Matricular barco
«Mejor Gestoría para matricular un barco en España»
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1º - Escríbenos por WhatsApp y te explicamos la documentación necesaria
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3º - Te llega a tu domicilio la nueva licencia de conducir española
Impreso oficial de matrícula DNI/NIE + pasaporte Factura de la compra con el correspondiente IVA Contrato de compraventa Modelo 790/025 Modelo 06 Modelo 565/576 Licencia de navegación Marcado CE Certificado de navegabilidad Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)
Lleva contigo la documentación obligatoria Comprueba si la necesitas para tu embarcación No te expongas a sanciones al navegar sin ella
Al recibir toda la documentación necesaria, hacemos el trámite al instante. Te enviamos justificante profesional para que el nuevo conductor pueda conducir de inmediato.
Con GestoríaDGT el precio es 182,23€ (honorarios + IVA incl.) + Modelo 576
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La mejor forma de hacer trámites de la DGT es hacerlo con Gestores administrativos colegiados como los que tenemos en GESTORÍADGT como así lo indica la web oficial de la DGT Nacional española.
✓Impreso oficial de matrícula: te hace falta presentar el modelo destinado para esta gestión, ya que forma parte de los requisitos para matricular una embarcación. Te aconsejamos que tengas cuidado a la hora de rellenar la documentación; presentar documentos erróneos podría dar lugar a ciertos problemas.
✓DNI/NIE + pasaporte: debes adjuntar algún método de identificación válido.
✓Modelo 790/025: justificante del pago de la tasa en el Registro de Buques (modelo 790/025).
✓Factura de la compra con el correspondiente IVA: en caso de que sea nuevo.
✓Contrato de compraventa: si es de segunda mano.
✓Modelo 06: correspondiente al “Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transportes” (comúnmente llamado Impuesto de Matriculación) para embarcaciones que sean inferiores a los 8 metros.
✓Modelo 565/576: corresponde al “Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transportes” (comúnmente llamado Impuesto de Matriculación) para embarcaciones que superen los 8 metros de eslora.
✓Licencia de navegación: es necesario presentarla para aquellas embarcaciones inferiores a 7 metros de eslora.
✓Marcado CE: para barcos de recreo construidos en la UE después de 1998.
✓Certificado de navegabilidad: emitido por una entidad colaboradora autorizada.
✓Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): si es de segunda mano.
te hace falta presentar el modelo destinado para esta gestión, ya que forma parte de los requisitos para matricular una embarcación. Te aconsejamos que tengas cuidado a la hora de rellenar la documentación; presentar documentos erróneos podría dar lugar a ciertos problemas.
debes adjuntar algún método de identificación válido.
debes adjuntar el formulario oficial para iniciar los trámites (asegúrate de que los datos están correctos para evitar demoras o problemas).
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correspondiente al “Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transportes” (comúnmente llamado Impuesto de Matriculación) para embarcaciones que sean inferiores a los 8 metros.
corresponde al “Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transportes” (comúnmente llamado Impuesto de Matriculación) para embarcaciones que superen los 8 metros de eslora.
es necesario presentarla para aquellas embarcaciones inferiores a 7 metros de eslora.
para barcos de recreo construidos en la UE después de 1998.
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GESTORÍADGT, a través de sus Gestores administrativos colegiados, tiene una colaboración directa con DGT para ayudar al ciudadano a realizar trámites de conductores y vehículos de forma más rápida y sencilla (telemática/online), como así LO HA PUBLICADO DGT EN SU WEB OFICIAL EN ESTE ENLACE.
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Existen varios tipos que debes conocer. Además, la diferencia entre ellas es su uso y las propias características en sí de la embarcación. A continuación, nos vamos a ocupar de explicar los diferentes tipos que vas a encontrar para que así tengas contigo toda la información necesaria y no tengas ninguna duda.
Los barcos tienen un identificativo administrativo que se asigna a través de la matrícula. En ella se encuentra un primer término que corresponde al fin que se le va a dar al barco. Aquí entran estas listas: en total hay nueve y según su finalidad tienes un número u otro. Ten en cuenta que son registros oficiales mantenidos por las Capitanías Marítimas en España, donde se inscriben todas las embarcaciones que están matriculadas para navegar en aguas españolas.
Lista 1ª: plataformas de extracción, remolcadores de navegación de altura, buques de apoyo, y suministro de plataformas.
Lista 2ª: nos encontramos ante los buques mercantes, de construcción nacional, o dedicados al transporte de pasajeros o mercancía.
Lista 3ª: destinada para los buques de construcción nacional dedicados a la pesca profesional.
