Cambio domicilio DGT
«Mejor Gestoría para un cambio de dirección en tráfico»
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Cambiar la dirección en tráfico del coche, o vehículo, es un trámite que llevas a cabo cuando te mudas de domicilio. Es importante que lo hagas para que esta información esté actualizada, ya que todos los vehículos tienen asociados un domicilio fiscal, que es el que se tiene en cuenta para abonar el Impuesto de Circulación (IVTM). Además, también influye para las notificaciones.
✓Modelo 03 DGT (trámites de conductores): Modelo 03 (trámites de conductores DGT): debes cumplimentar correctamente el impreso, ya que forma parte de la documentación a presentar.
✓DNI/NIE + pasaporte: adjuntar un método de identificación en vigor (DNI, tarjeta de residencia, pasaporte más número de identificación de extranjeros, etc.).
✓Documentos acreditativos: se necesita cualquier tipo de documento acreditativo de dicha variación. Por ejemplo, el certificado de empadronamiento o cualquier factura domiciliada. Es una forma de comprobar la variación de la información para comunicar un cambio de domicilio en la DGT.
✓Para personas jurídicas: es necesario que aportes una tarjeta de identificación fiscal si eres persona jurídica.
✓Documento acreditativo de Aduana: solo en los casos en los que proceda de Canarias, Ceuta, Melilla a la Península o Baleares. Es necesario que presentes un documento acreditativo de que el vehículo se ha despachado en la Aduana.
✓Tasa 4.1. DGT: el pago de esta tasa solo se hará en caso de que el vehículo esté matriculado en Ceuta, Melilla o Islas Canarias (8,67€ en 2025).
✓Mandato GA: es una autorización que aportas para que podamos hacerlo por ti en tu nombre sin que tengas que moverte de casa.
Si tienes dudas o quieres empezar, escribe tu nombre y teléfono y contactamos contigo por WhatsApp en menos de 24h.
¡Si tienes dudas o quieres empezar!
Un cambio de domicilio en la DGT del coche, o cualquier vehículo, es cuando se produce una variación de dirección y debes notificarlo. El principal motivo por el que se tiene que hacer esta gestión es porque afecta directamente a la fiscalidad del vehículo, es decir, al Impuesto de Circulación (que depende de cada ayuntamiento).
Debes tramitar en la DGT un cambio de domicilio en el carnet de conducir cuando has cambiado de casa, es decir, te has mudado y necesitas notificar esta información en Tráfico. Se puede dar dentro de la misma localidad, provincia e inclusive Comunidad Autónoma. De todos modos, es importante que lo hagas porque así evitas no enterarte de las notificaciones por si te llega una multa, por ejemplo.
Ten en cuenta que si tienes un vehículo agrícola la situación varía ligeramente porque se considera como “supuesto especial”. Lo mejor para ti es que continúes con nosotros un poco más para estar al tanto de todo lo relacionado con este punto, ya que en este caso no se puede realizar por la solicitud general.
Cuando llevas a cabo la solicitud, Tráfico consulta tus datos de residencia a través del INE (Instituto Nacional de Estadística) y si tus datos no están actualizados, será necesario que presentes, junto al resto de los documentos, documentación extra. Puede ocurrir porque te hayas empadronado en tu último domicilio en los dos últimos meses.
Sí, estás obligado a cambiar en el vehículo la dirección. Si recientemente te has mudado debes saber que estás obligado a comunicárselo a la Jefatura de Tráfico en un plazo de 15 días (es muy importante tanto para el dueño como para la propia administración o Dirección General de Tráfico). Se debe a que es una manera de asegurar que todas las notificaciones vehiculares lleguen a la persona, es decir, al titular de ellas. De esta manera, si tienes algún problema, y tienen que notificártelo, no habrá inconvenientes porque tienes la información actualizada. Lo más cómodo es que te ocupes de cambiar el domicilio en tráfico por internet con nosotros. Es decir, como profesionales tenemos la capacidad legal para encargarnos de todo por ti sin que tengas que ir a una oficina física.
no tienes que coger cita, nosotros te preparamos toda la documentación y gestionamos el trámite por ti
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👉Te va a llevar más tiempo hacer el trámite
GESTORÍADGT, a través de sus Gestores administrativos colegiados, tiene una colaboración directa con DGT para ayudar al ciudadano a realizar trámites de conductores y vehículos de forma más rápida y sencilla (telemática/online), como así LO HA PUBLICADO DGT EN SU WEB OFICIAL EN ESTE ENLACE.
VENTAJAS con GESTORÍADGT:
✓No vas a tener que desplazarte a ninguna oficina física de tráfico con cita previa
✓Es mucho más cómodo, sencillo y rápido que si lo haces por tu cuenta
✓Puedes escribirnos WhatsApp 24h. y tienes ayuda profesional hasta finalizar el trámite
✓Nos ocupamos de todo de manera telemática para que sea lo más fácil para ti
✓Recibes el trámite terminado en tu domicilio con el nuevo documento
INCONVENIENTES con GESTORÍADGT:
❌ Tienes que pagar los honorarios
Aquí nos centramos en contestar las preguntas más comunes que se dan en la DGT por un cambio de dirección de vehículo. Si quieres conocer esta información te invitamos a que te quedes con nosotros un poco más. De todos modos, si necesitas más información no dudes en contactarnos a través de WhatsApp. Además, sin importar si resides en Málaga, Valencia, Murcia o cualquier otra provincia o localidad española.
Con GestoríaDGT cuesta 60,60€ IVA incl. + 1€ (derechos colegiales).
En GestoríaDGT, somos titulados oficiales por el Consejo General de Gestores Administrativos de España, y te ayudamos con todo lo que necesitas: documentación necesaria, precios, requisitos... Escríbenos un WhatsApp al 669 757 490.
Sí, te pueden poner una multa si no te ocupas de cambiar la dirección del vehículo en un plazo máximo de 15 días.
No, la solicitud debe de hacerse en un plazo de 15 días desde la modificación.
Con un papel de empadronamiento, aunque dentro del impreso que debes entregar puedes autorizar a los profesionales a revisar la residencia del padrón. En estos casos, no sería necesario que aportes ningún documento específico.
No ocurre nada en realidad, ya que ocuparte de cambiar el domicilio en la DGT no supone que te vayan a dar uno nuevo.
Si lo has perdido, o te lo han robado, debes aportar una “declaración responsable” en la que conste que no lo tienes porque te lo han robado o lo has perdido. También puedes demostrarlo a través de una “denuncia”.
Por el Reglamento General de Vehículos, por el Real Decreto 1013/2009 del 19 de junio sobre caracterización y registro de maquinaria agrícola, Reglamento General de Conductores (Real Decreto 818/2009, art. 10), y por el art. 60. Domicilio y Dirección Electrónica Vial del Real Decreto Legislativo 6/2015 del 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y seguridad vial.
Profesionales especializados en las áreas de tráfico y transporte, tanto para vehículos como conductores en todo el territorio nacional. Estamos avalados por: Máster en gestión administrativa (Gestores administrativos colegiados e inscritos en el Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España).