Cambio nombre vehículo

«Este es el mejor sitio para la gestión de un cambio de nombre de vehículo»

Documentos necesarios para un cambio de nombre en DGT

Modelo 02 DGT (cambio de titularidad y notificación de venta de vehículos): como parte de la documentación necesaria para un cambio de nombre de vehículo debes rellenar el impreso oficial establecido por tráfico. Lo mejor es que te asegures que todos los datos están correctos para no tener problemas después.

DNI/NIE del vendedor/comprador: debe encontrarse en vigor.

Contrato de compraventa: es indispensable que esté firmado tanto por el comprador como por el vendedor. Además, es conveniente que aparezcan los siguientes datos: datos completos del comprador y vendedor, DNI, matrícula, modelo, marca, número de bastidor y precio de la compraventa.

Modelo 620/621: justificante del pago del ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales).

ITV + IVTM: junto al resto de la documentación para un cambio de nombre de vehículo es recomendable que adjuntes la ITV, así como el último recibo del IVTM (también llamado “sello”).

Tasa 1.5. DGT: para este 2024 hay que pagar un importe de 55,70€.

Mandato GA: se trata de una autorización que permite a profesionales como nosotros que nos encarguemos de todo por ti en tu nombre. Así que es necesario adjuntarlo al resto de los papeles para un cambio de nombre de vehículo cuando contratas a profesionales como nosotros. Además, nos vamos a encargar de todo desde casa.

Si tienes dudas o quieres empezar, escribe tu nombre y teléfono y contactamos contigo por WhatsApp en menos de 24h.

¡Si tienes dudas o quieres empezar!

Pasos para un cambio de nombre de vehículos en la DGT

  1. Comprueba el estado del vehículo: lo primero que debes de hacer es comprobar el estado del vehículo; lo mejor es que solicites en las oficinas de tráfico un informe para conocer su estado tanto a nivel judicial como administrativo. Además, se recomienda realizar una revisión más técnica; comprueba su estado por fuera, comprobar el aceite y la correa de distribución, los neumáticos, la amortiguación, los cinturones de seguridad, regulación de los asientos, las cerraduras, los interruptores, arrancarlo para comprobar los pedales y pruébalo en la carretera.
  2. Verificar que no tenga deudas, sanciones o impagos de impuestos: otro de los pasos para un cambio de nombre de vehículo es comprobar que no tenga deudas, sanciones o impagos de los distintos impuestos que hay que pagar. También deberías comprobar si se han pagado las posibles sanciones y que se haya pagado el último pago del Impuesto de Circulación del año anterior.
  3. Acordar el precio de la venta + firmar el contrato de compraventa: una vez hayas verificado los datos anteriores es momento de fijar en el contrato de compraventa el coste final; al igual que es hora de firmarlo. Te recomendamos que anotes la hora y la fecha en la que se firma.
  4. Abonar el modelo 620/621 (ITP): dentro de los pasos a seguir para cambiar de nombre un vehículo vas a encontrar el abonar el ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales); dicho impuesto es distinto en cada Comunidad Autónoma.
  5. Paga la tasa 1.5. DGT: también hay que pagar la tasa (55,70€ en 2024).

Información de interés sobre traspaso de nombre de vehículo

  • Debe estar dado de alta administrativa: ten en cuenta que al tramitar un cambio de nombre de un vehículo te van a exigir que esté en situación de alta administrativa. De lo contrario, en caso de que estuviera dado de baja debes ocuparte de este asunto primero.
  • El contrato debe estar firmado por ambas partes: comprueba que en el contrato aparece la firma de ambas partes (tanto del vendedor como del comprador). Además, el comprador debe quedarse con una fotocopia del DNI, NIF o NIE del vendedor.
  • No puede tener cargas administrativas o judiciales: para hacer un cambio de nombre de vehículos de la DGT debes tener en cuenta que te pueden poner problemas si tuviera alguna carga administrativa o judicial sobre él.
  • Justificar la exención o pago del ITP: debes justificar el pago o exención del ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales).

