Dar de baja un vehículo
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La solicitud de baja de vehículo es un trámite que se lleva a cabo cuando tienes en propiedad un vehículo uno que ya no esté en situación de circular. Es decir, su estado no permite que siga circulando por carreteras españolas debido a su estado. Por lo general, se lleva a cabo para aquellos que han llegado al fin de su vida útil.
✓Modelo 01 (trámites de vehículos DGT): consiste en el impreso oficial de la DGT para poner en marcha la solicitud de baja de vehículo, además, debe estar cumplimentado de forma correcta.
✓DNI/NIE + pasaporte: tienes que presentar cualquier método de identificación como el DNI, NIE, pasaporte o tarjeta de residencia si eres extranjero. En cualquier caso, forma parte de la documentación para dar de baja un vehículo.
✓Ficha técnica (tarjeta ITV): también conocida como la tarjeta de la ITV, o tarjeta de inspección técnica. Si no la tuvieras tendrías que llevar a cabo los trámites oportunos para su obtención. Ya que, será tienes que presentarla para la solicitud de baja definitiva en la DGT.
✓Permiso de circulación: te hace falta presentarlo para hacer la gestión.
✓Tasa 4.1. DGT: para este 2025 hay que pagar la cantidad de 8,67€.
✓Mandato GA: se trata de una autorización que debes aportar para que un profesional podamos hacernos cargo de todo en tu nombre.
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¡Si tienes dudas o quieres empezar!
Se considera “ordinaria” (o voluntaria) cuando ha llegado al final de su vida útil y te quieres deshacer de él porque ya no puedes conducir con él o simplemente es que no utilizas el vehículo y no quieres seguir pagando Impuestos ni seguros. En este caso, tienes que acudir a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos reconocido por la propia Jefatura (allí van a hacer todo el trámite y te van a dar un justificante, además del certificado de destrucción). También puedes contratar nuestros servicios para una baja definitiva telemática si lo necesitas.
Aquí vamos a centrarnos en cuando debes hacer este trámite por tránsito comunitario (significa que debes llevar a cabo este trámite cuando quieres irte a vivir al extranjero y te lo quieres llevar contigo a ese nuevo destino). En este caso, vas a tener que realizar la baja del vehículo por exportación.
Ahora vamos a hablar sobre los trámites para dar de baja un automóvil histórico (aquellos con valor de colección o que se van a destinar a un museo y van a estar expuestos). En estos casos, se puede llevar a cabo la gestión sin tener que destruirlo, pero sí se debe retirar de su circulación, de forma que no pueda circular más por carretera. En este caso, no es necesario que lo lleves a ningún centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos.
Te puedes encontrar ante la situación de tener que dar de baja un vehículo inexistente, es decir, sin tenerlo físicamente contigo y al no existir el vehículo no lo puedes entregar. Sin embargo, sigue dado de alta en Tráfico. Ten en cuenta que esta situación puede darse cuando el desguace no ha informado a Tráfico sobre la baja. De todas formas, si quieres proceder a tramitarla debes tener en cuenta que en los últimos años no debe constar que el vehículo haya pasado la ITV y tampoco haya tenido seguro de responsabilidad.
Existe la opción de hacer este trámite cuando el titular ha fallecido. En estos casos, para que no tengas problemas debes tener en cuenta los documentos para presentar varían respecto a otros casos. De todos modos, ten en mente que si el titular fallece puedes hacer este trámite sin problemas; incluso puedes dar de baja un vehículo en línea con nosotros.
La respuesta es sí, se puede hacer una baja definitiva de un vehículo sin papeles, aunque el trámite es un poco diferente para estas situaciones en las que no vas a presentar la documentación del vehículo. En estos casos es necesario que presentes una “declaración responsable” indicando tus datos y aclarando el motivo por el que no vas a presentar los documentos. De esta manera queda constancia de que no los tienes y no puedes entregar nada por esta razón. Aun así, ten en cuenta que puedes pedir los duplicados de algunos documentos como el Permiso de Circulación o la Ficha Técnica. La DGT contempla la posibilidad de tramitar las bajas definitivas de vehículos, pero presentando dicho documento para que así quede constancia de los motivos por los cuales no vas a entregarla.
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GESTORÍADGT, a través de sus Gestores administrativos colegiados, tiene una colaboración directa con DGT para ayudar al ciudadano a realizar trámites de conductores y vehículos de forma más rápida y sencilla (telemática/online), como así LO HA PUBLICADO DGT EN SU WEB OFICIAL EN ESTE ENLACE.
VENTAJAS con GESTORÍADGT:
✓No vas a tener que desplazarte a ninguna oficina física de tráfico con cita previa
✓Es mucho más cómodo, sencillo y rápido que si lo haces por tu cuenta
✓Puedes escribirnos WhatsApp 24h. y tienes ayuda profesional hasta finalizar el trámite
✓Nos ocupamos de todo de manera telemática para que sea lo más fácil para ti
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INCONVENIENTES con GESTORÍADGT:
❌ Tienes que pagar los honorarios
Lo más común en estas situaciones es que tengas dudas sobre cómo hacerlo. De hecho, es habitual que las tengas si no estás familiarizado. Por este motivo, te vamos a dejar a continuación las preguntas más frecuentes que se repiten entre nuestros propios clientes, así que no dudes en quedarte con nosotros un poco más para conocer todos los detalles. Además, nos puedes llamar desde Madrid, Barcelona, Murcia o cualquier otra provincia o localidad española para una hacer baja definitiva de vehículo con nosotros.
Con GestoríaDGT el precio de baja vehicular es 84,92€ IVA incl. (honorarios gestor de tráfico) + 6€ (derechos colegiales) + 8,67€ (tasas DGT en 2025).
En GestoríaDGT, somos titulados oficiales por el Consejo General de Gestores Administrativos de España, y te ayudamos con todo lo que necesitas: documentación necesaria, precios, requisitos... Escríbenos un WhatsApp al 669 757 490.
No, no es posible circular si se encuentra bajo esta condición.
El tiempo de proceso para dar de baja un vehículo depende de la propia Delegación de Tráfico, aunque suele tardar pocos días (alrededor de dos días aproximadamente).
En este caso, puedes autorizar a otra persona para que se encargue de estar ese día en el momento de la retirada, pero debes presentar el modelo de autorización, así como su DNI.
Si tienes el vehículo aparcado en vía pública, e imaginemos que no tiene ni ITV ni seguro, sí te pueden multar porque es motivo de sanción. Lo más aconsejable si no lo utilizas es que hagas este trámite cuanto antes.
No, las oficinas de tráfico son las encargadas de hacerlo.
Puedes cancelarlo, aunque es común que te pidan una notificación para que conste que lo quieres cancelar por esta razón.
Se regula por el Real Decreto 2822/1998 del Reglamento General de Vehículos, por la Directiva 2000/53/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de septiembre de 2000 relativa a los vehículos al final de su vida útil, y por el Real Decreto 265/2021 del 13 de abril sobre los vehículos al final de su vida útil.
Profesionales técnicos especializados en materias de tráfico, transporte y documentación oficial en España. Nuestro equipo trabaja para ofrecerte información clara, sencilla, actualizada y verificada por Gestores Administrativos colegiados, garantizando su precisión y utilidad.
Graduado en RRLL y RRHH por la Universidad Pablo de Olavide e inscrito en el Consejo General de Gestores Administrativos de España. Revisa cada contenido publicado para garantizar su exactitud jurídica y vigencia en España.