene presentar una anulación o rectificación sin revisar antes el caso y los documentos. Si durante la solicitud online la DGT detecta un problema, puede enviar un correo indicando qué documentos debes presentar para subsanar. La propia DGT explica que, al subsanar, no se modifican los datos de la solicitud, sino que se adjunta nueva documentación. En GESTORÍADGT podemos revisar qué ha ocurrido y orientarte sobre la vía adecuada.

📝Cómo se tramita la notificación de venta con GESTORÍADGT

1. Nos explicas la venta

Nos indicas si has vendido un coche, moto, furgoneta u otro vehículo, cuándo se firmó el contrato y si el comprador ya ha hecho la transferencia.

2. Revisamos la documentación

Comprobamos contrato, datos del comprador, datos del vendedor, matrícula, fecha, hora y firma de las partes.

3. Revisamos si el vehículo puede notificarse

Comprobamos si puede haber problemas por reserva de dominio, embargo, precinto, baja temporal, vehículo agrícola o supuesto especial.

4. Te indicamos tasa y precio

Te explicamos la tasa DGT y nuestros honorarios antes de iniciar el trámite.

5. Preparamos la solicitud

Organizamos la documentación y preparamos la presentación de la notificación de venta.

6. Los gestores administrativos colegiados presentan o coordinamos el trámite

Los gestores administrativos colegiados realizan la gestión cuando el expediente está completo y el caso encaja.

7. Te ayudamos con justificante y seguimiento

Te orientamos sobre justificante de presentación, correos de la DGT, subsanaciones y cierre del trámite.

⚠️ Errores frecuentes al vender un vehículo

Estos son errores habituales:

  • entregar el coche sin contrato firmado;
  • no poner la hora de entrega en el contrato;
  • no pedir copia del DNI/NIE/NIF del comprador;
  • esperar a que el comprador haga la transferencia;
  • no notificar la venta;
  • confiar en un acuerdo verbal;
  • no conservar justificantes;
  • firmar un contrato incompleto;
  • no revisar si hay reserva de dominio;
  • vender con embargo o precinto sin documentarlo bien;
  • no comprobar si el vehículo está de alta;
  • confundir notificación de venta con transferencia;
  • pensar que la notificación pone el coche a nombre del comprador;
  • no revisar correos de subsanación de la DGT.

Evitar estos errores puede ahorrarte multas, reclamaciones y problemas posteriores.

Más de 1.700 clientes ya han dejado su opinión

Opiniones publicadas por clientes en Google y Trustpilot. Mostramos el total y la nota media de cada plataforma, sin elegir ninguna; no las verificamos nosotros. Datos consultados el 3 de octubre de 2026.

Notificación de venta paso a paso

Estos son los cuatro momentos que importan cuando vendes un vehículo a un particular, según la sede de la DGT y el Reglamento General de Vehículos:

  1. El día de la venta: contrato firmado por los dos en cada hoja, con fecha y hora de la firma, y copia del DNI, NIE o NIF del comprador. Sin contrato o factura no se puede notificar.
  2. Antes de 10 días (mejor ese mismo día): se presenta la notificación con la tasa 4.1, de 8,67 €. Surte efecto desde el día en que se presenta, no desde la fecha del contrato.
  3. Justificante: si se presenta por internet, la DGT lo envía por correo electrónico en una semana aproximadamente. Revisa también la carpeta de spam por si la DGT pide subsanar algo.
  4. Después: Tráfico anota al comprador como titular, pero no le da permiso de circulación hasta que haga la transferencia. Avisa también a tu aseguradora en 15 días.