Consejos para el vendedor al cambiar de nombre el propietario del vehículo

  1. Quédate con una copia del DNI del comprador + una fotocopia del contrato: como parte compradora es mejor que te quedes con una fotocopia del DNI del vendedor, así como con una copia del contrato de compraventa. De esta manera, si hubiera algún problema con el trámite para un cambio de nombre de vehículo podrías tener sus datos.
  2. Apunta la hora en la que haces la entrega: para reducir al mínimo los problemas es mejor que anotes la hora exacta en la que realizas la entrega.
  3. Revisa que la información que aparece en el contrato está correcta: para realizar un cambio de nombre de vehículo es mejor que compruebes los datos del DNI, los datos del vehículo, el precio de venta, la fecha y la hora.
  4. Hazte con una copia del permiso de conducir del comprador: así tienes sus datos por lo que pueda ocurrir.
  5. Verifica que el contrato está firmado por ambas partes: es necesario que esté firmado tanto por la parte compradora como por la parte vendedora.
  6. Notifica la venta en la DGT: para evitar problemas es mejor que notifiques en las oficinas de tráfico que has vendido el vehículo en cuestión para dejar de tener responsabilidad sobre él. De esta manera, dejas de tener responsabilidad sobre él.
  7. Contrata los servicios de profesionales como GestoríaDGT: para reducir al mínimo todos los problemas que pueden surgir es mejor que lo dejes todo en manos de expertos como nosotros.

Consejos para el comprador al hacer un cambio de nombre de vehículo en la DGT

  1. Prepara el contrato de compraventa: lo mejor es que en él se incluyan todos los datos; otro aspecto importante es que se refleje el precio que se ha acordado en la venta.
  2. Guárdate una copia del contrato: para iniciar el trámite de un cambio de propietario de vehículo es mejor que te guardes una copia para presentarla después.
  3. Haz copia de todos los documentos: es mejor que fotocopies todos los documentos para que tengas todos los datos del anterior dueño por si ocurriera algún problema.
  4. Cumple con el plazo de 30 días para hacer la gestión: desde la firma del contrato tienes hasta 30 días para actualizar esta información.
  5. Abona el ITP: tienes que abonar el ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) al comprar un vehículo de segunda mano.
  6. Busca ayuda profesional como GestoríaDGT: es mejor que lo dejes todo en manos de profesionales como nosotros para reducir al mínimo los problemas que pueden surgir.

Cambiar nombre de vehículo por fallecido (dueño anterior)

Ten en cuenta que puedes tramitar un cambio de nombre de un vehículo por defunción. Sucede cuando su anterior dueño ha fallecido, es decir, se produce un fallecimiento y sus herederos (con herencia o sin ella) necesitan modificar esta información. Además, lo puedes hacer de manera temporal (entonces serías el dueño provisional durante 90 días, pero serías el responsable legal de él durante este tiempo). Puedes llevar a cabo este proceso con una herencia o con una “declaración responsable” en caso de no tener una para hacerlo por persona fallecida.

  • Documentos generales: para un cambio de nombre de vehículo por propietario fallecido debes reunir todos los papeles necesarios que encuentras explicados en apartados anteriores en esta misma página web.
  • + Justificante del pago (o exención) del ISD + declaración responsable + acta de defunción: debes presentar un justificante del pago o exención del ISD (Impuesto de Sucesiones y Donaciones). Además, también debes adjuntar una “declaración responsable” en caso de que no exista una herencia (para que quede constancia de que eres el heredero). Además, para el cambio de nombre del vehículo por herencia, o sin ella, debes presentar el acta de defunción del titular anterior.

Cambio de nombre de vehículos entre familiares

Puede ocurrir que quieras cambiar de nombre un vehículo entre familiares. Además, lo puedes hacer sin problemas aunque seáis familia (primo, tío, sobrino, padre e hijo, etc.). En estos casos, lo más recomendable es que a pesar de ser familia firméis un contrato de compraventa; no es obligatorio, aunque sí lo más aconsejable cuando lo haces por esta razón. Lo ideal es que indiquéis que sois familia para que no te pongan problemas a la hora de comenzar con los trámites.

  • Documentos generales: no te olvides de reunir los documentos generales que necesitas para este trámite; esta información puedes encontrarla en apartados superiores.
  • + Contrato de compraventa + ITP: para cambiar un nombre de vehículo para un familiar es necesario que adjuntes el contrato firmado por ambas partes, así evitas algunos problemas. Además, también es necesario que presentes el justificante del pago del ITP a pesar de que sea dentro de la propia familia.

Cambio de nombre en la DGT por donación

Puedes cambiar de nombre un vehículo sin venta sin problemas. La principal diferencia respecto a otros supuestos es el impuesto que debes abonar; en este caso, es el ISD (Impuesto de Sucesiones y Donaciones). Ya que, al no considerarse una venta se trataría de una “donación” o un regalo (no hay una transacción económica). Ten en cuenta que esta opción entra dentro de los “casos excepcionales”, así que el proceso es un poco diferente respecto a cuando existe una transacción económica. Además, es importante que tengas en cuenta que esto ocurre cuando no hay una venta de por medio, sino que se dona o se regala.

