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Rehabilitar vehículo con baja definitiva

«Mejor Gestoría para dar de alta el vehículo con baja definitiva»

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Rehabilitar un vehículo en situación de baja es darlo de alta de nuevo porque estaba de baja administrativa, además de manera definitiva. De esta manera, vas a poder circular con él sin problemas. Además, solo se puede cuando se cumplen con una serie de requisitos concretos.

Documentos necesarios para rehabilitación de un vehículo en DGT

Modelo 01 DGT (trámites para vehículos DGT): solicitud de impreso oficial. Ten en cuenta que un mismo modelo sirve para diferentes trámites; asegúrate de que está correcto a la hora de entregarlo para una solicitud de rehabilitación de vehículo dado de baja.

Si no eres el titular debes presentar documento acreditativo de la propiedad: como un contrato, el DNI y el justificante del pago/exención del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.

Tarjeta ITV: una vez entregues la documentación anterior, el vehículo puede ser llevado a una estación de ITV para que pueda pasarla y consigas el informe favorable.

Justificante del pago/exención del impuesto de circulación: justificante del pago, o en su defecto exención, del impuesto de circulación del ayuntamiento en el que esté domiciliado el vehículo.

Documento acreditativo del ROMA para vehículos agrícolas: necesitas un documento de acreditación de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.

Para autobuses o vehículos de transporte de mercancías: te van a pedir un certificado de transportes para aquellos con una Masa Máxima Autorizada (MMA) superior a 6 toneladas y una carga que exceda los 3,5 toneladas. Se puede sustituir por la verificación electrónica en los registros de DGT.

Tasa 1.1/tasa 1.2 DGT: Tasa 1.1. DGT: 99,77€ (vehículos) y Tasa 1.2. DGT: 27,85€ (ciclomotores).

Mandato GA: corresponde a la autorización que debes presentar para que profesionales como nosotros podamos ocuparnos de todo por ti en las delegaciones de tráfico.

Si tienes dudas o quieres empezar, escribe tu nombre y teléfono y contactamos contigo por WhatsApp en menos de 24h.

¡Si tienes dudas o quieres empezar!

Motivos para rehabilitar un vehículo dado de baja definitiva

  • Por situación de baja por exportación: en caso de que dieras de baja un vehículo para llevártelo al extranjero, y has regresado a España, tienes la opción de hacerlo. Es más, si quieres volver a circular con él aquí tienes que hacerlo. Ya que, no es posible conducir un vehículo que se encuentre en situación de baja. En este caso, primero debes tramitar una rehabilitación de vehículo.
  • Para vehículos históricos dados de baja:
    -Si no hay certificado de destrucción: se puede pedir de manera ordinaria (no hace falta que sea “histórico”), además se va a poder mantener la misma matrícula que tenía antes.
    -Si tiene certificado de destrucción: solo se podrá para rehabilitarlo como histórico, así que en estos casos es necesario que esté catalogado como tal (ten en cuenta que de esto se ocupa la Comunidad Autónoma que corresponda).
  • Para vehículos que hayan sido adjudicados en subasta: son vehículos subastados por la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.

Rehabilitación de vehículos históricos

Recientemente se han introducido novedades significativas en la normativa sobre “rehabilitación y catalogación de vehículos históricos en España”. El nuevo Reglamento de Vehículos Históricos ha simplificado y actualizado los procedimientos para la clasificación y rehabilitación de estos vehículos. Si necesitas saber más, te aconsejamos continuar con nosotros.

  • Documentos generales: es necesario que reúnas los documentos explicados en apartados superiores (en esta misma página web).
  • + Informe técnico de idoneidad: para ser clasificado como “histórico” por parte de un Servicio Técnico de Vehículos Históricos.

Rehabilitación de vehículos adjudicados en subasta

Si has adquirido el vehículo en una subasta pública (por ejemplo, de la Agencia Tributaria) es muy probable que se encuentre dado de baja. Así que para circular legalmente necesitas rehabilitarlo para conducirlo.

  • Documentos generales: antes de nada, es necesario reunir los documentos generales que hemos explicado en apartados superiores.
  • + Acta de adjudicación de la subasta: debes presentar el acta de adjudicación de la subasta como documentación extra.

Rehabilitación para vehículos de baja definitiva por tránsito comunitario o exportación

Si un vehículo fue dado de baja por tránsito comunitario o exportación (es decir, para llevártelo fuera de España) pero nunca salió del país o quieres traerlo de vuelta, puedes solicitar este proceso en la Jefatura de Tráfico.

  • Documentos generales: en primer lugar, debes reunir los documentos que hemos explicado en apartados anteriores en esta misma web.
  • + Justificante de propiedad/certificado de baja en el país extranjero: si nunca salió de España necesitas demostrar que sigue siendo tuyo a través del “justificante de propiedad”. En cambio, si ha estado en otro país necesitas el “certificado de baja en el país extranjero”.

