Alta a vehículo de baja temporal

«Mejor Gestoría para un alta de vehículos en baja temporal»

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👩🏼‍💻ABIERTO AHORA 24h. – puedes escribirnos a cualquier hora y día de la semana. Respondemos en horarios de lunes a viernes de 06:00h. a 21:00h.

📍 Realizamos altas a vehículos de bajas temporales desde casa, online, rápido, sin complicaciones y con precio cerrado
Nº1 Gestoría

📌 Toda la información resumida

¿Cómo tramitamos una matrícula de vehículos históricos?

1º - Escríbenos por WhatsApp y te explicamos la documentación necesaria
2º - Al instante solicitamos a DGT la petición
3º - Te enviamos un documento acreditando que el trámite se ha realizado

Documentación a entregar

Modelo 01 (trámites de vehículos DGT)
DNI/NIE + pasaporte
Certificado de transporte o título de autorización (si supera las 6 toneladas de MMA)
Tasa 1.1 DGT
Mandato GA

Consejos

Comprueba el estado real del vehículo
Asegura el vehículo
No puedes circular ni pasar la ITV hasta que no esté de alta

LAS 3 PREGUNTAS + IMPORTANTES

¿Qué tiempo tarda?

¡Al instante!

Al recibir toda la documentación necesaria, hacemos el trámite al instante. Te enviamos justificante profesional para que el nuevo conductor pueda conducir de inmediato.

¿Cuánto cuesta?

43€

Con GestoríaDGT el precio es 386,98€ (honorarios + IVA incl.) + Modelo 576

  • Alta a vehículo de baja temp. 43€

    * Mejor precio garantizado

¿Mejor forma de hacerlo?

con GESTORÍADGT

La mejor forma de hacer trámites de la DGT es hacerlo con Gestores administrativos colegiados como los que tenemos en GESTORÍADGT como así lo indica la web oficial de la DGT Nacional española.

Documentos necesarios para dar de alta a vehículo de baja temporal

Modelo 01 DGT (trámites de vehículos): impreso oficial que forma parte de los documentos para dar de alta un vehículo; asegúrate de que esté correctamente cumplimentado porque la DGT utiliza un mismo modelo para distintos trámites.

DNI/NIE + pasaporte: puedes presentar cualquier documento de identificación siempre y cuando esté en vigor.

Documentos acreditativos:

  • Si fue la policía quien solicitó la baja por robo será quien se encargue de realizar el alta.
  • Si es un vehículo agrícola se debe aportar el certificado de alta en el Registro de Vehículos Agrícolas de la Comunidad Autónoma en la que residas.
  • Si supera las 6 toneladas de MMA (masa máxima autorizada) se necesita como parte de los documentos un certificado de transporte o el título que te autorice a llevar a cabo estas actividades de transporte.

Certificado de transporte o título de autorización: si supera las 6 toneladas de MMA (masa máxima autorizada) se necesita como parte de los documentos un certificado de transporte o el título que te autorice a llevar a cabo estas actividades de transporte.

Tasa 4.1. DGT: para este año 2025 hay que pagar la cantidad de 8,67€.

Mandato GA: autorización que concede a un profesional, como nosotros, el poder a actuar por ti, así lo puedes tramitar todo desde casa para que sea rápido y sencillo. Debes presentarlo si dejas todo en manos de profesionales, ya que forma parte de los documentos para alta de vehículo.

Documentación necesaria para matricular el coche

impreso oficial que forma parte de los documentos para dar de alta un vehículo; asegúrate de que esté correctamente cumplimentado porque la DGT utiliza un mismo modelo para distintos trámites.

puedes presentar cualquier documento de identificación siempre y cuando esté en vigor.