  • Documentos generales: debes hacerte con todos los documentos necesarios para poner en marcha la solicitud; puedes encontrar esta información en apartados superiores.
  • + Justificante pago o exención del ISD: junto al resto de la documentación necesaria para cambiar de nombre un vehículo debes presentar el justificante del pago o exención del ISD (Impuesto de Sucesiones y Donaciones).

Cambiar nombre en tráfico por divorcio

Cuando se disuelve una unión matrimonial puedes llevar a cabo este trámite tras el divorcio o tras la separación. En estos casos, la documentación para hacer un cambio de nombre de vehículo varía respecto a otros supuestos. Lo más importante es que debes demostrar al acuerdo al que se ha llegado para poner en marcha la solicitud.

  • Documentos generales: reúne los documentos generales que encuentras detallados más arriba dentro de esta misma página web.
  • + Convenio regulador/sentencia judicial/otro documento con el acuerdo: en estos casos, para un cambio de nombre de un vehículo por divorcio debes adjuntar un documento en el que se refleje el acuerdo al que habéis llegado tras la separación respecto al vehículo. De esta manera, queda constancia de que puedes hacerlo porque se ha llegado a ese acuerdo.

Cambio de vehículo de nombre por subasta o adjudicación

Si has adquirido uno a través de una subasta o adjudicación debes tener en cuenta una serie de detalles; se trata de una subasta cuando lo adquieres a través de una venta pública en la que vas a pujar por él o lo has adquirido por adjudicación por la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional de Drogas. En estos, para obtener el documento de cambio de nombre del vehículo debes presentar documentación extra.

  • Documentos generales: es necesario que reúnas los documentos generales que nos hemos ocupado de detallar en apartados superiores.
  • + Acta o certificado de adjudicación: para un cambio de nombre de un vehículo subastado es necesario que presentes el “acta de adjudicación” junto al resto de los documentos que ya hemos detallado.

Cambio de nombre de un tractor agrícola (vehículos agrícolas)

Para estas situaciones, en las que quieres tramitar en la DGT un cambio de nombre de un tractor, debes tener en cuenta que varía un poco respecto a si fuera entre particulares. Lo primero es hacer la baja del anterior dueño en el ROMA (Registro Oficial de Maquinaria Agrícola); es importante que antes de nada te encargues de realizar la baja en este registro. Si quieres conocer más sobre este punto te aconsejamos que te quedes con nosotros un poco más.

  • Documentos generales: para comenzar con los trámites para un cambio de nombre de vehículo debes reunir los documentos citados en apartados superiores dentro de esta misma página web.
  • + Certificado de modificación de propiedad en el ROMA (Registro Oficial de Maquinaria Agrícola): necesitas un “certificado de modificación de propiedad” del ROMA para un cambio de nombre para maquinaria agrícola; en este Registro Oficial de Maquinaria Agrícola es donde se hace la baja del anterior dueño.

Cambiar un vehículo de nombre con reserva de dominio

Si el vehículo se encuentra bajo esta condición significa que ha sido financiado a través de una entidad financiera. En estos casos, hasta que no seas el propietario real (cuando acabes de pagar la deuda) no vas a poder hacer nada porque no sería el dueño realmente. Si la deuda estuviera completamente saldada pues debes ocuparte de cancelar esta reserva.

  • Documentos generales: para iniciar los trámites es necesario que reúnas todos los papeles que hemos citado en apartados superiores.
  • + Carta de cancelación de reserva de dominio: para la solicitud de un cambio de nombre de vehículo con reserva de dominio es necesario que adjuntes una “carta de cancelación”; así demuestras que la deuda está saldada y que no tiene ninguna reserva. La propia entidad financiera te va a facilitar esta carta.

Cambio de nombre en la DGT para un vehículo con embargo o precinto

Si el vehículo estuviera embargado o tuviera un precinto debes tener en cuenta que se puede hacer, pero con un pequeño matiz que lo diferencia del resto de situaciones. En estos casos, el comprador debe conocer la situación actual en todo momento; esto significa que no puedes ignorar si tiene un embargo o un precinto. Además, ten en cuenta que si presenta un precinto no te van a poder expedir el permiso de circulación hasta que esto no esté arreglado, así que encárgate de solucionar este problema.

  • Documentos generales: es hora de reunir todos los documentos explicados en apartados anteriores (vas a encontrarlo dentro de esta misma web).
  • + Documento firmado por el comprador en el que se indique que está al tanto de la situación: como uno de los requisitos para un cambio de nombre de vehículo que tenga un embargo o un precinto debes presentar un documento en el que se recoja que la parte compradora sabe la situación de embargo o precinto.

