Matricular barco

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Documentos necesarios para realizar una matriculación de embarcaciones

Impreso oficial de matrícula: para la solicitud te hace falta presentar el modelo destinado para esta gestión, ya que forma parte de los requisitos para matricular una embarcación. Te aconsejamos que tengas cuidado a la hora de rellenar la documentación; presentar documentos erróneos podría dar lugar a ciertos problemas.

DNI/NIE + pasaporte: debes adjuntar algún método de identificación válido.

Modelo 790/025: justificante del pago de la tasa en el Registro de Buques (modelo 790/025).

Permiso de instalación para aparatos radioeléctricos.

Factura de la compra con el correspondiente IVA.

Modelo 06: correspondiente al “impuesto especial sobre ciertos medios de transportes” para embarcaciones menores a 8 metros.

Modelo 565/576: corresponde al “impuesto especial sobre ciertos medios de transportes” para embarcaciones superiores a 8 metros de eslora. Debe estar abonado a la hora de iniciar la solicitud para este trámite.

Licencia de navegación: es necesario presentar para las embarcaciones inferiores a 7 metros de eslora.

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¡Si tienes dudas o quieres empezar!

Pasos a seguir para matricular una embarcación en España

  1. Certificado de navegabilidad: todas las embarcaciones que estén entre 2,5 y 24 metros de eslora deben llevar este certificado expedido por la administración marítima. Es un documento que va a acredita que se cumplen con las condiciones, así como da constancia de todas las inspecciones técnicas de buques que se han efectuado. Te lo van a proporcionar una vez se supere el reconocimiento inicial.
  2. Certificado de inscripción (inscribir una embarcación): debes informarte sobre inscribir o no una embarcación de recreo, ya que no siempre es obligatorio; aquellas que estén entre los 2,5 y los 12 metros están exentas de la obligación de ser matriculadas, y deben estar fabricados con el marcado CE. Sin embargo, te puedes ocupar de matricularlas por petición expresa del titular. Pero ten en cuenta que si solo está inscrita te ahorras una serie de tasas administrativas, así que es algo más económico. Y solo pueden navegar por el mar territorial español a 12 millas náuticas, y no pueden sobrepasar las zonas de navegación a las que están limitadas.
  3. Matrícula: es obligatorio que te ocupes de este asunto para todos aquellos que superen los 2,5 metros de eslora y que no sean artefactos de playa. Una vez tengas los documentos es hora de iniciar los trámites oportunos.
  4. Abanderamiento: se trata de otorgar el permiso administrativos por el que se da el derecho, y el deber de enarbolar el pabellón español. Está restringido para aquellos que superen los 24 metros de eslora, así que cuidado.

Información de interés sobre las matriculaciones de embarcaciones

  1. Está emitida por la autoridad marítima de cada país: son oficiales y son las autoridades marítimas las encargadas de su emisión.
  2. Son obligatorias: para la gran mayoría son obligatorias, así que si deseas navegar por aguas tantos nacionales como internacionales es mejor que te ocupes de este asunto.
  3. Debe llevarse en todo momento a bordo: en todo momento debes llevarla contigo por si es necesario presentarla cuando se solicita, ya que también va a verificar la identidad de la propia embarcación. Por ejemplo, en las aduanas, controles de seguridad o puertos deportivos entre otros casos.
  4. Algunos países permiten elegir entre diferentes modelos: en función del país puedes elegir distintos tipos como para navegar, matrículas comerciales, de pesca, de deportes acuáticos o para bucear incluso.
  5. Se renueva cada dos años o anualmente: dependiendo del país se puede renovar una vez al año o cada dos años. Lo ideal es informarte sobre la legislación vigente del país en que la tramitas para que no te encuentres ningún problema.
  6. Te pueden sancionar o multar si no tienes una válida: si no la llevas a bordo cuando navegas, y por alguna razón te la piden. te pueden poner una multa, así que ten cuidado con esto para que no te lleves ninguna sorpresa.

Beneficios de una matriculación de embarcación en España

  1. Para identificarlos: es una manera para identificar a cada uno de ellos que se ha registrado, así es más fácil en caso de accidente, robo o pérdida. Además, así también se verifica la propiedad de este.
  2. Te da acceso a puertos y marinas: algunos puertos y marinas solo permiten el acceso a los que estén registrados y debidamente matriculados, así que te da la oportunidad de acceder a más lugares para atracar.
  3. Sacar su seguro: las compañías de seguro piden como requisito que estos barcos estén registrados y matriculados para poderlos asegurar.
  4. Te da derecho a navegar bajo pabellón español: otro de los beneficios es poder navegar en aguas españolas.

¿Por qué motivo tienes que hacer una solicitud de matriculación de una embarcación?