  • Si fue la policía quien solicitó la baja por robo será quien se encargue de realizar el alta.
  • Si es un vehículo agrícola se debe aportar el certificado de alta en el Registro de Vehículos Agrícolas de la Comunidad Autónoma en la que residas.
  • Si supera las 6 toneladas de MMA (masa máxima autorizada) se necesita como parte de los documentos un certificado de transporte o el título que te autorice a llevar a cabo estas actividades de transporte.

si supera las 6 toneladas de MMA (masa máxima autorizada) se necesita como parte de los documentos un certificado de transporte o el título que te autorice a llevar a cabo estas actividades de transporte.

para este año 2025 hay que pagar la cantidad de 8,67€

autorización que concede a un profesional, como nosotros, el poder a actuar por ti, así lo puedes tramitar todo desde casa para que sea rápido y sencillo. Debes presentarlo si dejas todo en manos de profesionales, ya que forma parte de los documentos para alta de vehículo.

Si tienes dudas o quieres empezar, escribe tu nombre y teléfono y contactamos contigo por WhatsApp en menos de 24h.

¡Si tienes dudas o quieres empezar!

Información de interés a la hora de tramitar un alta de vehículo dado de baja

  1. Verificar el estado del vehículo: no puedes conducir con un vehículo que no tenga la ITV en vigor, así que debes ocuparte de este asunto para que no tengas ningún problema a la hora de circular con él. Lo mejor es que te informes bien de las condiciones en las que se encuentra el vehículo para no tener problemas.
  2. Estás obligado a pagar el impuesto de circulación del año en curso: desde el momento en el que esté de vuelta a su estado anterior debes ocuparte de pagar el Impuesto de Circulación del año en curso en el Ayuntamiento de tu lugar de residencia.
  3. Asegúrate de tener el seguro en regla: también es necesario que tengas contratado una póliza de seguros. Ya que, no es posible que conduzcas un vehículo que no tenga un seguro en vigor.
  4. No hace falta que se lo comuniques en el Ayuntamiento: es la propia DGT la que se va a encargar de comunicárselo al Ayuntamiento que corresponda.
  5. Atención a las bajas antiguas (antes del 2004): te pueden pedir trámites adicionales.

¡SUPUESTOS ESPECIALES!

Existen algunos casos en los que el trámite para dar de alta un vehículo puede variar. Por ejemplo, con los vehículos agrícolas. Si tienes uno agrícola en esta situación debes saber que la gestión cambia respecto al resto de los casos.

  • Documentos generales: es necesario reunir los documentos que hemos explicado en esta web en apartados superiores.
  • Documento del ROMA (Registro Oficial de Maquinaria Agrícola): es necesario que solicites, en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) un documento en el que se acredite que el vehículo está dado de alta en dicho registro. Además, este papel se pide en el ROMA de la Comunidad Autónoma en la que esté domiciliado el vehículo.

✅ Hacer el trámite con GESTORÍADGT

Nº1 Gestoría de tráfico y transporte

GESTORÍADGT, a través de sus Gestores administrativos colegiados, tiene una colaboración directa con DGT para ayudar al ciudadano a realizar trámites de conductores y vehículos de forma más rápida y sencilla (telemática/online), como así LO HA PUBLICADO DGT EN SU WEB OFICIAL EN ESTE ENLACE.

👉 VENTAJAS con GESTORÍADGT:

¡No es necesario que realices desplazamientos!
Es mucho más cómodo, sencillo y rápido que si lo haces por tu cuenta
Puedes escribirnos WhatsApp 24h. y tienes ayuda profesional hasta finalizar el trámite
Nos ocupamos de todo de manera telemática para que sea lo más fácil para ti
Recibes el trámite terminado en tu domicilio con el nuevo documento

⚠️ ¡CUIDADO!: NO puedes dar de alta un vehículo de baja temporal sin la ITV

Es importante que sepas que no puedes hacer el trámite si no tiene la ITV en vigor. Te recomendamos que, en estos casos, contrates los servicios de una gestoría. De este modo, te aseguras de que todo se haga de la manera correcta. Antes de tramitar nada, el vehículo debe haber pasado la Inspección Técnica de Vehículos (ITV).