ITP: ¿Cómo calcular el ITP para conocer el coste de un cambio de nombre de vehículo?

Para conocer el coste del impuesto para un cambio de nombre de un vehículo debes tener en cuenta una serie de detalles; este impuesto depende principalmente de las tablas oficiales que ofrece Hacienda con carácter anual. Ten en cuenta que en estas tablas se utilizan para conocer el valor real del vehículo en estos momentos; este valor va a variar en función del modelo y la antigüedad. La finalidad de Hacienda es fijar un precio mínimo para conocer el valor real de este impuesto. Por norma general, este porcentaje oscila entre un 4% y un 8%, pero depende de la Comunidad Autónoma. En el 2021 se modificó el artículo 10 de la Ley del ITP en la que se indica que si el valor que se ha declarado por parte del comprador supera el valor establecido por Hacienda se debe tomar la valoración mayor como base imposible para calcular; así conoces uno de los gastos de un cambio de nombre para vehículo entre particulares.

*Teniendo en cuenta que VR hace referencia a su VALOR REAL
*CV (caballos de potencia fiscales): criterio específico de algunas Comunidades Autónomas que indica que si tiene más de 15 caballos de potencia fiscal se aplica el porcentaje marcado de ITP sobre el VR (Valor Real)

Andalucía: 4% sobre VR y 8% sobre VR con más de 15CV
Aragón: 4% sobre VR
Asturias: 4% sobre VC y 8% sobre VR con más de 15CV
Islas Baleares: 4% sobre VC y 8% sobre VR con más de 15CV
País Vasco: 4% sobre VR
Islas Canarias: 5,5% sobre VR
Cantabria: 8% sobre VR
Castilla la Mancha: 6% sobre VR
Castilla y León: 5% sobre VR y 8% sobre VR con más de 15CV
Cataluña: 5% sobre VR
Ceuta y Melilla: 4% sobre VR y Residentes: 2% sobre VR
Extremadura: 6% sobre VR
Galicia: 8% sobre VR
Madrid: 4% sobre VR
Murcia: 4% sobre VR
Navarra: 4% sobre VR
La Rioja: 4% sobre VR
Comunidad Valenciana: 6% sobre VR

A continuación, te dejamos varios ejemplos reales para conocer cuánto te costaría realmente el impuesto para un cambio de nombre de vehículo.

EJEMPLO 1: Ford Focus 1.6 Trend (1596cc 101CV) (2003) (Ceuta)
-Precio nuevo del vehículo: 12.400€
-Valoración en Hacienda del vehículo: 1.240€
-ITP en Ceuta (2% para residentes): 1.240€ / 2%: 24,8€

EJEMPLO 2: Toyota Auris 1.4 (1364cc 90CV) (2007) (Cantabria)
-Precio nuevo del vehículo: 14.700€
-Valoración en Hacienda del vehículo: 1.470€
-ITP en Cantabria (8%): 1.470€ / 8%: 117,60€

EJEMPLO 3: Kia Carnival 2.2 (2199cc 195CV) (2011) (Islas Canarias)
-Precio nuevo del vehículo: 24.900€
-Valoración en Hacienda del vehículo: 2.490€
-ITP en Islas Canarias (5,5%): 2.490€ / 5,5%: 136,95€

PRECIO TOTAL: ¿Cómo calcular el coste total de un cambio de nombre de vehículo en tráfico?

En este apartado, vamos a explicar de manera detallada los gastos que debes asumir a la hora de hacer este trámite. Lo mejor es que para conocer más sobre un cambio de nombre de vehículo y su coste te quedes aquí un poco más.

EJEMPLO 1: Audi A4 3.2 Multitronic (3197cc 265CV) (2009) (Aragón)

  • ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales):
    -Precio nuevo: 33.700€
    -Valoración en Hacienda: 3.370€
    -ITP en Aragón: 4%
    -3.370€ / 4%: 134,8€
  • Impuesto de Circulación: (carácter anual)
    -Exento por uso exclusivo de una persona con minusvalía del 33% o superior
  • Tasas DGT: 55,70€ (tasa 1.5. DGT)
  • Honorarios gestoría: 49,23€ IVA incl. (honorarios gestor de tráfico)
  • Seguro

EJEMPLO 2: Daewoo Compact 1.6 (1598cc 106CV) (2000) (Extremadura)

  • ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales):
    -Precio nuevo: 8.700€
    -Valoración en Hacienda: 870€
    -ITP en Extremadura: 6%
    -870€ / 6%: 52,2€
  • Impuesto de Circulación: (carácter anual) 54€
  • Tasas DGT: 55,70€ (tasa 1.5. DGT)
  • Honorarios gestoría: 49,23€ IVA incl. (honorarios gestor de tráfico)
  • Seguro

¿Qué es y cuando te dan un justificante por cambiar el nombre de un vehículo en tráfico?

