Transferencia de propiedad de embarcaciones
«Este es el mejor sitio para un cambio de titularidad de embarcación»
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✓Impreso de “transferencia de propiedad de embarcaciones” de la Dirección General de la Marina Mercante: debe estar cumplimentado para poder iniciar la solicitud.
✓DNI del comprador y el vendedor: DNI de ambas partes; deberá estar en vigor.
✓Justificante ITP (Impuesto de Transmisión Patrimonial): el impuesto debe estar abonado para poder poner en marcha la gestión. Dependerá de la Comunidad Autónoma en la que residas.
✓Contrato de compraventa: es necesario que esté firmado por ambas partes, tanto por el comprador como el vendedor. En él debe aparecer el precio por el que se ha acordado la venta final de la embarcación.
✓Certificado de navegabilidad: consiste en un certificado expedido por la Administración Marítima en el cual se reflejan las inspecciones técnicas. Será necesario que lo tengas porque es la manera de demostrar que se cumplen todas las normas para que puedas navegar sin tener ningún problema, así que forma parte de los requisitos para el traspaso de una embarcación.
✓Permiso de navegación: indispensable que se encuentre en vigor; es fundamental que lo tengas porque autoriza a la embarcación a navegar por aguas españolas.
✓Hoja de asiento actualizada (hoja de asiento y registro marítimo español): se trata de una hoja en la que constan datos como la inscripción, matrícula, cambios de propiedad, desacoples y acoples del motor. De esta manera, también vas a conocer toda la información relacionada con la embarcación.
✓Mandato GA: consiste en una autorización para que profesionales especializados, como nosotros, nos podamos ocupar de todo a tu nombre sin que tengas que salir de casa.
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¡Si tienes dudas o quieres empezar!
A continuación, te vamos a dejar varios ejemplos con todos los gastos que debes asumir a la hora de realizar una transferencia de propiedad de embarcación. Para conocer más detalles sobre este punto te aconsejamos que continúes con nosotros un poco más.
EJEMPLO 1: Velero 10 metros de eslora (Comunidad Valenciana)
Precio venta de la embarcación: 50.000€
ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales): 50.000€ / 5%: 2.500€
Gastos GestoríaDGT: 93€ IVA incl. + 7€ (dchos. colegiales + envío)
EJEMPLO 2: Lancha 8 metros de eslora (Asturias)
Precio venta embarcación: 45.000€
ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales): 45.000€ / 4%: 1.800€
Gastos GestoríaDGT: 93€ IVA incl. + 7€ (dchos. colegiales + envío)
EJEMPLO 3: Yate 15 metros de eslora (Andalucía)
Precio venta embarcación: 80.000€
ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales): 80.000€ / 8%: 6.400€
Gastos GestoríaDGT: 93€ IVA incl. + 7€ (dchos. colegiales + envío)
En este último apartado, vamos a dar respuesta a esas preguntas más repetidas que nos han hecho hasta el momento. No obstante, si todavía tienes dudas después de terminar de leer este punto, te recomendamos que nos llames cuanto antes para que recibas el asesoramiento necesario para tus gestiones náuticas: para la solicitud del cambio de titularidad de una embarcación de recreo o cualquier otra gestión náutica. Además, nos puedes contactar desde Madrid, Valencia, Murcia o cualquier otra provincia o localidad.
Con GestoríaDGT el precio por transferir un barco es 100€: 93€ IVA incl. (honorarios gestor de tráfico) + 1€ (derechos colegiales) + 6€ (envío) + IPT (según CC. AA).
En GestoríaDGT, somos titulados oficiales por el Consejo General de Gestores Administrativos de España, y te ayudamos con todo lo que necesitas: documentación necesaria, precios, requisitos... Escríbenos un WhatsApp al 659 876 333.
Por supuesto. Este documento de ITV se llama certificado de navegabilidad, y es fundamental para realizarla; si no lo tienes tendrías que pedirlo.
Se regula por la Ley 14/2014 del 24 de julio de Navegación Marítima, Real Decreto Legislativo 2/2011 del 5 de septiembre por el que se aprueba a texto refundido la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, por el Real Decreto 2221/1998 del 16 de octubre por el que se autoriza la inscripción en el Registro Especial de Buques y Empresas Navieras de empresas y buques destinados a la navegación marítima de cabotaje, Real Decreto 1027/1989 del 28 de julio sobre abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimos, Ley 19/1994 del 6 julio de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
Profesionales especializados en las áreas de tráfico y transporte, tanto para vehículos como conductores en todo el territorio nacional. Estamos avalados por: Máster en gestión administrativa (Gestores administrativos colegiados e inscritos en el Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España).