  1. Pasar la ITV si no la tuviera: si tienes que solicitar pasar la ITV en el momento que inicias el trámite la propia DGT se encarga de gestionar todo para que acudas a una estación de ITV y puedas pasarla sin problemas, así vas a poder realizar un alta de vehículo en baja temporal.
  2. Transportar el vehículo en una grúa: tienes que llamar a una grúa para poder acudir a la estación que te corresponda porque no puedes conducirlo (en caso de que no tengas un permiso temporal).
  3. Te dan el Permiso de Circulación: una vez hayas pasado la ITV, y el resultado haya sido favorable, vas a recibir tu permiso de circulación para aportarlo en la documentación que te hace falta para esta gestión.
  4. Cuidado si no es favorable: otro punto importante para tener en cuenta es que si dicha inspección resulta NO favorable no puedes continuar con la gestión. Es mejor que estés informado sobre los requisitos para dar de alta un vehículo para no tener problemas.

Opiniones de clientes

María
Muy profesionales
Necesitaba información sobre dar de alta un vehículo en DGT, así que busqué una gestoría que se encargara de todo. Gracias que di con ellos porque han sido maravillosos.
Eduardo
Fácil y cómodo
Me interesaba hacer todo online porque no tenía tiempo, y gracias a ellos he podido hacerlo todo sin necesidad de moverme de casa y con un costo muy económico.
Carolina
Excelentes
Muchas gracias por encargaros de hacer todo el trámite con una rapidez impresionante. ¡Sin duda repetiré!
Rodrigo
Buena atención
La verdad es que no quería ir a la DGT para dar de alta un vehículo con baja administrativa, así que me puse en marcha para buscar una gestoría que no hiciera falta cita ni nada.

Preguntas frecuentes – FAQ

Es muy común que se te presenten dudas a la hora de realizar este trámite. No te preocupes porque nuestro objetivo es que lo hagas de la manera correcta, además de una forma sencilla con la ayuda de profesionales de tráfico. Así un gestor de tráfico se hará cargo del trámite y de resolverte todas las cuestiones que pudieras tener desde cualquier provincia o localidad española; desde Madrid, Barcelona, Cádiz o cualquier otra provincia española.

Con GestoríaDGT el precio es 43€ (honorarios + IVA incl.).

En GestoríaDGT, somos titulados oficiales por el Consejo General de Gestores Administrativos de España, y te ayudamos con todo lo que necesitas: documentación necesaria, precios, requisitos… Escríbenos un WhatsApp al 669 757 490.

No, no hace falta que vayas, ya que la DGT se encarga de comunicárselo y ellos se encargarán de pasarte el Impuesto de Circulación correspondiente.

No, si no tiene la ITV tiene que pasarla en el momento que comiences con los trámites. De todos modos, dispones de un mes para ello.

Se regula por el Real Decreto 2822/1998 del Reglamento General de Vehículos , por la Directiva 2000/53/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de septiembre de 2000 relativa a los vehículos al final de su vida útil, y por el Real Decreto 265/2021 del 13 de abril sobre los vehículos al final de su vida útil.

✍️ escrito por el equipo técnico de GestoríaDGT

Profesionales técnicos especializados en materias de tráfico, transporte y documentación oficial en España. Nuestro equipo trabaja para ofrecerte información clara, sencilla, actualizada y verificada por Gestores Administrativos colegiados, garantizando su precisión y utilidad.

🧑‍🏫 supervisado por Sr. D. Rubén Mª Rodríguez López - Gestor Administrativo colegiado nº 1268 COGAS

Graduado en RRLL y RRHH por la Universidad Pablo de Olavide e inscrito en el Consejo General de Gestores Administrativos de España. Revisa cada contenido publicado para garantizar su exactitud jurídica y vigencia en España.

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