Plazos y tasas de vender un vehículo, en una tabla

TrámiteQuiénPlazoTasa DGT 2026
Notificación de venta a un particularVendedor10 días desde la venta4.1 · 8,67 €
Transferencia (cambio de titular)Comprador30 días desde el contrato1.5 · 55,70 €
Entrega a un compraventa (baja temporal por transmisión)Vendedor10 días desde la entrega4.1 · 8,67 €
Compraventa que no ha vendido el vehículoCompraventa1 año desde la entrega: lo pone a su nombre1.5 · 55,70 €
Informe reducido para comprobar el vehículoCualquieraAntes de venderGratis

Las tasas de la DGT son las mismas en todas las provincias y se actualizan cada año; estos importes son los de la sede en octubre de 2026. El precio de GESTORÍADGT por la notificación de venta es de 60 € con la tasa incluida.

Casos y dudas de la notificación de venta

¿Desde qué día dejo de responder de las multas?

Desde el día en que presentas la notificación. Las sanciones impuestas al vehículo después de esa fecha son responsabilidad del comprador. Si no notificas, sigues siendo titular a efectos de tráfico hasta que el vehículo se inscriba a nombre de otra persona, y te pueden seguir llegando las multas de radar, seguro o ITV (Reglamento General de Vehículos, art. 32.1).

¿La notificación sustituye a la transferencia?

No. La Jefatura anota al comprador como nuevo titular, pero no se expide el permiso de circulación: el comprador sigue teniendo que hacer la transferencia en 30 días, y hasta entonces el vehículo no puede circular. Si pasan los 30 días, el Reglamento prevé la inmovilización del vehículo y un procedimiento sancionador para el comprador.

Vendo el coche a un compraventa

Si el compraventa lo compra para revenderlo, el trámite es la entrega a compraventa: el vehículo pasa a baja temporal y el compraventa queda como poseedor y responde de las infracciones mientras lo tenga. Se pide en 10 días con la tasa 4.1 (8,67 €) y no se puede hacer si hay un embargo. Si se notifica la venta a un compraventa, hay que marcar la casilla «Compraventa» y firmar los dos el impreso (sede de la DGT).

Mi coche tiene reserva de dominio, embargo o precinto

Con reserva de dominio no se puede notificar la venta ni transferir hasta cancelarla en el Registro de Bienes Muebles (la DGT calcula unos 15 días) o hasta que el comprador asuma la deuda. Con embargo sí, si el comprador firma que lo conoce o así consta en el contrato; el embargo sigue. Con precinto también, pero no se expide permiso y el vehículo no circula hasta cancelarlo.

Requisitos del vehículo antes de notificar

Tiene que estar de alta (si está en baja temporal, hay que darlo de alta antes), con el impuesto de circulación del año anterior pagado y sin sanciones pendientes del propio vehículo. Lo más rápido para comprobarlo es el informe reducido de la DGT, que es gratis.

¿Cómo compruebo después que el comprador hizo la transferencia?

En miDGT puedes consultar los vehículos que constan a tu nombre, y la DGT tiene el informe «Vehículos a mi nombre» (los vehículos activos a tu nombre en el momento de la consulta) y el «Informe de titularidad» (si fuiste titular en un rango de fechas). Si el coche sigue apareciendo a tu nombre, revisa con nosotros qué hacer.

Vehículo histórico o patinete eléctrico

La notificación de venta de un vehículo histórico se presenta por el Formulario de Solicitud General de la sede (materia «Cambio de titularidad»), con la tasa 4.1 pagada antes, el impreso oficial y el contrato o factura. Un vehículo de movilidad personal (patinete eléctrico) no se notifica: se hace directamente su transferencia.

Si va otra persona en mi nombre o soy una empresa

Un representante tiene que indicarlo al pedir la cita y llevar el modelo 24 de otorgamiento de representación (gratuito y firmado) o estar dado de alta en el Registro de apoderamientos. Las empresas solo pueden hacerlo por vía electrónica. Los gestores administrativos colegiados presentan notificaciones de venta por el convenio entre la DGT y sus Colegios (BOE 8/6/2024).