Sobre todo, es por temas legales. En algunos países es obligatorio, así que te puedes enfrentar a serios problemas si decides navegar sin ella. Es una manera de asegurarse que cumplen con los requisitos legales, así como las normas de seguridad, protección del medio ambiente o el pago del impuesto. Así que ten cuidado se decides salir a navegar con una embarcación que no esté debidamente matriculada porque te expones a ciertos problemas.

¿Cómo matricular un barco extranjero en España?

Debes saber que si procede de un país extranjero también tienes que matricularlo aquí, es decir, dentro de territorio español. En estos casos, se sigue el proceso administrativo de importación. Además, debes darlo de baja en su país de origen antes de hacer nada aquí.

  • Documentos generales: ocúpate de reunir los documentos generales mencionados en apartados anteriores.
  • + Certificado de baja + factura o contrato de compraventa + justificante de pago de los impuestos aduaneros: ten en cuenta que para una importada te hace falta presentar un certificado de baja en su país de origen, la factura o contrato de compraventa y el justificante del pago de los impuestos que te exigen por parte de la Aduana.

Tipos de matrículas de embarcaciones

Existen varios tipos que debes conocer antes de nada. Además, la diferencia entre ellas es su uso y las propias características en sí de la embarcación en cuestión. A continuación, nos vamos a ocupar de explicar los diferentes tipos que vas a encontrar para que así tengas contigo toda la información necesaria.

  1. De recreo “matrícula R”: destinada para las de recreo que no se usan para actividades comerciales ni profesionales. De hecho, es la modalidad más común dentro de territorio nacional.
  2. Barcos pesqueros “matrícula P” (pesca profesional): está destinada para todas las que se usan con actividad pesquera comercial, así que en estos casos debes ocuparte de hacer el trámite para una embarcación pesquera. Además, deben cumplir con los requisitos.
  3. Para actividad comercial “matrícula C”: se usa para las destinadas para actividades comerciales o profesionales distintas a la pesca. Por ejemplo, aquí nos vamos a encontrar ante el transporte de pasajeros, trabajos marítimos, turismo, etc.
  4. Especial “matrícula E”: se destina para aquellas que tengan características especiales. Por ejemplo, las que están destinadas para el buceo o salvamento.

¿Cuáles están exentas de hacer la matriculación de una embarcación?

  1. Para aquellas que midan menos de 2,5 metros de eslora: para las que miden menos de 2,5 metros de eslora no debes llevar a cabo este trámite. Por tanto, no tienes que abonar ningún impuesto de matriculación de barcos.
  2. Aparatos flotantes o de playa (artefactos de playa): como las tablas de windsurf, canoas, etc.
  3. Embarcaciones de regatas que estén destinadas a competición: estas se registran en la FEV, así que no es necesario que te ocupes de este asunto.
  4. Embarcaciones históricas y tradicionales: no existe una regulación expresa para ellas respecto al régimen ordinario.
  5. Embarcaciones auxiliares con eslora máxima de 4 metros y potencia 8kw/10 HP: tampoco es necesario que hagas nada si se trata de una auxiliar que cumpla con estas condiciones

¿Qué documentación de barcos de recreo debes llevar a bordo?

  • Certificado de registro marítimo: en él se va a encontrar información actualizada y técnica. Por ejemplo, el nombre, la matrícula, el año de inscripción y/o importación, características, propiedad, etc.
  • Permiso de navegación: contiene información del barco y de su propiedad.
  • Certificado de navegabilidad: va a certificar que se ha sometido a las inspecciones y reconocimientos necesarios, así como que cumple con las normas exigidas actualmente.
  • Seguro de la embarcación: debes incluir la póliza del seguro; en ella debe aparecer las condiciones particulares y el recibo de cobro donde aparezca el nombre y matrícula.

¿Qué significa las listas de matriculación de embarcaciones?

Los barcos tienen un identificativo administrativo que se asigna a través de la matrícula. En la matrícula se encuentra un primer término que corresponde al fin que se le va a dar al barco. Aquí entran estas listas: en total hay nueve, y según la finalidad te vas a encontrar un número u otro.

  • Lista 1ª: plataformas de extracción, remolcadores de navegación de altura, buques de apoyo, y suministro de plataformas.
  • Lista 2ª: nos encontramos ante los buques mercantes, de construcción nacional, o dedicados al transporte de pasajeros o mercancía.
  • Lista 3ª: destinada para los buques de construcción nacional dedicados a la pesca profesional.
  • Lista 4ª: todas las auxiliares de buques de pesca, acuicultura, etc.
  • Lista 5ª: este grupo está destinado para remolcadores de puerto, embarcaciones o artefactos dedicados a ofrecer servicio en puertos o bahías.
  • Lista 6ª: aquí se encuentran las de recreo (hasta los 24 metros de eslora, 3000 GT con capacidad para 12 pasajeros y dedicados a la explotación comercial con fines lucrativos).
  • Lista 7ª: similar al grupo anterior. Destinada para aquellas de recreo con dimensiones semejantes a la anterior, además con capacidad de hasta 12 pasajeros pero que su uso es exclusivo para práctica de deporte o pesca no profesional.
  • Lista 8ª: para todos los que son propiedad de organismos de carácter público (salvamento marítimo, cruz roja…)
  • Lista 9ª: se registran provisionalmente los buques de construcción.