Lista 4ª: todas las auxiliares de buques de pesca, acuicultura, etc.
Lista 5ª: este grupo está destinado para remolcadores de puerto, embarcaciones o artefactos dedicados a ofrecer servicio en puertos o bahías.
Lista 6ª: aquí se encuentran las de recreo (hasta los 24 metros de eslora, 3000 GT con capacidad para 12 pasajeros y dedicados a la explotación comercial con fines lucrativos).
Lista 7ª: similar al grupo anterior. Destinada para aquellas de recreo con dimensiones semejantes a la anterior, además con capacidad de hasta 12 pasajeros pero que su uso es exclusivo para práctica de deporte o pesca no profesional.
Lista 8ª: para todos los que son propiedad de organismos de carácter público (salvamento marítimo, cruz roja…)
Lista 9ª: se registran provisionalmente los buques de construcción.
Consiste en un proceso administrativo para registrar un barco que cumple con las condiciones establecidas legalmente, aunque no es técnicamente lo mismo que una matriculación como tal. Se registra oficialmente en un registro público mantenido por la Capitanía Marítima o Autoridad Marítima competente. Este registro es necesario para que una embarcación de recreo pueda operar legalmente en aguas españolas. Ten en cuenta que pueden ser inscritos todos los barcos de recreo inferiores a 12 metros de eslora que se fabriquen con el marcado CE (Cumple Especificaciones). A continuación, podemos ver las diferencias respecto a una matriculación.
Es normal que tengas dudas a la hora de iniciar el trámite. Sobre todo, si no estás familiarizado con ellos. No obstante, si tienes dudas después de leer estas cuestiones no dudes en contactarnos para conocer toda la información. Con la ventaja de que nos puedes llamar independientemente de dónde te encuentras, si estás en Valencia, Cádiz, Málaga u otra provincia o localidad que pertenezca a territorio español no lo dudes más; contáctanos. Además, todo desde casa.
Con GestoríaDGT el precio es 182,23€ (honorarios + IVA incl.) + Modelo 576.
En GestoríaDGT, somos titulados oficiales por el Consejo General de Gestores Administrativos de España, y te ayudamos con todo lo que necesitas: documentación necesaria, precios, requisitos… Escríbenos un WhatsApp al 669 757 490.
Sobre todo, por temas legales. En algunos países es obligatorio, así que te puedes enfrentar a serios problemas si decides navegar sin ella. Es una manera de asegurarse que cumplen con los requisitos legales, así como las normas de seguridad, protección del medio ambiente o el pago del impuesto.
No, no es obligatorio hacer este trámite para una neumática debido a su tamaño compacto; al no superar la medida obligatoria no estás obligado.
Si la lancha supera los 2,5 metros de eslora sí debes hacerlo. Pero en caso de que no supere estas medidas no hace falta.
En estos casos, vas a tener que proporcionar información relacionada con él. Por ejemplo, qué tipo de embarcación es, el material, tipo de motor, combustible, etc.
Es obligatorio para todos aquellos que midan más de 2,5 y no estén considerados como artefactos de playa..
Debes llevar la matrícula del barco, la licencia de navegación, el certificado de navegabilidad, el certificado de radio, el seguro y si hay tripulación a bordo pues la documentación de la propia tripulación.
Las embarcaciones auxiliares hasta 4 metros de eslora y un motor de 8 kW no deberán matricularse al no cumplir los requisitos de medida. Es decir, al medir menos de lo estipulado no es obligatorio.
Las embarcaciones de recreo con menos de 2,5 metros de eslora, aparatos flotantes o de playa con libertad de eslora, embarcaciones históricas y tradicionales, embarcaciones destinadas únicamente a competición, embarcaciones de recreo con igual o menor de 12 metros de eslora (si el equipo propulsor y la embarcación cuentan con un marcado CE).
La manera más sencilla es consultar la “amura del barco” (zona del costado del casco). En la amura encuentras de forma abreviada la principal capitanía marítima o provincia en la que está matriculado, pero no aquellas inscritas.
Profesionales técnicos especializados en materias de tráfico, transporte y documentación oficial en España. Nuestro equipo trabaja para ofrecerte información clara, sencilla, actualizada y verificada por Gestores Administrativos colegiados, garantizando su precisión y utilidad.
Graduado en RRLL y RRHH por la Universidad Pablo de Olavide e inscrito en el Consejo General de Gestores Administrativos de España. Revisa cada contenido publicado para garantizar su exactitud jurídica y vigencia en España.