Cómo se paga la tasa y qué hacer si ya la compraste

Por internet se paga dentro del formulario o con una tasa comprada antes: su número de 12 cifras está en la última página del justificante. En una oficina, solo con tarjeta, nunca en efectivo. Si compraste varias tasas, comprueba que la que aplicas es la 4.1 (sede de la DGT).

Checklist gratis para comprar o vender un vehículo (PDF). Qué revisar antes de vender, el día de la venta y después, con los plazos y las tasas de la DGT de 2026.

Descargar el checklist (PDF, 2 páginas)

Recurso oficial: la DGT ofrece un modelo de contrato de compraventa en la página de la notificación de venta.

Preguntas frecuentes – FAQ

Es el trámite por el que el vendedor comunica a la DGT que ha vendido un vehículo. Sirve para dejar constancia de la venta y evitar problemas si el comprador tarda en hacer la transferencia.
La notificación de venta no sustituye a la transferencia, que debe realizar el comprador. Pero si eres vendedor, es muy recomendable notificar la venta cuanto antes para dejar constancia ante la DGT y evitar problemas si el comprador no hace el cambio de titularidad en plazo.
Debe hacerla el vendedor del vehículo o una persona autorizada en su nombre. La DGT indica que la notificación de venta debe realizarla siempre el vendedor o un autorizado.
No. La notificación de venta no sustituye al cambio de titularidad. El comprador sigue obligado a hacer la transferencia para poner el vehículo a su nombre.
La DGT indica que, tras la firma del contrato de compraventa, el comprador tiene un plazo máximo de 30 días para realizar la transferencia o cambio de titularidad.
Tiene efecto desde el día en que se realiza la notificación de venta, no desde la fecha de firma del contrato. Por eso conviene hacerla cuanto antes.
No. La DGT indica que siempre es necesario presentar contrato de compraventa original firmado por ambas partes o factura que acredite la venta.
La tasa DGT para la notificación de venta es la 4.1 de 8,67 €.
Normalmente contrato de compraventa firmado o factura, identificación, datos del comprador y vendedor, matrícula, tasa DGT y autorización si actúa una gestoría o representante.

Si el comprador no transfiere, el vehículo puede seguir figurando a tu nombre. La notificación de venta comunica la transmisión a la DGT y ayuda a evitar responsabilidad por sanciones posteriores a la fecha de notificación.

Si no hay transferencia ni notificación de venta, pueden seguir llegando problemas al vendedor. La DGT indica que la responsabilidad de posibles sanciones deja de ser del vendedor desde que se realiza la notificación.

 

Puede ser posible, pero debe aportarse un documento firmado por el comprador indicando que conoce la situación, o que conste claramente en el contrato.

Normalmente no, salvo cancelación o autorización/subrogación, porque la reserva de dominio puede impedir la transferencia y la notificación de venta.

La DGT indica que, tras la solicitud online, en un plazo aproximado de una semana envía un justificante de la notificación de venta al correo electrónico indicado.

El usuario suele buscar “modelo 02” o “impreso oficial” para referirse a formularios de solicitud relacionados con trámites de vehículos. En una notificación de venta, lo importante es presentar el contrato o factura, tasa, datos de comprador y vendedor, y la autorización si actúa una gestoría o representante.

Notifica la venta de tu vehículo con GESTORÍADGT

Si has vendido un vehículo y quieres comunicar la venta a la DGT, en GESTORÍADGT podemos ayudarte a preparar y gestionar la notificación. Revisamos contrato, comprador, vendedor, matrícula, tasa, posibles incidencias y documentación necesaria. Si el comprador no ha hecho la transferencia, actuar rápido puede evitarte problemas.
GESTORÍADGT

✍️ Escrito por GESTORÍADGT

Contenido basado en fuentes oficiales y en la normativa vigente. Revisión y validación profesional a cargo de un gestor administrativo colegiado, responsable de la prestación de los servicios contratados. Última actualización: 23 de octubre de 2026.