¿Qué es la inscripción de barcos de recreo u otra embarcación?

Consiste en un acto administrativo para dar registro a un barco que cumple con las condiciones establecidas legalmente, aunque no es técnicamente lo mismo que una matriculación como tal. A continuación, podemos ver las diferencias.

  1. No requiere el pago de tasas administrativas: al contrario que una matrícula no es necesario abonas tasas administrativas.
  2. No puede navegar fuera de aguas jurisdiccionales españolas: se traduce a que no puede navegar en una franja de mar comprendida entre la línea base y una línea paralela situada a 6 millas mar adentro.
  3. Embarcaciones inferiores a 12 metros de eslora fabricados con el mercado CE: ten en cuenta que se considera requisito indispensable que cuente con la identificación CE, que tenga un documento emitido por una entidad que acredite el marcado, y que el propio fabricante comunique al Registro Marítimo Española las características a través de una declaración de Conformidad.

Opiniones sobre matriculación de barcos en España online con GestoríaDGT

Bruno
Bruno
Muy profesionales
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Tenía dudas sobre si tenía que hacer este trámite para mi moto de agua, por eso llamé. Al final pude realizar la matriculación de una embarcación con ellos porque son muy económicos.
David
David
Fácil y cómodo
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No sabía nada sobre el impuesto, me dijeron que buscase una gestoría para dejarlo todo en sus manos, un acierto y con un presupuesto acorde a lo que buscaba.
Eva
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Excelentes
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Gracias a unos amigos me decidí a buscar ayuda profesional para la matriculación de embarcaciones de recreo, sin duda, voy a repetir con ellos si me hiciera falta.
Andrés
Andrés
Buena atención
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Estoy muy contento por el trabajo que habéis realizado por mí.

Preguntas frecuentes sobre matriculación de embarcaciones en 2024

Es normal que tengas dudas a la hora de realizar estos trámites; sobre todo si no estás familiarizado con ellos. Así que, para terminar, quédate con nosotros un poco más para leer todas esas preguntas que más se hacen nuestros propios clientes. No obstante, si todavía tienes dudas después de leer estas cuestiones no dudes en llamarnos para conocer toda la información. Con la ventaja de que nos puedes llamar independientemente de dónde te encuentras, si estás en Valencia, Cádiz, Málaga u otra provincia o localidad que pertenezca a territorio español no lo dudes más, llámanos. Además, todo desde casa.

Con GestoríaDGT el precio es 183,23€ + ITP + Modelo 790/025 + Modelo 576: 176,23€ IVA incl. (honorarios gestor de tráfico) + 6€ (envío) + ITP (según CC. AA) + modelo 790/025 (tasa para el Registro de Buques) + modelo 576 (impuesto de matriculación).

En GestoríaDGT, somos titulados oficiales por el Consejo General de Gestores Administrativos de España, y te ayudamos con todo lo que necesitas: documentación necesaria, precios, requisitos... Escríbenos un WhatsApp al 659 876 333.

No, no es obligatorio hacer este trámite para una neumática debido a su tamaño compacto; al no superar la medida obligatoria no estás obligado a realizar el trámite.

Si la lancha supera los 2,5 metros de eslora debes realizar el trámite para la lancha en la Capitanía Marítima correspondiente (presencialmente) o bien contratar los servicios de una gestoría como GestoríaDGT para dejar en manos de profesionales el trámite.

En estos casos, vas a tener que proporcionar información relacionada con él. Por ejemplo, qué tipo de embarcación es, el material, tipo de motor, combustible, etc.

Es obligatorio para todos aquellos que midan más de 2,5 y no sean artefactos de playa.

Debes llevar la matrícula del barco, la licencia de navegación, el certificado de navegabilidad, el certificado de radio, el seguro y si hay tripulación a bordo pues la documentación de la propia tripulación.

Las embarcaciones auxiliares hasta 4 metros de eslora y un motor de 8 kW no deberán matricularse al no cumplir los requisitos de medida. Es decir, al medir menos de lo estipulado no es obligatorio.

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por GestoríaDGT

Profesionales especializados en las áreas de tráfico y transporte, tanto para vehículos como conductores en todo el territorio nacional. Estamos avalados por: Máster en gestión administrativa (Gestores administrativos colegiados e inscritos en el Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España).

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