Matricular moto
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Debes matricular la moto cuando quieres circular con ella por carreteras españolas; se trata de colocar las placas de matrícula para que puedas conducir por las carreteras sin problemas. Además, puede ser tanto para una nueva como para una que sea de segunda mano, aunque en esta segunda opción debes cumplir con unos requisitos.
✓Modelo 01 DGT (trámites de vehículos DGT): corresponde al “modelo 01” (trámites de vehículos) de tráfico y se trata del impreso que debes rellenar.
✓DNI/NIE + pasaporte: te hace falta presentar algún método de identificación (DNI, pasaporte, NIE…), pero es fundamental que esté en vigor.
✓Impuesto especial sobre determinados medios de transporte (modelo 576, 06 o 05 de la Agencia Estatal Tributaria): es necesario que presentes el justificante de pago, exención o no sujeción del Impuesto de Matriculación. En caso de que tu moto sea de más de 250cc deberás presentar el modelo 567 de la EAET como parte de los pasos para matricular una moto.
✓Impuesto de circulación (IVTM): también se conoce como “Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica” y depende de cada ayuntamiento. Además, se abona anualmente durante el resto de vida útil de la moto.
✓Tarjeta de la ITV (eITV) electrónica o formato papel: tanto la copia rosa como la azul. Toda moto nueva deberá tener la ITV, aunque estén exentos de pasarla en años posteriores.
✓Ficha técnica (Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo): se trata de un documento oficial donde se recoge todas las especificaciones técnicas del vehículo (número de bastidor, potencia, peso, dimensiones, tipo de motor, etc.). Está emitida por el fabricante o la autoridad competente cuando se lleva a cabo este proceso por primera vez.
✓Tasas 1.1. DGT y 1.2. DGT:
✓Mandato GA: se trata de la autorización que debes adjuntar para que profesionales del sector como nosotros podamos ocuparnos de todo en tu nombre, así que forma parte de los documentos para matricular una moto.
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Es importante conocer los diferentes tipos de matriculaciones disponibles, según el tipo de moto y la finalidad, ya que existen varias. Es mejor que continúes para estar informado sobre este punto, ya que a continuación encuentras los diferentes tipos.
El Impuesto de Circulación o IVTM (Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica) consiste en un impuesto de carácter anual (se paga anualmente) destinado para todos los vehículos que estén propulsados a motor. Además, lo gestiona el Ayuntamiento, que es quien determina su importa, ya que cada municipio fija sus propias tarifas. Ten en cuenta los siguientes detalles para conocer cómo se calcula.
-Cilindradas: cuanto más cilindradas, mayor es el Impuesto.
-Municipio de matriculación: también varía según dónde esté registrada.
EJEMPLOS REALES:
EJEMPLO 1: Moto Honda de 125cc con domicilio en Barcelona (Cataluña): tarifa mínima de 15,14€
EJEMPLO 2: Scooter Piaggio Liberty de 125cc con domicilio en Valencia (Comunidad Valenciana): tarifa mínima de 15,14€
EJEMPLO 3: Moto Yamaha de 50cc con domicilio en Cádiz (Andalucía): tarifa mínima de 8,84€
EJEMPLO 4: Moto BMW de 350cc con domicilio en Mallorca (Islas Baleares): tarifa mínima de 30,30€
Es importante que sepas que el impuesto varía en función de las emisiones de CO2. Además, solo se paga la primera vez, es decir, cuando vas a matricularla por primera vez en España. Además, debemos tener en cuenta que se calcula en función de las emisiones y que se gestiona a través de la Agencia Tributaria a través del “modelo 576”.
A continuación, te dejamos algunos ejemplos prácticos:
EJEMPLO 1: Yamaha Fazer 800cc:
EJEMPLO 2: Peugeot Speedfight 49cc:
EJEMPLO 3: Harley Davidson 1250cc:
Ten en cuenta que debes ocuparte de tramitar este proceso para que puedas de circular con ella sin tener problemas. Es necesario que te ocupes de este asunto cuando has adquirido una nueva en un concesionario.
Debes saber que para iniciar el trámite para una de segunda mano solo se puede llevar a cabo cuando adquieras una que no esté registrada, o que las siglas de la placa sean de otra provincia distinta a la que residas (solo se puede bajo estas circunstancias).
En caso de que necesites hacer este trámite para una eléctrica lo puedes hacer sin problemas. De hecho, para conocer lo que necesitas es mejor que te quedes un poco más con nosotros. Ten en cuenta que en este caso no debes pagar el Impuesto de Matriculación y suelen tener bonificaciones con el Impuesto de Circulación en algunos ayuntamientos.
Lo primero es explicarte que una moto pasa a ser histórica cuando tiene una antigüedad mínima de 30 años y tiene un interés o singularidad. Hace unos años era más complicado, pero desde octubre del 2024 entró en vigor un nuevo reglamento de “vehículos históricos”, en el que se establecen dos clasificaciones (grupo A y grupo B).
Cuando compras una que no tiene papeles la situación es distinta a si los tuviera, así que es mejor que continúes con nosotros para estar informado en todo momento. De todos modos, no dudes en seguir leyendo para estar mejor informado porque es más complicado, pero no imposible. Es importante saber que este proceso implica varias inspecciones y trámites administrativos para poder regularizarla y obtener su matriculación.
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A continuación, vamos a responder aquellas preguntas más repetidas entre nuestros propios usuarios a la hora de tramitar en la DGT el matricular un ciclomotor o moto. Queremos que encuentres todas las facilidades posibles para que hagas tu trámite de una manera cómoda y sencilla. Si al finalizar todavía tienes dudas, te invitamos a que nos llames para aclarar las cuestiones necesarias. Estamos aquí para ayudarte a realizar tus gestiones de tráfico. Además, nos puedes contactar desde Alicante, Sevilla, Barcelona o cualquier otra provincia o localidad.
Con GestoríaDGT el precio es 423,50€ IVA incl. (honorarios gestor de tráfico) + 99,77€/27,85€ (tasa DGT moto/ciclomotor en 2025) + 6€ (derechos colegiales) + 6€ (Envío) + ITP + Modelo 576.
En GestoríaDGT, somos titulados oficiales por el Consejo General de Gestores Administrativos de España, y te ayudamos con todo lo que necesitas: documentación necesaria, precios, requisitos... Escríbenos un WhatsApp al 659 876 333.
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El tiempo de demora depende principalmente de las administraciones, aunque por norma general suele ir desde horas hasta varios días.
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Depende. Tiene que cumplir con las normas que existen en el momento de hacer el trámite porque de lo contrario no vas a poder tramitarlo. Además, si te falta documentación también es necesario que te hagas con ella.
Sí, se puede, aunque debe estar homologada y cumplir con los requisitos.
Si no cumple con los requisitos deberías hacer lo siguiente: hacer las modificaciones necesarias si fuera necesario, consultar a un experto de homologaciones o contactar con la marca o el fabricante por si te puedes ayudar a cómo adaptarla para que cumpla con las condiciones que debe cumplir.
Aquellas que no cumplan con los requisitos necesarios; es común encontrarse en esta situación cuando se trata de una de segunda mano o históricas.
Se regula por el Art. 28 del Reglamento General de Vehículos, Artículos 121 y 124 de la Ley 39/2015 del 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Artículos 21 y 24 de la Ley 39/2015 del 1 de octubre sobre el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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