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Baja temporal vehículo

«Mejor Gestoría para la baja de vehículo temporal»

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Tramitar una baja temporal de vehículo es un trámite que se hace cuando tienes intención de tener el vehículo parado durante bastante tiempo. Así, mientras esté bajo esta situación, te ahorras los costes de mantenimiento. Eso sí, durante este período no puedes circular con él porque no es legal.

Documentos necesarios para tramitar una baja temporal

Modelo 01 (trámite de vehículos DGT): consiste en el impreso DGT que debes cumplimentar; corresponde al “modelo 01”. Ten en cuenta que debe estar correctamente cumplimentado porque entregar documentación errónea podría dar lugar a que surjan ciertos inconvenientes.

DNI/NIE + pasaporte: sirve cualquier método de identificación como DNI, pasaporte, NIE o tarjeta de residencia. Pero ten en cuenta que es fundamental que se encuentre en vigor. De lo contrario, no podrás hacer estas bajas temporales en la DGT.

Ficha de inspección técnica (tarjeta ITV): también conocida como la tarjeta de la ITV. Lo más recomendable es que, si no la tienes, hagas los trámites oportunos para obtenerla.

Permiso de circulación: también debes presentar dicho permiso para poder iniciar la solicitud.

Tasa 4.1. DGT: hay que pagar 8,67€ en 2025 (debes abonar la tasa si es menor de 15 años de antigüedad desde su primera matriculación).

Mandato GA: consiste en una autorización que debes aportar si quieres que profesionales como nosotros nos ocupemos de todo por ti, así que puedes contratar nuestros servicios si estás interesado y nosotros nos ocupamos de todo.

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Información de interés para tramitar la baja temporal de un vehículo

  • Tienen una duración máxima de 1 año: actualmente solo puede estar un máximo de 1 año en esta situación, pero es imposible pedir una prórroga.
  • Puedes prorrogar la situación de baja: se puede solicitar una prórroga de la situación de baja como máximo 2 meses antes de la fecha de finalización. Además, se puede prorrogar todas las veces que necesites.
  • Te permite suspender el registro de tu vehículo en tráfico por un tiempo determinado: significa que no puedes circular con él durante ese período de tiempo.
  • Tramitación simplificada para los afectados por la DANA: la DGT, como consecuencias de los efectos de la DANA, ha puesto en marcha un procedimiento simplificado de tramitación para los afectados.
  • Si existe algún precinto judicial o administrativo no puedes realizar ningún trámite: en estos casos, primero debes cancelar dicho precinto.
  • El vehículo debe estar dado de alta y no estar en situación que impida realizarlo: es imprescindible que el vehículo se encuentre en situación de alta administrativa.

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Motivos para realizar una baja temporal de vehículos

  1. Por motivos personales: si te encuentras en la situación de que no vas a circular por un tiempo con él, por el motivo que sea, puedes hacer el trámite sin tener ningún problema. No necesariamente tiene que haber ocurrido nada “grave” para tramitar una baja temporal de vehículos en la DGT. Por ejemplo, falta de uso, quieres ahorrar en seguros o impuestos, te vas al extranjero durante un tiempo, etc.
  2. Porque lo has vendido a un compraventa: esto significa que lo has vendido a una empresa que se dedica a la compraventa de vehículos. Por lo general, es dicha empresa la que se encarga de llevar a cabo el trámite.
  3. Porque te lo han robado: en caso de que te lo hayan robado es necesario que lo comuniques ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Si lo haces de esta forma, es decir, pones la denuncia en la policía, no tienes que ir a la DGT. De hecho, es la propia policía la que se encarga de comunicárselo y dará de baja automáticamente al vehículo. Para estos casos no existe la limitación de 1 año, sino que es indefinida.

Baja provisional de vehículo por robo

Puede ocurrir que tengas que encargarte de la baja de un vehículo por robo, es decir, has sufrido un robo y no tienes más remedio que llevar a cabo este proceso. No te preocupes, que te vamos a explicar lo que te hace falta. Lo primero que debes hacer es poner una denuncia ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Además, no tienes que ir a Tráfico para nada porque es la propia policía quien se ocupa de comunicárselo.

  • Documentos generales: es hora de reunir los papeles necesarios que te van a exigir; puedes encontrar esta información en apartados superiores dentro de esta misma web.
  • + Denuncia: si te lo han robado tienes que ir a la policía para interponer la correspondiente denuncia; una vez esté tramitada ellos se encargan de notificar a tráfico el robo para que se pueda hacer la baja por robo del vehículo.

Baja temporal en la DGT de vehículos agrícolas

Debes saber que los requisitos de baja temporal de un vehículo agrícola son distintos respecto a otros casos. Además, un punto importante para tener en cuenta que para estos vehículos no existen la limitación de 1 año, por lo que se mantiene indefinidamente en situación de baja sin la necesidad de pedir una prórroga. Ahora bien, para uno agrícola te hace falta presentar lo siguiente.

  • Documentos generales: ocúpate de obtener los documentos generales que te van a hacer falta para iniciar este trámite; puedes encontrar esta información en apartados superiores en esta misma web.
  • + Documento acreditativo del ROMA: debes presentar un documento que acredite esta situación en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma en la que residas. Es necesario hacerlo antes de ir a ninguna parte, ya que este documento lo debes adjuntar al resto de los documentos.