Consiste en un “justificante provisional” que certifica que el trámite se ha llevado a cabo; ahora solo tienes que esperar a que las oficinas de tráfico hagan su parte. Además, somos una gestoría para tramitar un cambio de nombre de vehículo experta, por tanto, nada más tengamos los papeles nos vamos a poner en marcha. Una vez hayamos hecho la gestión te vamos a facilitar uno para que no tengas posibles problemas, además con este justificante vas a poder circular. Ten en cuenta que si te facilitamos este documento significa que nos hemos encargado de hacer el trámite a tu nombre. Es una manera de demostrar que se está tramitando.

Opiniones sobre cambio de nombre de vehículo online con GestoríaDGT

Joaquín
Joaquín
Muy profesionales
Leer más
Lo que más me gusta de esta gestoría es que no necesitas cita previa para tramitar la gestión, ya que ellos se encargan de todo directamente.
Enrique
Enrique
Fácil y cómodo
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Tenía que cambiar un vehículo a mi nombre, al ser la primera vez estaba un poco perdido, pero gracias a vosotros he podido hacerlo todo desde casa.
Carolina
Carolina
Excelentes
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No solo me han facilitado un presupuesto para estar al tanto del precio, sino que además son bastante económicos y eficientes. Muchas gracias.
Iván
Iván
Buena atención
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He podido hacer en la DGT un cambio de nombre de vehículo sin tener que ir a ninguna oficina física. Una maravilla hacer los trámites tan cómodo.

Preguntas frecuentes al hacer un cambio de nombre online en DGT

En este último punto vamos a centrarnos en responder todas las preguntas más frecuentes en relación con la tramitación de un cambio de nombre de vehículo. Si quieres conocer estas respuestas te invitamos a que te quedes con nosotros un poco más. De todos modos, si necesitas más información no dudes en contactar con nosotros sin importar donde te encuentres; gracias a que trabajamos telemáticamente para todo el país nos puedes contactar desde Madrid, Málaga, Valencia o cualquier otra provincia o localidad española sin problemas.

Con GestoríaDGT el precio de un cambio de nombre de vehículo es 49,23€ IVA incl. (honorarios gestor de tráfico) + 6€ (envío) + 6€ (dchos. colegiales) + 55,70€ (tasas DGT 2024) + ITP (según CC. AA).

En GestoríaDGT, somos titulados oficiales por el Consejo General de Gestores Administrativos de España, y te ayudamos con todo lo que necesitas: documentación necesaria, precios, requisitos... Escríbenos un WhatsApp al 659 876 333.

Pues depende. En estos casos, las oficinas de tráfico te van a pedir que presentes algunos papeles extras en caso de no tenerlos. Esto se traduce a que si no tienes los documentos originales pues puedes pedir un duplicado, presentar una declaración de extravío más un informe de la DGT. Aunque esto puede depender de cada oficina.

Sí, siempre y cuando quede constancia en el contrato de compraventa.

El tiempo desde que fallece el dueño hasta que se realiza el proceso es un total de validez de 90 días sin declaración de herederos (o herencia), y hasta seis meses si tienes este documento contigo.

Por supuesto. Si te encuentras en otra provincia, y necesitas hacer el trámite, siempre podrás contar con la ayuda de un gestor; como los que encontrarás en este portal web, te ayudarán de manera telemática.

Sí, pero debes aportar algún documento en el que se refleje que conoces la situación actual.

Sí, aunque la parte compradora debe demostrar a través de un documento que es conocedor de la situación. Además, hasta que esto no esté solucionado no te van a expedir un nuevo permiso de circulación.

No, no es técnicamente obligatorio, pero sí que es aconsejable para conocer su estado actual.

Te pueden cancelar el trámite por entregar documentación errónea; lo mejor en estos casos es que lo dejes en manos de profesionales como nosotros.

 por GestoríaDGT

por GestoríaDGT

Profesionales especializados en las áreas de tráfico y transporte, tanto para vehículos como conductores en todo el territorio nacional. Estamos avalados por: Máster en gestión administrativa (Gestores administrativos colegiados e inscritos en el Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España).

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