⚠️ ¡CUIDADO!: ¿Qué pasa con la ITV y el seguro?

  • Si no tienes la ITV al día tienes que pasarla: si tu vehículo no tenía la ITV en vigor debes volver a pasarla antes de circular con él de nuevo. Para ello, puedes pedir cita en la estación de ITV que te corresponda (solo debes indicar que es para una revisión y así vas a obtener el informe favorable). Pero ten cuidado porque si no tiene la ITV debe ir montado en una grúa o cualquier otro medio autorizado para su transporte, ya que no puedes circular con él si no la tuviera. Otro punto es tener en cuenta que si está en mal estado, primero tendrás que repararlo, ya que te hace falta un informe favorable.
  • Contrata una nueva póliza de seguro: lo ideal es que vuelvas a contratar una póliza de seguro o activar la que ya tenías antes (y que paralizaste mientras estuvo en estaba de baja). Puedes hablar con tu compañía de seguro para ver las opciones y encontrar una solución, pero ten en cuenta que debe estar asegurado a la hora de conducirlo.

¿Qué es la rehabilitación de vehículos de oficio?

Ten en cuenta que la DGT puede actuar de oficio en ciertas situaciones. Además, no solo se ocupa de actuar de oficio para rehabilitarlos, sino que también puede darlos de baja (si falta ITV durante más de 10 años, se ha detectado un fraude, ha sido robado, etc.). Es importante que lo tengas en cuenta por si te sucede, ya que antes de hacerlo, la DGT avisa a su titular. También debes tener en mente que Tráfico puede actuar de oficio para el trámite que aquí explicamos. Por ejemplo, si hubo un error administrativo al darlo de baja, si revisan bajas antiguas y el vehículo sigue existiendo… En cualquier caso, esto es “excepcional” y solo ocurre cuando la DGT detecta que hubo un error.

Alternativas para rehabilitar vehículos

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Opiniones sobre una rehabilitación de vehículo en baja definitiva con GestoríaDGT

Hugo
Hugo
Muy profesionales
Realizar la rehabilitación de mi vehículo con profesionales ha sido un verdadero acierto porque lo he hecho todo desde casa. Gracias por el trabajo.
Enrique
Enrique
Fácil y cómodo
¡Gracias por la paciencia y la profesionalidad! Además, por estar pendiente en todo momento y facilitarme un presupuesto desde el primer momento.
Mercedes
Mercedes
Excelentes
Si estáis buscando una gestoría que haga todo en la DGT para alta de vehículo con baja definitiva de una manera rápida y sencilla no dudéis en llamar a GestoríaDGT.
Pedro
Pedro
Buena atención
Sin duda, ha sido un acierto contar con profesionales para hacer todo este trámite.

Preguntas frecuentes – FAQ

Lo más habitual es que tengas dudas; la falta de información, el no saber cómo hacerlo, tan siquiera saber por dónde empezar en la DGT una rehabilitación con baja definitiva puede ocasionar problemas. Por este motivo, hemos recogido las preguntas más repetidas. No obstante, recuerda que, si después de terminar de leer sigues teniendo dudas al respecto, lo mejor es que nos llames directamente para aclararlas. Nos puedes contactar desde Sevilla, Barcelona, Valencia o cualquier otra provincia o localidad española.

Con GestoríaDGT cuesta 89,92€ IVA incl. (honorarios gestor de tráfico) + 6€ (envío) + 1€ (derechos colegiales) + 8,67€ (tasas DGT 2025).

En GestoríaDGT, somos titulados oficiales por el Consejo General de Gestores Administrativos de España, y te ayudamos con todo lo que necesitas: documentación necesaria, precios, requisitos... Escríbenos un WhatsApp al 669 757 490.

Sí, las oficinas de tráfico contemplan esta situación cuando te has llevado tu vehículo fuera del país y regresas a España.

Si este es tu caso debes tener en cuenta que solo es posible para vehículos anteriores al 2004 que estén considerados como “históricos”.

No, es la propia Jefatura de Tráfico quien se encarga de comunicárselo, y ellos se van a ocupar de pasar el nuevo impuesto de circulación cuando sea necesario.

No, en estos casos se hace una revisión por “rehabilitación”. Además, debes indicarlo cuando vayas a pedir cita en el momento de tener que pasar la ITV.

Sí, para ello debes presentar un contrato o documento notarial para acreditar la propiedad. También debes incluir el DNI del propietario y un justificante del pago o exención del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), o una factura como documento acreditativo.

No, está destinada para cuando sea baja definitiva. Para el otro caso solo debes volver a darlo de alta y listo.

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por GestoríaDGT

Profesionales especializados en las áreas de tráfico y transporte, tanto para vehículos como conductores en todo el territorio nacional. Estamos avalados por: Máster en gestión administrativa (Gestores administrativos colegiados e inscritos en el Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España).

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