¿Cuál es la situación de un vehículo dado de baja temporal?

  1. Volverá a su estado anterior si no solicitas una prórroga: este estado tiene una duración de máximo 1 año. Es decir, si antes de cumplir el plazo no solicitas la correspondiente prórroga vuelve a su situación anterior automáticamente. Por tanto, debes hacerte cargo de todo lo que implica (del impuesto, del seguro y de la ITV en vigor).
    No puedes circular con él: mientras que se encuentre en esta situación NO puedes conducir con él; es completamente ilegal que lo hagas, ya que no es posible conducir con uno que se encuentre en este estado en España, así que cuidado.
  2. Tienes que darlo de alta antes de circular con él: es indispensable que antes de circular con él te ocupes de este asunto porque en España no es posible conducirlo si está en esta situación. Por tanto, para no tener problemas, te aconsejamos que lo tramites cuanto antes. Puedes contactar con nosotros para que nos ocupemos en la DGT de dar de baja un vehículo online en tu nombre.
  3. No tienes que abonar el Impuesto de Circulación (IVTM): durante este período de tiempo no tienes que hacerte cargo del pago del Impuesto de Circulación.
  4. Si NO está aparcado en vía pública: puede estar sin el seguro en vigor y sin la ITV pasada (no tendrías problemas por tenerlo así si se encuentra en un garaje privado, por ejemplo).
  5. Si está estacionado en vía pública debe tener seguro e ITV en vigor: ten en cuenta que si está estacionado en la vía pública entonces sí debe tener tanto el seguro como la ITV en vigor.

Alternativas para tramitar una baja temporal de vehículo en DGT

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GESTORÍADGT, a través de sus Gestores administrativos colegiados, tiene una colaboración directa con DGT para ayudar al ciudadano a realizar trámites de conductores y vehículos de forma más rápida y sencilla (telemática/online), como así LO HA PUBLICADO DGT EN SU WEB OFICIAL EN ESTE ENLACE.

VENTAJAS con GESTORÍADGT:

No vas a tener que desplazarte a ninguna oficina física de tráfico con cita previa
Es mucho más cómodo, sencillo y rápido que si lo haces por tu cuenta
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Opiniones al dar de baja temporal un vehículo con GestoríaDGT

Carla
Carla
Muy profesionales
Contar con ellos ha sido maravilloso, se han encargado de hacer la solicitud de baja temporal en la DGT desde casa. Un alivio tener a profesionales como vosotros para estos casos.
Bruno
Bruno
Fácil y cómodo
Miles de gracias por vuestra ayuda. Sin duda, os recomendaré a todas mis amistades.
Patricia
Patricia
Excelentes
Lo que me convenció para quedarme fue que son muy económicos, además de que son profesionales en todo lo que hacen. Estáis en el lugar adecuado si buscáis un coste barato.
Jaime
Jaime
Buena atención
Me encantan la dedicación con sus clientes y la atención. En todo momento te informan de los gastos, incluso te facilitan un presupuesto detallado para dar de baja provisional un vehículo.

Preguntas frecuentes – FAQ

Es normal que tengas dudas cuando comienzas. De hecho, es bastante habitual no saber cómo hacerlo si no estás familiarizado con él. Por este motivo, vamos a dejarte a continuación las preguntas que más se hacen nuestros propios clientes a la hora de tramitar en la DGT las bajas temporales. No obstante, recuerda que tienes la posibilidad de contactarnos desde cualquier punto del país; no importa si estás en Alicante, Málaga, Cádiz o cualquier otra provincia o localidad. Solo llámanos y te atendemos lo antes posible, incluso nos puedes enviar un WhatsApp si lo prefieres.

Con GestoríaDGT el coste por baja temporal de vehículo es 84,92€ IVA incl. (honorarios gestor de tráfico) + 6€ (derechos colegiales) + 8,67€ (tasa DGT en 2025).

En GestoríaDGT, somos titulados oficiales por el Consejo General de Gestores Administrativos de España, y te ayudamos con todo lo que necesitas: documentación necesaria, precios, requisitos... Escríbenos un WhatsApp al 669 757 490.

No, no puedes circular con él. Además, te pueden poner una multa si te pillan circulando con el vehículo después de hacer una baja temporal de vehículo en tráfico.

Sí, lo puedes hacer. En este caso, es necesario presentar una “declaración responsable” indicando que has perdido los documentos y que no puedes presentarla por esta razón.

Sí, pero en este caso, al estar aparcado en la vía pública debe tener tanto el seguro como la ITV en vigor.

Sí, si lo vas a entregar a una compraventa debes tramitarla.

Sí, puedes renovar la baja temporal del vehículo 2 meses antes de que finalice la anterior.

Si haces la baja temporal de vehículo su tiempo máximo es de un año, pero tienes la posibilidad de tramitar una prórroga hasta dos meses antes de que llegue a su fin para renovar este estado.

No, mientras se encuentre en este estado no deberás abonar el impuesto de circulación, ya que no se paga durante esté en este estado.

No, no es necesario que pases la ITV si se encuentra dado de baja.

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por GestoríaDGT

Profesionales especializados en las áreas de tráfico y transporte, tanto para vehículos como conductores en todo el territorio nacional. Estamos avalados por: Máster en gestión administrativa (Gestores administrativos colegiados e inscritos en el Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España).

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